Declaración de la cosecha de uva (Anexo IIb)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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De acuerdo con el Reglamento (CE) 436/2009 de la Comisión y el Real Decreto 1303/2009 es obligatorio presentar anualmente las declaraciones para el control vitivinícola a la Dirección General de Medio Rural y Marino. Estos documentos se presentarán para cada campaña vitivinícola según los modelos normalizados y en los plazos que establece la normativa vigente.

Personas destinatarias

La entregarán obligatoriamente todos los vendimiadores que realicen la declaración de cosecha (Anexo IIa), indicando todas las referencias sigpac de las parcelas de la viña y la producción de las mismas según su orientación.

Plazo máximo para la resolución y notificación

No procede

Silencio administrativo

No es de aplicación

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Normativa del procedimiento

  • Real Decreto 739/2015, de 31 de julio, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitícola.

Órgano competente para resolver

Servicio de Agricultura

Simplificación documental

En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Fecha límite de presentación: 10 de diciembre.

Documentación a presentar

S'han d'entregar complimentats els Annexes Ia i Ib del Reial Decret 739/2015 dels quals adjuntem un model.

Modelos:

Plazo máximo

El termini acaba el 10 de desembre de cada any.

Lugar

A no ser que la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario, puede presentar documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica en cualquiera de sus oficinas de registro.

También los puede presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio marco de oficinas integradas.

Encontrará las direcciones de todas estas oficinas aquí:

[http://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436&lang=es]

Además, también puede enviar la documentación por correo postal. En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro, datos que también quedarán anotados en el resguardo justificativo de la presentación.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Agricultura

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Agricultura

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176666 - Fax: 971176876

(fgelabert@dgagric.caib.es)


Oficinas de la administración

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Tel. 971504279

Consorcio de Aguas de Les Illes Balears

Carrer Gremi Corredors 10, 07009, Palma

Fundación Robert Graves

Carretera De Deià a s/n, 07179, Sóller

Subdirección de Atención Primaria y Atención a las U.

Calle Reina Esclaramunda 9, 07003, Palma

Tel. 971175600

Consorcio Eivissa Patrimonio de la Humanidad

Plaça D'Espanya 1, 07800, Eivissa

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Carrer Del Morer 6, 07001, Palma

Tel. 971713628

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Consorcio para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma

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Carrer D'Alfons el Magnanim 29, 07004, Palma

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