Tasa fiscal sobre el juego. Máquinas o aparatos automáticos. Declaración-liquidación

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Tasa fiscal sobre el juego. Máquinas o aparatos automáticos. Declaración-liquidación

    Objeto del trámite

    Esta tasa se exigirá por la explotación de máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de juegos de azar.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Serán sujetos pasivos de esta tasa las personas o entidades a quienes se haya otorgado la correspondiente autorización administrativa o permiso de explotación.
    En defecto de autorización administrativa o permiso de explotación, tendrán la consideración de sujetos pasivos de la tasa las personas o entidades cuyas actividades incluyan la celebración u organización de juegos de azar.
    Serán responsables solidarios de la tasa los dueños y empresarios de los locales donde se celebren.

  • ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?

    Enlace relacionado con el pago de las tasas

    http://atv.gva.es/es/tributos-impuestos-declaraciones-juego

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    Con carácter general, se abonan antes o a la vez que se recibe el servicio.

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    - Para el pago de la tasa, a las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos que se indican en el impreso de autoliquidación o liquidación, y en la página web de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública (ver enlace entidades colaboradoras en apartado Información complementaria).
    - Para presentar la documentación. En función de las reglas de competencia territorial, podrá presentar los documentos en:

    REGISTRO GENERAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA (ATV)
    C/ GREGORIO GEA, 14
    46009 València
    Tel: 012
    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO - CASTELLÓN
    PL. TETUÁN, 38-39
    12001 Castelló de la Plana
    Tel: 012
    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO - ALICANTE
    C/ CHURRUCA, 25
    03003 Alacant/Alicante
    Tel: 965594812

    Por internet

    A través del enlace correspondiente:

    https://atenea.ha.gva.es/aduana/

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    - Impreso de autoliquidación 045 formalizado por el contribuyente.

    Impresos asociados

    Tributos sobre el juego

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    En el caso de tramitación presencial:
    - Cumplimentar el impreso de autoliquidación 045.
    - Ingresar el importe de la tasa en una de las entidades colaboradoras, las cuales validarán todos los ejemplares del impreso y conservarán el ejemplar PARA LA ENTIDAD COLABORADORA, entregando al contribuyente los ejemplares PARA LA ADMINISTRACIÓN y PARA EL INTERESADO.
    - Entregar en la oficina del órgano gestor el ejemplar PARA LA ADMINISTRACIÓN.
    - Conservar el ejemplar PARA EL INTERESADO como justificante del pago de la tasa.

    Recursos que proceden contra la resolución

    Contra la liquidación de las tasas, cabe interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso de alzada ante el conseller competente en materia de juego, en ambos casos dentro de los 15 días siguientes a la notificación del acto o resolución.

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?

    A través del enlace correspondiente:

    https://atenea.ha.gva.es/aduana/

    Tramitación

    Los usuarios de las empresas operadoras autorizados pueden realizar el pago de la tasa de manera telemática:
    1.- Obteniendo el listado de máquinas por las que deben pagar del propio sistema Sar@,
    2.- o bien pueden confeccionarlo ellos.
    En cualquiera de las dos opciones el formato ha de adecuarse al requerido por la Conselleria de Hacienda y Administración Pública (Ver enlace documentación y requisitos en el apartado información complementaria).

    Información adicional

    Este servicio permite a los grandes presentadores la autoliquidación del modelo 045, agrupando éstos por lotes de máquinas.
    Lo puede utilizar cualquier empresa operadora de máquinas de premio que decida hacer uso de este sistema en su relación con la Administración Tributaria de la Generalitat.
    La ventaja de este sistema es que permite una tramitación más rápida y efectiva, pudiendo realizar todos los pasos en uno sólo, sin necesidad de colas para:
    - La obtención de los modelos;
    - El pago de las autoliquidaciones generadas: Se necesita ser titular o persona autorizada para la disposición de fondos de una cuenta de cargo que esté abierta en alguna de las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos que tiene habilitado el Adeudo on line (Ver enlace entidades colaboradoras en apartado información complementaria).
    - La presentación en las Direcciones Territoriales
    REQUISITOS.

    Los profesionales deben disponer de:
    1. Conexión a internet.
    2. Haber sido autorizado por la Conselleria de Hacienda y Administración Pública para ser usuario del sistema Sar@5-045 (Ver enlace alta en el sistema grandes presentadores modelo 045 del apartado información complementaria).
    3. Certificado de Firma Electrónica Avanzada de la Generalitat u otros certificados reconocidos por la Generalitat en los términos previstos en la Disposición Adicional Tercera del Decreto 87/2002, de 30 de mayo, por el que se regula la utilización de la firma electrónica avanzada en la Generalitat.
    4. Una cuenta bancaria en la que el titular del certificado de firma electrónica avanzada esté autorizado a efectuar pagos en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras de la Generalitat Valenciana que tenga habilitado el adeudo on-line.

  • Información complementaria

    Enlaces

    Entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos

    Documentación y requisitos grandes presentadores autoliquidación modelo 045

    Alta en el sistema Sar@5 045

    Instrucciones para cumplimentar el impreso 045

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Orden de 26 de febrero de 1993, de la Conselleria de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla el Decreto 105/1992, de 6 de julio, sobre recaudación de los tributos propios y cedidos, tasas, precios públicos y sanciones de la Generalitat Valenciana (DOGV nº 1986, de 17/03/93).
    - Decreto 8/2002, de 15 de enero, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el sistema de recaudación de tributos, precios públicos, sanciones y otros ingresos de derecho público de la Generalitat Valenciana (DOGV nº 4712, de 21/01/02).
    - Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat (DOGV nº 4971, de 22/03/05).

    Lista de normativa

    Ver Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero

    Ver Decreto 8/2002, de 15 de enero

    Ver Orden de 26 de febrero de 1993


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

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