SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO COMO SERVICIO DE INFORMACIÓN JUVENIL E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN JUVENIL

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Finalidad

Autorizar los Servicios de Información Juvenil promovidos por organismos públicos o por entidades privadas sin ánimo de lucro, que tengan por objeto el ejercicio de actividades de carácter informativo y de asesoramiento dirigidas a la juventud que resida en nuestra Comunidad, así como a los extremeños/as que se encuentren residiendo fuera de nuestra Comunidad Autónoma.

Destinatarios

Organismos públicos o entidades privadas sin ánimo de lucro.

Plazo de presentación

Durante todo el año.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Modelo de solicitud de reconocimiento como servicio de información juvenil

ORDEN de 3 de septiembre de 2010 por la que se regula la Red de Información y Documentación Juvenil de Extremadura y se crea el Registro de Servicios de Información y Documentación Juvenil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. 179, de 16-09-2010)

Plazo normativo para resolver

Tres meses

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso de alzada

A) OFICINAS DE INFORMACIÓN JUVENIL.
1. Las Oficinas de Información Juvenil son servicios de información, promovidos por organismos públicos o por entidades privadas sin ánimo de lucro, que recopilan, elaboran y difunden información de interés para la juventud, directamente, o a través de los Puntos de Información Juvenil, a ellas, vinculados.
2. Para poder ser reconocidas oficialmente, las Oficinas deberán contar como mínimo con:
a) Un local adecuado, de uso exclusivo, distribuido en dos zonas claramente diferenciadas y separadas, una para el trabajo de organización, elaboración y difusión de la información, y otra para la atención al público.
b) Un horario de atención al público no inferior a 20 horas semanales, que se podrá distribuir en horario de mañana y/o tarde.
c) Un plan de actividades de difusión de la información.
d) Una plantilla de personal proporcionada al volumen de los servicios que presta y al número de usuarios. La persona responsable de la Oficina debe poseer, como mínimo, una titulación universitaria de Grado Medio.
e) La dotación del material suficiente para cumplir con efectividad las tareas de información y documentación, debiendo disponer, como mínimo, de un ordenador con conexión a Internet y una cuenta de correo electrónico.
B) PUNTOS DE INFORMACIÓN JUVENIL.
1. Los Puntos de Información Juvenil son servicios de información, promovidos por organismos públicos o entidades privadas sin ánimo de lucro, que ponen directamente a disposición del público materiales informativos suministrados por el Centro Coordinador de Información y Documentación Juvenil, por las Oficinas de Información Juvenil de la que dependa, o por sus promotores.
2. Para poder ser reconocidos oficialmente, los Puntos de Información Juvenil deberán contar como mínimo con:
a) Un local de uso exclusivo, o un espacio propio y diferenciado de aquellos dedicados a otros servicios dentro del mismo local, suficiente para albergar el material y atender al público.
b) Un horario de atención al público no inferior a 10 horas semanales, que se podrá distribuir en horario de mañana y/o tarde.
c) Un plan de actividades de difusión de la información.
d) Una plantilla de personal proporcionada al volumen de los servicios que se prestan y al número de usuarios. La persona responsable del Punto de Información tendrá una titulación mínima de Bachiller, Técnico Superior, Técnico Especialista en Formación Profesional u otra equivalente.
e) La dotación del material suficiente para cumplir con efectividad las tareas de información y documentación, debiendo disponer como mínimo de un ordenador con conexión a Internet y una cuenta de correo electrónico.

C) ENTIDADES CON TABLÓN JOVEN.
1. Las Entidades con Tablón Joven, son las unidades básicas de información juvenil.
2. Podrán promover una Entidad con Tablón Joven, todas aquellas iniciativas públicas o privadas, que no reuniendo los requisitos mínimos para la creación de un Punto u Oficina de Información, deseen colaborar en la difusión y el acceso de la población joven a toda información que sea útil para dar respuesta a sus necesidades e intereses.
3. Los promotores de una Entidad con Tablón Joven deberán disponer de una persona de contacto, con una cuenta de correo electrónico para recibir información.
D) CORRESPONSALES JUVENILES.
1. Se entiende por Corresponsal Juvenil, aquella persona joven que, voluntaria y responsablemente, dedica parte de su tiempo libre a informar a la juventud en su centro educativo, de trabajo o en cualquier otro punto o lugar de encuentro donde se reclame dicha información.
2. Las funciones o cometidos de aquellas personas que ejerzan como Corresponsales Juveniles serán coordinadas por la Oficina o Punto de Información con el que colabore, o por el propio Centro Coordinador de Información y Documentación Juvenil. En todo caso, contará con la supervisión y seguimiento del Centro Coordinador de Información y Documentación Juvenil.
3. Las funciones del Corresponsal Juvenil son:
a) Recoger de forma periódica y regular la información de la Oficina o Punto de Información Juvenil con el que colabore.
b) Distribuir dicha información entre el colectivo joven con el que trabaje.
c) Informar personalmente a la juventud que así se lo requiera o derivarla hacia el Punto u Oficina más cercana.

1. Solicitud normalizada (Anexo I)
2. Memoria que contemplará, como mínimo, los siguientes aspectos:
a. Justificación de la conveniencia de la creación del Servicio de Información Juvenil en el ámbito territorial en el que se va a desarrollar su actividad.
b. Infraestructura, equipamiento, medios materiales y personal de que dispone, especificando su titulación, tipo de contrato y duración de la relación laboral
c. Presupuesto anual y previsiones de financiación.
d. Plan de actividades de difusión de la información que se desarrollará desde el servicio.
3. Acreditación del promotor:
a. Persona física:
1. Fotocopia del DNI, en el caso de no prestar consentimiento a la comprobación de la veracidad de la identidad y del domicilio del interesado mediante acceso por medios telemáticos o informáticos al Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI).
b. Persona jurídica privada:
1. Copia de los estatutos.
2. Composición del órgano de gobierno.
3. Certificación que acredite su inscripción en el Registro correspondiente.
4. Certificación acreditativa del órgano de gobierno competente para acordar la creación del Servicio de Información Juvenil.
5. Poder acreditativo de la persona que la representa.
c. Ente o corporación pública:
1. Copia de los Estatutos, si procede.
2. Certificación del acuerdo del órgano competente por el que se crea el Servicio de
Información Juvenil.
4. Para actuar como Corresponsal Juvenil se presentará la solicitud acompañada de la documentación prevista en los apartados 2.a, 2.d y 3.a1, así como un informe-propuesta de la Oficina o Punto con el que colaborará, y un informe personal que recoja la experiencia que tenga en trabajos similares.
5. Para la creación de una Entidad con Tablón Joven, se exime la presentación de la documentación a que se refieren los puntos 2.b y 2.c.

Formularios de solicitud

Modelo de solicitud de reconocimiento como servicio de información juvenil

ORDEN de 3 de septiembre de 2010 por la que se regula la Red de Información y Documentación Juvenil de Extremadura y se crea el Registro de Servicios de Información y Documentación Juvenil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. 179, de 16-09-2010)

Titular del Instituto de la Juventud.

Plazo normativo para resolver

Tres meses

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso de alzada

http://juventudextremadura.gobex.es

í?rgano gestor

INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE EXTREMADURA
PASEO DE ROMA, S/N MODULO E
06800 MERIDA
ije.presidencia@gobex.es
924008174

Oficinas de la administración

Centro de Atención Administrativa de Guareña

Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota

Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota

Tel. 924025709

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera

Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera

Tel. 927016820

Dirección General de Personal Docente

Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida

Tel. 924008004

Centro de Atención Administrativa de Montánchez

Plaza España 1, 10170, Montánchez

Centro de Empleo de Casar de Palomero

Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero

Tel. 927015775

Centro de Empleo de Mérida 1

Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida

Tel. 924003035

Centro de Atención Administrativa de Monesterio

Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio

Centro Socio Sanitario Adolfo Días Ambrona de Mérida

Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

Tel. 924388081

E.O.E.P. Equipo de Atención Temprana de Coria

Calle Correderea 34, 10800, Coria

Tel. 927013032

Gerencia de Área de Salud de Cáceres

Calle San Pedro de Alcántara 3, 10001, Cáceres

Tel. 927256364

Fundación Centro de Cirugia de Mínima Invasión

Carretera N-521 KM 41,8, 10071, Cáceres

Tel. 927005003

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