Subvenciones en materia de consumo dirigidas a asociaciones de consumidores y usuarios
Subvenciones en materia de consumo para asociaciones de consumidores y usuarios
Requisitos
Beneficiarios
Asociaciones de Consumidores y Usuarios
Finalidad
- El fomento de las asociaciones de consumidores y usuarios, mediante la colaboración en el mantenimiento y funcionamiento habitual de las mismas en lo referido a gastos destinados a sufragar:
- Costes de personal.
- Adquisición de bienes corrientes y servicios.
- Adquisición de equipos y programas informáticos.
- Adquisición de equipos de transmisión de información.
Programas prioritarios
Para el presente ejercicio 2019, se consideran programas prioritarios:
- Las actividades de información, dirigidas a consumidores y usuarios y realizadas por Asociaciones de Consumidores y Usuarios en municipios riojanos de más de 2.000 habitantes que no dispongan de OMIC y que estén formalizadas mediante convenio con municipios o mancomunidades de municipios, hasta un máximo de 5.000 euros anuales de la parte asumida por las asociaciones en cada convenio y con los límites previstos en el art. 12.3 de la Orden 9/2008, de 28 de julio, de la Consejería de Salud, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a asociaciones de consumidores y usuarios y los impuestos por la disponibilidad presupuestaria.
- Dichas actividades de información se realizarán, en todo caso, por miembros de las asociaciones en las dependencias municipales o en las habilitadas para este fin por el municipio o mancomunidad firmante del Convenio.
- Las actividades de formación y educación por las asociaciones de consumidores en el ámbito educativo, desarrolladas en centros de enseñanza de La Rioja y dirigidas al alumnado de tercer ciclo de Educación Primaria, ESO, Bachillerato y ciclos formativos de Formación Profesional y a asociaciones de madres y padres de alumnos (AMPAs). Las actividades subvencionables serán tanto aquellas realizadas en dichos centros, como aquellas otras que pudieran englobarse en lo que se conoce como escuelas o aulas de consumo permanentes dirigidas a alumnos y AMPAs. Los contenidos de estas actividades de formación y educación pueden ser tanto de carácter general como específico, pero siempre estarán adaptados al perfil de los destinatarios y dirigidos al fomento y afianzamiento de hábitos de consumo responsables, dándose prioridad a aquellas actividades integradas e implementadas en programas dirigidos a distintos grupos y/o con vocación de continuidad.
En lo referido a la adquisición de material informático, son prioritarias las adquisiciones por parte de asociaciones que no hayan obtenido ayuda para estos gastos en el ejercicio anterior de 2018.
Documentación
- Solicitud
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Una Memoria de la actividad por cada uno de los conceptos por los que se solicite subvención, que contendrá los siguientes apartados:
- Objeto y fines del programa o actividad, cuantificados si ello fuera posible.
- Repercusión social que se espera obtener con su puesta en práctica, y la relevancia que tendrá para los consumidores.
- En su caso, organizaciones que concurren en la realización del programa o actividad conjuntamente con el solicitante.
- Metodología e instrumentos, previstos o ya utilizados, para la realización del programa o actividad.
- Calendario de ejecución.
- Personal y recursos técnicos destinados al programa o actividad.
- Actuaciones, previstas o realizadas.
- Coste estimado del programa o actividad.
- La fecha desde la que la asociación viene ejerciendo su actividad.
- El número total de asociados individuales a dicha entidad, dato referido a fecha 31 de diciembre del año anterior al de la convocatoria correspondiente, y su distribución por el territorio de la Comunidad Autónoma.
- El número de oficinas, delegaciones o sedes de la asociación y su distribución por el territorio de la Comunidad Autónoma, indicando la dirección, número de teléfono, fax, correo electrónico, y el horario dedicado a la atención de los consumidores y usuarios.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Modelo de solicitud ( 95 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Veinte días, contados desde siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación:13 de marzo de 2019).
Fin de plazo: 10 de abril de 2019, incluído
- Plazo de resolución y notificación
Seis meses, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Más información
- Normativa:
Orden 9/2008, de 28 de julio, de la Consejería de Salud, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a asociaciones de consumidores y usuarios
Resolución de 13 de marzo de 2019, de la Consejería de Salud, por la que se convocan subvenciones en materia de consumo correspondientes al ejercicio 2019, dirigidas a asociaciones de consumidores y usuarios (Texto íntegro)
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Salud
- Órgano competente: Dirección General de Salud Pública, Consumo y Cuidados
- Unidad tramitadora: Servicio de Inspección y Consumo
- Cargo que resuelve: Sr./a Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- María José Gómez de Segura Martínez
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
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Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
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