Solicitud de las FAMILIAS para participar en el programa "Xarxa Llibres de text de la Comunitat Valenciana". Curso 2015/2016
Objeto
La participación en el programa "Xarxa llibres de text de la Comunitat Valenciana", que tiene como finalidad proporcionar libros de texto y otros materiales curriculares y dotar a los centros educativos de un banco de libros para ser utilizados en años académicos sucesivos.
Interesados/Solicitantes
Los padres/madres, tutores o representantes legales del alumnado que esté matriculado, durante el curso escolar 2015/16, en Educación Primaria, en unidades de educación especial en centros ordinarios, Educación Secundaria Obligatoria o en Formación Profesional Básica y hayan adquirido los libros de texto u otro material curricular.
¿Dónde dirigirse?
Presencial
a) El alumnado debe estar matriculado, durante el curso escolar 2015/16, en las enseñanzas anteriormente citadas.
b) El alumnado debe estar empadronado en algún municipio o entidad local menor de la Comunidad Valenciana.
c) La solicitud es individual; por lo tanto, deberá presentarse una solicitud por cada alumno o alumna.
d) En la solicitud se incluirá el NIA (Número de Identificación del Alumno) y el código del centro. Ambos serán facilitados
por el centro.
d) La presentación de la solicitud implicará que el/la solicitante declara que son veraces los datos que constan en la misma; que se compromete a conservar los libros de texto y material recibidos en buen estado, y a devolverlos al fondo solidario de libros de texto al finalizar el curso 2015/16.
1.- OBTENCIÓN DEL FORMULARIO Y CUMPLIMENTACIÓN:
Se rellena la solicitud (una por cada alumno/a) cumplimentando el formulario que está disponible en la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte:
- Preferentemente, cumplimentando el formulario electrónico disponible en: xarxallibres.edu.gva.es
Se recomienda esta opción ya que supone MAYOR RAPIDEZ en el trámite de la solicitud en su ayuntamiento o entidad local menor.
o
- Cumplimentando el formulario en pdf descargable y no rellenable para cumplimentarlo a mano.
o
- Cumplimentando el formulario que disponga el AYUNTAMIENTO con idéntico contenido al formulario común.
En el modelo de solicitud constará el dato de la cuenta corriente (IBAN), a efectos del posible pago por transferencia bancaria.
2.- PRESENTACIÓN:
Se imprime el formulario, se firma y se presenta en las oficinas de registro que disponga cada ayuntamiento o entidad local menor, junto al original, duplicado o copia compulsada de la factura o facturas de la compra de los libros o el justificante del AMPA.
La solicitud debidamente cumplimentada y acompañada de las facturas o documento justificativo de la compra de los libros de texto o material curricular que haya adquirido, original, duplicado o copia compulsada.
De conformidad con lo establecido en la orden de conovcatoria, las facturas o documentos de valor probatorio equivalente deberán contener siguiente información: CIF/NIF del proveedor, denominación de la empresa, fecha y número de la factura, relación nominal de los productos adquiridos con su precio. En dichos documentos podrá figurar el nombre del alumno/a o del padre/madre/tutor legal; si no figurara, la persona solicitante estampará su firma y hará constar su nombre y número de DNI.
La adquisición debe haberse realizado en el año 2015, ya que deben utilizarse para el curso escolar 2015/2016.
Esta factura puede ir extendida a nombre del alumno o del padre, madre o tutor legal y en ella debe apreciarse claramente el precio de los libros de texto o materiales curriculares como los cuadernillos asociados al libro de texto.
Si el alumnado ha comprado los libros de texto y material curricular a través del AMPA:
1. El AMPA emitirá un documento justificativo individualizado con las datos del alumno/a, el importe, relación de libros adquiridos y datos de la factura global en la que están incluidos.
2. Este es el documento que se entregará a las familias para que puedan acudir a su ayuntamiento o entidad local menor a solicitarlas. Este modelo se encuentra disponible en la web de la Conselleria.
El ayuntamiento o entidad local menor también podrá determinar la documentación adicional a aportar junto con la solicitud (DNI, libros de familia, etc.).
Si el alumnado ha adquirido material curricular elaborado por su centro docente, éste deberá estar incluido en la PGA y aprobado por el Consejo Escolar. En este caso:
1. El centro emitirá un documento justificativo individualizado con los datos del alumno/alumna, importe, relacion del material curricular y datos de la factura o facturas, de los gastos globales ocasionados por la reproducción del material.
2. Este documento justificativo será el que se presente junto con la solicitud individual del alumno/a.
Por otra parte, será el centro quien presente al Ayuntamiento o entidad local menor, donde esté empadronado el alumnado, la factura o factura globales de la empresa o empresas proveedoras.
Si el alumnado está escolarizado en un Centro de Acción Educativa Singular ( CAES) o de Educación Especial Específico, y dada la singularidad de estos centros, será el centro el que presentará el modelo de solicitud junto con las facturas acreditativas del gasto realizado en el ayuntamiento donde se encuentre ubicado.
La cuantía individual por alumno/a que participe en el programa para la gratuidad de libros de texto y material curricular de los ayuntamientos o entidades locales menores que se acogen a esta convocatoria será como máximo de 200 euros que se abonará en dos fases:
- Primera: La cantidad de hasta 100 euros por alumno/a, después de haber presentado las facturas o justificantes por importe igual o superior a dicha cantidad. En caso de que el importe justificado sea inferior, se abonará el importe de la factura.
- Segunda: La cantidad restante, hasta completar el importe de las facturas presentadas y hasta un máximo de 200 eurosl, siempre que al finalizar el curso escolar se realice, de conformidad, la entrega de los libros de texto y material curricular.
El importe final a percibir sólo será de 200 euros cuando el importe justificado sea igual o superior a 200 euros. Si fuera inferior, la cantidad total se corresponderá con el importe justificado.
Enlaces
Formulario para las familias. No rellenable
El inicio y finalización del plazo de presentación de solicitudes será determinado por cada ayuntamiento o entidad local menor.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Tel. 963131000
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Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia
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