Certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (código 1635)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Conseguir certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda pública de la Región de Murcia, necesario para obtener una subvención o para contratar con la Administración Regional.

La expedición del certificado será inmediata si lo solicitan los órganos instructores en los expedientes de subvención o el órgano contratante, si se solicita en la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (oficina principal, oficinas delegadas u oficina virtual) y la documentación que se aporta es correcta; y si se solicita a través de la página web Portal Regional.

Si se solicita en el resto de los registros, el certificado se remitirá al domicilio indicado por el solicitante.

El certificado puede ser obtenido directamente por los órganos instructores en los expedientes de subvención o por los órganos de contratación.

Destinatarios

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM) (A14028289)

Requisitos de solicitud o iniciación

La obtención del certificado será gratuita:

Cuando se solicite directamente por los órganos de contratación o por los órganos instructores, en los expedientes de subvención.

Cuando lo solicite el interesado a través de la página web de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (http://www.agenciatributaria.carm.es), o a través de la página web Portal Regional (http://www.carm.es).

El certificado se obtendrá previo pago de la tasa cuando lo solicite el interesado presencialmente, según modelo de solicitud.

Certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    Justificante de haber efectuado el pago de la tasa de expedición de certificados, cuando el interesado solicite el certificado presencialmente.
  • Justificante del pago de la tasa
    (No obligatorio / No original)
    Justificante de haber efectuado el pago de la tasa de expedición de certificados, cuando el interesado solicite el certificado presencialmente.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve:

Plazo de resolución: 0

Efectos del silencio.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.