Solicitud de premios para la clasificación y preparación en Juegos Olímpicos y Paralímpicos, y en Campeonatos del Mundo y de Europa para el año 2019.
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¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Solicitud de premios para la clasificación y preparación en Juegos Olímpicos y Paralímpicos, y en Campeonatos del Mundo y de Europa para el año 2019.
Objeto del trámite
Los premios a deportistas objeto de esta convocatoria tienen como finalidad apoyar los deportistas de la Comunitat Valenciana de deporte no profesional como ayuda en su clasificación y preparación en campeonatos del mundo y de Europa, previos a los juegos olímpicos y paralímpicos para el año 2019.
Esta preparación incluye la participación en competiciones clasificatorias oficiales previas. -
¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Podrán solicitar estos premios las personas físicas que puedan obtener la condición de beneficiarias por no concurrir ninguna de las circunstancias que lo impiden, las cuales se detallan en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que cumplan los siguientes
Requisitos
a) Tener nacionalidad española, con vecindad administrativa en cualquier municipio de la Comunidad Valenciana en el momento de la solicitud, excepto aquellos deportistas incluidos en Centros Estatales de Tecnificación Deportiva o situación semejante, que hayan desarrollado su carrera deportiva en la Comunidad Valenciana hasta ese momento; esta situación le acreditará su federación deportiva.
b) Acreditar resultados deportivos, obtenidos desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en modalidades oficialmente reconocidas, representando en España en Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos, o en competiciones oficiales de Campeonatos del Mundo y Campeonatos de Europa en el rango de resultados recogidos en el artículo 6 de las bases a que regulan la convocatoria. Deberán acreditar seguir en activo acreditando resultado en competición oficial nacional o internacional, o a falta de eso se aportará certificado federativo que justifique suficientemente los motivos, ya sean por lesión o por otra causa.
c) Estar en posesión de la correspondiente licencia en vigor de una federación deportiva de la Comunitat Valenciana. En caso de tener licencia por un club de otra Comunidad Autónoma, por no existir en la Comunitat Valenciana un club en máxima categoría de ámbito estatal, lo aportará con informe favorable de la federación deportiva de la Comunitat Valenciana justificando esta situación.
d) No percibir ayuda con motivo de su actividad deportiva de la Dirección General de Deporte de la Generalitat Valenciana o de otra comunidad autónoma durante el año de la convocatoria, ni tener ingresos derivados de su actividad deportiva, con independencia de su procedencia, que superen los 60.000 euros durante el año anterior a la convocatoria.
Las personas interesadas deberán cumplir estos requisitos en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes. -
Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro
Finalizada la valoración, se establecerá un orden de prelación entre las solicitudes ordenadas de mayor a menor puntuación, y se realizará entre ellas la distribución económica correspondiente distribuyendo módulos de subvención proporcionalmente a la puntuación, desde los de mayor hasta los de menor puntuación, hasta agotar el crédito presupuestario.
En el caso de producirse empate entre quienes reúnan los requisitos se valorará para su desempate la mayor puntuación en la competición de máximo nivel.
Una vez resuelta la convocatoria y efectuados los trámites contables preceptivos, se procederá al abono de los importes concedidos de una sola vez, en la cuenta bancaria indicada por la persona beneficiaria. -
¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOGV n.º 8531, de 17/04/2019).
El incumplimiento de este plazo determinará automáticamente la exclusión. -
¿Dónde dirigirse?
Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en:
REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
AV. CAMPANAR, 32
46015 València
Tel: 012
REGISTRO DE LA D.T. DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE ALICANTE
C/ CARRATALÁ, 47
03007 Alacant/Alicante
Tel: 012
SECCIÓN DE DEPORTES DE CASTELLÓN
AVDA. DEL MAR, 23
12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
Tel: 012
SECCIÓN DE DEPORTES DE VALENCIA
C/ GREGORIO GEA, 14
46009 Valencia
Tel: 012Por internet
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_SUB_SUGUS&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=16760
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¿Qué documentación se debe presentar?
El impreso de solicitud deberá ajustarse al modelo que figura como anexo I de la convocatoria y se acompañará de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI, excepto aquellos que autorizan su comprobación al órgano gestor y así lo indican en el apartado E de la solicitud.
b) Certificado original de empadronamiento del solicitante, en vigor, o fotocopia debidamente confrontada, excepto aquellos que autorizan su comprobación al órgano gestor y así lo indican en el apartado E de la solicitud.
c) Historial deportivo certificado por la federación deportiva autonómica correspondiente, exclusivamente cumplimentado según el modelo que figura como anexo II de la convocatoria, y que recoja los resultados deportivos en las competiciones indicadas en el punto 2.1.b de la convocatoria, así como resultado que acredite que sigue en activo. En el mismo documento se certificará tener licencia.
d) Modelo de domiciliación bancaria en que conste la titularidad de la cuenta bancaria donde se quiera recibir la ayuda solicitada, anexo III de la convocatoria.
e) Declaración responsable de no percibir ayudas de otra comunidad autónoma con motivo de su actividad deportiva, que está incluida en el apartado D de la solicitud.
f) Declaración responsable de no tener ingresos derivados de su actividad deportiva superiores a 60.000 euros durante el año 2018. Esta declaración está incluida en el apartado D de la solicitud.
g) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Esta declaración está incluida en el apartado D de la solicitud.
h) Documentación que acredite estar al corriente en las obligaciones tributarias (estatales y autonómicas) y frente a la Seguridad Social, excepto aquellos que autoricen su consulta en el apartado E de la solicitud. En los casos en que la subvención en esta convocatoria no supere los 3.000 euros, esta acreditación podrá sustituirse por una declaración responsable (apartado D de la solicitud).
NOTA: La solicitud de las presentes ayudas supondrá su prioridad sobre otras que por su actividad deportiva tenga solicitadas o concedidas en la Dirección General de Deporte. Su concesión supondrá el desistimiento de otras solicitudes presentadas de la persona interesada y pendientes de resolución o la renuncia de las ya resueltas.Impresos asociados
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¿Cómo se tramita?
Pasos
- Presentación de la solicitud y documentación requerida.
- Cuando la solicitud no reúna los requisitos o falte algún documento complementario de los que se exigen, se requerirá a la persona interesada para que lo subsane en el plazo de 10 días, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida su petición, previa resolución dictada al efecto.
- La Dirección General de Deporte podrá, en cualquier momento de la tramitación del expediente, recabar cuantas informaciones, aclaraciones o documentos complementarios estime necesarios para su asesoramiento.
- Se constituirá una comisión técnica de evaluación encargada del estudio y la valoración de las solicitudes presentadas.
- Una vez formalizados los actos de instrucción correspondientes, la comisión de evaluación elevará, a través del órgano instructor, la propuesta de concesión o denegación al director general de Deporte, que resolverá sobre la ayuda y determinará la cuantía de la misma.
- El director general de Deporte resolverá la concesión o denegación de las solicitudes presentadas, en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana. No obstante, las solicitudes sobre las cuales no recaiga resolución expresa en dicho plazo podrán entenderse desestimadas o denegadas. La Dirección General de Deporte notificará a las personas interesadas dentro del mismo plazo de seis meses, la resolución de concesión o denegación de las solicitudes presentadas, con la publicación de la resolución en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.Recursos que proceden contra la resolución
Los previstos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (B.O.E. nº 236 de 02.10.2015).
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¿Cómo se tramita telemáticamente?
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_SUB_SUGUS&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=16760
Tramitación
Este procedimiento estará publicado en la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es) y podrá realizarse la presentación telemática de las solicitudes, para ello se accederá al catálogo de procedimientos administrativos de la Generalitat.
Para poder acceder a este sistema telemático, la persona que lo solicite deberá disponer de alguno de los sistemas de firma electrónica admitidos en la Sede de la Generalitat.
Si algunos de los documentos a aportar junto con la solicitud no pueden ser presentados de forma telemática, se realizará la entrega de los mismos por registro de entrada, en el plazo más breve posible dentro del establecido.
Para incidencias informáticas referentes a este trámite deberá dirigirse al correo electrónico generalitat_en_red@gva.es -
Información complementaria
Criterios de valoración
Los criterios de valoración vienen establecidos en la base sexta de las bases reguladoras de la convocatoria, y son los siguientes:
a) Por clasificación en pruebas y modalidades deportivas incluidas en los Juegos Olímpicos y Paralímpicos:
1º. Haber participado y haber obtenido resultados en los Juegos Olímpicos o Paralímpicos en la última edición, entre 60 y 100 puntos.
2º. Clasificación en el Campeonato del Mundo Senior, puestos 1 a 16, entre 60 y 100 puntos.
3º. Clasificación en Campeonato de Europa, puestos 1 a 8, entre 40 y 60 puntos.
4º. Clasificación en Campeonato del Mundo, inferior a senior y mayores de 18 años, puestos 1 a 8, entre 20 y 40 puntos.
5º. Clasificación en Campeonato de Europa, inferior a senior y mayores de 18 años, puestos 1 a 4, hasta 20 puntos.
b) Por clasificación en otras pruebas y modalidades deportivas oficiales, no incluidas en el apartado anterior.
1º. Clasificación en Campeonato del Mundo Senior, puestos 1 a 8, entre 40 y 60 puntos.
2º. Clasificación en Campeonato de Europa, puestos 1 a 4, entre 20 y 40 puntos.
3º. Clasificación en Campeonato del Mundo inferior a senior y mayores de 18 años, puestos 1 a 4, entre 10 y 20 puntos.
4º. Clasificación en Campeonato de Europa Inferior a senior y mayores de 18 años, puestos 1 a 4, hasta 10 puntos.
Se podrá considerar en ambos casos el Ranking Mundial o Europeo a efectos de clasificación, certificado por la federación deportiva.
Finalizada la valoración, se establecerá un orden de prelación entre las solicitudes ordenadas de mayor a menor puntuación, y se realizará entre ellas la distribución económica correspondiente distribuyendo módulos de subvención proporcionalmente a la puntuación, desde los de mayor hasta los de menor puntuación, hasta agotar el crédito presupuestario.
En caso de producirse empate se valorará para su desempate la mayor puntuación en la competición de máximo nivel.Obligaciones
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, son obligaciones de las persona beneficiarias de estos premios:
a) Mantenerse en la situación que legitima su concesión y cumplir la finalidad de la ayuda concedida.
b) Acreditar el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la ayuda.
c) Someterse a las actuaciones de control financiero que corresponden a la Intervención General, con relación a las ayudas concedidas.
d) Comunicar a la dirección general con competencia en materia de deporte la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la actividad deportiva, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca.
e) Acreditar que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, solo en el caso de no haber otorgado autorización expresa a la administración valenciana, para que obtenga directamente los datos necesarios, o presentación de declaración responsable, en su caso, de conformidad con el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones.
f) La persona beneficiaria estará obligada a mantener la residencia fiscal y cumplir sus obligaciones tributarias en España.
g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 16 de la orden que establece las bases reguladoras de la convocatoria. -
Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Orden 58/2016, de 23 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de premios al deporte olímpico y paralímpico. (DOCV nº 7882 de 27.09.2016).
- Resolución de 9 de abril de 2019, de la Dirección General de Deporte, por la que se convocan premios por la clasificación y preparación en juegos olímpicos y paralímpicos, y en campeonatos del mundo y de Europa para el año 2019 (DOGV n.º 8531, de 17/04/2019).Lista de normativa
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana
Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia
Tel. 961925700
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia
Tel. 961209322
Dirección General de Administración Local
Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia
Tel. 963868061
Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)
Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia
Tel. 963108802
Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat
Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia
Tel. 963131000
Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia
Tel. 961209003
Departamento de Salud de la Ribera
Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira
Tel. 962458100
Departamento de Salud de Gandia
Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia
Tel. 962849500
Entidad de Infraestructuras de la Generalitat
Calle Vinatea 14, 46001, Valencia
Tel. 961964700
Departamento de Salud de Alicante - Hospital General
Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant
Tel. 965933000
Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana
Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia
Tel. 963175400
Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante
Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant
Tel. 965934922
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