Subvenciones para la producción y emisión de contenidos audiovisuales de ámbito autonómico y local
Subvenciones para actividades de producción y difusión de contenidos audiovisuales en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de ámbito autonómico, con el objetivo de consolidar la programación televisiva original relacionada con elementos culturales o sociales, actividad económica, eventos deportivos, y cualquier otra que se refiera a la actividad de la sociedad riojana.
Requisitos
Beneficiarios
- Podrán tener la condición de beneficiarios:
- Los titulares de licencias otorgadas por el Gobierno de La Rioja para la emisión de Televisión Digital con cobertura autonómica.
- También podrán ser beneficiarios, los que no siendo titulares de la licencia, presten servicios de comunicación audiovisual que impliquen realizar el objeto de la subvención, siempre que cuenten con la autorización del titular de la licencia para participar en la correspondiente convocatoria.
- Los solicitantes deberán haber emitido en el año anterior al de la convocatoria correspondiente, de acuerdo con los requisitos establecidos en el momento de obtener el título habilitante, y continuar esta emisión en el momento de la mencionada convocatoria.
- No pueden optar a esta subvención las emisoras de televisión dependientes de instituciones públicas o, que perteneciendo a entidades privadas, su capital esté participado mayoritariamente por una institución pública.
Contenidos subvencionables
- Los proyectos a subvencionar deben vincularse con la producción y difusión de contenidos audiovisuales relacionados con las señas de identidad riojanas, actividad económica, social y cultural, los eventos deportivos, tradiciones y cualesquiera otros que se refieran a la actividad de la sociedad riojana.
- Los proyectos se concretarán en la parrilla televisiva y consistirán en una programación que aborde con un planteamiento tanto informativo como divulgativo temas de interés general como:
- Programación informativa diaria o de fin de semana.
- Programación de contenidos sobre la actualidad de la Comunidad Autónoma.
- Programación de contenidos monográficos, que profundicen mediante el reportaje y la investigación periodística, en la actividad de la Comunidad Autónoma.
- Programación especial informativa, en los que se dará cobertura específica a acontecimientos de interés público como procesos electorales, actos institucionales y grandes eventos informativos.
- Programación de interés general, cultural, deportivo, de ocio, medioambiental y de desarrollo territorial con especial atención a los jóvenes, etc.
- Los programas propuestos podrán ser monográficos sobre cualquiera de los temas relacionados anteriormente o abordar varios de ellos y podrán ser de divulgación general o bien dirigida a públicos específicos.
- No serán subvencionables los siguientes programas:
- Retransmisiones de galas, recitales o similares y programas en relación con las mismas.
- Programas contratados con terceros.
- Programas sobre actos o eventos, que pese a celebrarse en municipios o localidades riojanas, no se encuentren directamente relacionados con la identidad histórica, política, institucional, social o cultural de la sociedad riojana.
- Programas que hayan sido objeto de financiación por el Gobierno de La Rioja por medio de cualquier modalidad de publicidad.
Requisitos de los solicitantes
Los solicitantes tendrán que cumplir, con carácter general, los requisitos siguientes:
- Ser persona jurídica legalmente constituida y tener entre sus objetivos la realización de las actividades definidas en el objeto de la convocatoria.
- Inscritos en el Registro de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual de la comunidad Autónoma de La Rioja, del titular de la licencia para la emisión de la Televisión Digital.
- Mantener las emisiones en el momento del otorgamiento de la subvención.
- Emitir el 100% de su programación en abierto, difusión gratuita.
- Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y, en general, cumplir los requisitos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Periodo a subvencionar
Se subvencionaran actividades realizadas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2019 y 31 de octubre de 2019.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
Documentación a presentar para la solicitud de la subvención.
El artículo 6 de la Orden 3/2016 indica la forma y plazo de presentación de solicitudes:
Artículo 6. Forma y plazo en que deben presentarse las solicitudes
1 .Las solicitudes de ayuda se formularán en el modelo normalizado que se publicará como anexo a la resolución de convocatoria y estará disponible en la Consejería competente en materia de comunicación, en el Servicio de Atención al Ciudadano o a través de la página web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org).
2. Las solicitudes de subvención, junto con la documentación general que se señala en el apartado siguiente, se dirigirán a la Consejería competente en materia de comunicación pudiendo presentarse en el Registro General de la Comunidad Autónoma o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos y en la normativa vigente en materia de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, están obligados a presentar la solicitud en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org).
3. La solicitud deberá ir acompañada de los documentos que se detallan a continuación, en original, copia compulsada o copia con declaración responsable:
a) Ficha de alta de terceros, excepto si obra en poder de la Administración y no ha sufrido modificación alguna.
b) El interesado deberá acreditar mediante certificado que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento donde radique su sede social.
c) Escritura de constitución o estatutos de la entidad solicitante, e inscripción en el Registro correspondiente.
d) Memoria descriptivade programas a desarrollar, aportando información suficiente para su valoración según criterios del artículo 9, acompañada de memoria económica y de financiación, debidamente firmada con el contenido que se señale mediante anexo a la resolución de convocatoria.
e) Declaración expresa del solicitante de las ayudas solicitadas y/o concedidas con la misma finalidad.
f) Si el solicitante no es el titular de la licencia, se deberá aportar documentación que acredite la relación jurídica con el titular de la licencia y su autorización para concurrir al procedimiento.
g) Declaración responsable de que mantienen las emisiones en el momento del otorgamiento de la subvención y emiten el 100% de su programación en abierto, difusión gratuita.
4. La presentación de las solicitudes supondrá autorizar al órgano instructor para comprobar los datos personales incorporados a los documentos de identidad de quienes tengan la condición de interesados, en los términos previstos en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. La solicitud de ayuda conllevará la autorización al órgano gestor, para recabar la información necesaria del Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual así como a recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Dirección General competente en materia de Tributos del Gobierno de La Rioja.
6. El plazo de presentación de solicitudes será el que se establezca en la resolución de convocatoria, la cual fijará el plazo de ejecución de los proyectos y el plazo de justificación.
7. De conformidad con los artículos 18 y 20 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, la convocatoria deberá publicarse en la Base Nacional de Datos de Subvenciones.
Anexo I. Solicitud subvención ( 1032 Kb)
Anexo II.Memoria 2019 ( 1030 Kb)
Solicitud autorización contratación - subcontratación ( 1017.5 Kb)
Justificación_Anexo II_Solicitud de abono ( 57.5 Kb)
Justificación_Anexo III_Modelo de Memoria Justificativa ( 46 Kb)
Justificación_Anexo IV_Justificación económica ( 60.3 Kb)
Justificación_Anexo V_Justificación Amortización ( 47 Kb)
Justificación_Anexo VI_Declaración responsable ( 48.5 Kb)
Justificación_Anexo VII_Modelos de certificados ( 63.5 Kb)
Justificación_F.2.P Gastos de personal ( 21.8 Kb)
Justificación_F.2.P_Gastos de personal_2 ( 21.7 Kb)
Justificación_F.4.I_Gastos indirectos ( 14.6 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de la documentación justificativa se realizará a través del apartado "Aportar documentación" de la Carpeta del ciudadano.
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contado desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOR (Fecha de publicación: 05 de abril de 2019)
El plazo de presentación de solicitudes inicia el 6 de abril de 2019 finaliza el 25 de abril de 2019.
- Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de seis meses contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. El vencimiento del mencionado plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo su solicitud de subvención.
- Otros plazos
Plazo de presentación de documentación justificativa: Hasta el 15 de noviembre de 2019 (incluido).
Más información
- Otros Impresos
- Manual solicitudes subvención 2019 ( 243 Kb)
- Manual de justificación de la subvención 2019 ( 321.1 Kb)
- Normativa:
Orden 3/2016, de 29 de agosto, de la Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la producción y emisión de contenidos audiovisuales de ámbito autonómico y local
Resolución 95/2019, de 12 de febrero, Resolución 95/2019 de la Consejera de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior por la que se convoca la subvención regulada en la Orden 3/2016, de 29 de agosto, de la Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, para la producción y emisión de contenidos audiovisuales
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Hacienda
- Órgano competente: Secretaría General Técnica
- Unidad tramitadora: Servicio de Coordinación Administrativa
- Cargo que resuelve: Sr/a Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño