Ayudas en relación con el programa de estepas cerealistas de Castilla y León (contrato n.º 3), para la campaña 2016/2017
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Ayudas:
Fecha de publicación:
28 de febrero de 2017
BDNS (Identificador):
333527
Objeto:
Convocar el pago anual para la campaña 2016/2017 a las explotaciones que desarrollen prácticas agrícolas tendentes a la protección del medio ambiente, de acuerdo con el Programa de Zona de aplicación del Reglamento CEE 2078/92, en las estepas cerealistas de Castilla y León y sus posteriores modificaciones, en su modalidad de contrato n.º 3.
¿Quién lo puede solicitar?:
Titulares de explotaciones acogidas durante las campañas anteriores a las ayudas establecidas para el contrato n.º 3 del Programa de Estepas Cerealistas, que posean contrato en vigor en la campaña agrícola 2016/2017.
¿Qué requisitos debo cumplir?:
Será obligatorio haber presentado la Solicitud Única de Ayudas a Superficies 2017 (PAC 2017) o de sus correspondientes modificaciones, si existieran, en la forma y plazo establecidos por la Consejería de Agricultura y Ganadería, reflejando la adhesión al Programa de Estepas Cerealistas de Castilla y León (contrato nº 3) mediante la declaración de las superficies de cada uno de los recintos de usos «tierra arable», «pastizal» o «pasto arbustivo» acogidos a la medida agroambiental a que se refiere esta orden, según la referencia SIGPAC y en la columna de «Producto» marcando el código «Abandono 20 años».
¿Para qué es la ayuda?:
Para la realización de prácticas agrícolas tendentes a la protección del medio ambiente en las estepas cerealistas de Castilla y León, mediante la retirada de tierras de la producción durante 20 años y conforme a lo establecido en las Órdenes de 15 de enero de 1998 ("B.O.C. y L." de 19 de enero de 1998) y 13 de septiembre de 1999 ("B.O.C. y L." de 28 de septiembre de 1999).
Cuantía:
- Contrato n.º 3. Prima: (71,48 x Pr) ?/ha.
- Pr representa el rendimiento en Tm/ha del secano, fijado para la comarca en que radiquen las tierras en el Plan de Regionalización Productiva de España.
¿Qué documentos necesito?:
Solicitud de pago conforme al modelo denominado ?Solicitud de renovación anual. Campaña 2016/2017?, acompañada de la siguiente documentación:
a) Copia de la Solicitud Única de Ayudas a Superficies Año 2017 (PAC 2017) y, en su caso, en las correspondientes modificaciones, cuando conste oposición expresa a comprobar dichos datos.
b) En su caso, declaración de subvenciones solicitadas o concedidas para la actividad objeto de esta subvención, según el modelo denominado ?Declaración de subvenciones solicitadas o concedidas?, conforme a los modelos disponibles.
c) En su caso, solicitud de transferencia de compromisos, según el modelo denominado ?Transferencia de compromisos?. El escrito de conformidad de transferencia de compromisos deberá ser firmado por el cedente y por el cesionario de los compromisos. No obstante, en el caso de fallecimiento o incapacidad del cedente, conforme a la estipulación sexta del contrato de ayuda suscrito, dicho escrito será firmado únicamente por el cesionario, acreditando debidamente dicha circunstancia.
Este documento se acompañará de copia del Documento Nacional de Identidad o del N.I.E. de cedente y cesionario, cuando conste oposición expresa a comprobar los datos de identidad y del resto de documentación justificativa de la transferencia de la explotación que deberá ser de la totalidad de la superficie contratada. Cuando se trate de una comunidad de bienes, cooperativa o S.A.T., deberá aportarse, además, copia del documento de constitución de la misma, y en su caso, de la documentación que acredite la condición de representante.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
El plazo para la presentación de la solicitud y de la documentación será el que se establezca por la Consejería de Agricultura y Ganadería para la entrega de la Solicitud Única de Ayudas a Superficies Año 2017 (PAC 2017), ampliado en 1 DÍA HÁBIL.
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
- Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Electrónico:
- ¿Quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración?
- Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.
- Se admite presentación por TELEFAX.
Organismo:
Responsable:
Gestor:
Servicio de Restauración y Gestión Forestal
Que resuelve:
Dirección General del Medio Natural
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 MESES contados a partir del día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. El transcurso del citado plazo sin haberse dictado y notificado la resolución, legitima al solicitante para entender DESESTIMADA, por silencio administrativo.
Notificaciones:
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información adicional:
- Esta Ayuda es INCOMPATIBLE con cualquier otra destinada a los mismos fines.
- Quedan excluidos de estas ayudas los terrenos sujetos a contratos suscritos con otras Administraciones en que se contemplen trabajos que coincidan total o parcialmente con los de esta Orden.
Resolución. Beneficiarios:
BENEFICIARIOS 2016: Resolución de 22 de febrero de 2017 (BOCyL 06-03-2017) (1.427 kbytes)
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