Sociedades Cooperativas: inscripciones
Para constituirse en Cooperativa es necesaria la inscripción en el Registro de Cooperativas de la Rioja.
Requisitos
Constitución de Sociedad Cooperativa
Para la constitución de una Sociedad Cooperativa, los promotores pueden optar entre:
- Solicitar la previa CALIFICACIÓN del proyecto de Estatutos ante el Registro de Cooperativas
- Otorgar directamente la escritura de constitución y solicitar la INSCRIPCIÓN en el citado Registro.
Por lo tanto la calificación no es obligatoria pero sí recomendable.
Asamblea constituyente
Con el fin de evitar la concurrencia de todos los socios promotores de una cooperativa en los actos necesarios para su inscripción, ésta podrá constituirse celebrando una asamblea de socios promotores de la cooperativa, que deliberará y adoptará los acuerdos sobre todos aquellos extremos que resulten necesarios para el otorgamiento de la escritura de constitución.
Otras inscripciones a realizar en el Registro
Una vez inscrita la constitución de la cooperativa, ésta debe presentar al Registro los actos societarios de inscripción obligatoria cuando se produzcan. Estos actos son:
- Nombramiento de los miembros electos de los órganos sociales.
- Otorgamiento de poderes de gestión y dirección.
- Depósito de cuentas anuales.
- Modificación de estatutos.
- Disolución, nombramiento de liquidadores y liquidación.
- Fusión, escisión o transformación de la cooperativa
Anotaciones a realizar por el Registro
- Legalización de libros sociales y contables de la cooperativa.
- Todas las cooperativas deben presentar en el Registro los libros sociales (de actas, de socios, de aportaciones, de informes de intervetores, etc.) y los libros contables (inventarios, balances y diario) para su legalización.
- Pueden hacerlo con carácter previo a su utilización (en blanco) o después de cumplimentados con medios informáticos. Si los libros se legalizan sin cumplimentar no hay plazo, pero si quieren legalizar cumplimentados, el plazo es durante los cuatro meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio económico.
- Las cooperativas deben comunicar al Registro el dominio o dirección que utilicen para su identificación en internet, así como la sustitución o modificación los mismos. Esta comunicación debe hacerse en el plazo de 1 mes desde la obtención, sustitución o modificación.
- También es objeto de anotación registral nombramiento de auditor de cuentas en el supuesto de que el nombramiento se efectúe por la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral la autorización del Consejero de Industria, Innovación y Empleo para superar los límites de las operaciones con terceros no socios.
Documentación
- Solicitud
Las solicitudes de inscripción o anotación deberán estar acompañadas de dos ejemplares del título inscribible. De ser dicho título escritura pública, se requerirá copia autorizada y copia simple así como documento acreditativo del pago, exención o no sujeción al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Aportación de copias
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)
Si se hace de manera electrónica
El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.
Modelo de solicitud de inscripción ( 617.5 Kb)
Modelo de solicitud inscripción depósito cuentas ( 122.2 Kb)
Modelo de solicitud legalización libros ( 168.3 Kb)
Modelo de solicitud de certificación o nota simple ( 115.2 Kb)
Modelo de estatutos cooperativa agraria ( 153 Kb)
Modelo de estatutos cooperativa de consumo ( 149.5 Kb)
Modelo de estatutos cooperativa de enseñanza ( 151 Kb)
modelo de estatutos cooperativa de trabajo asociado ( 184.5 Kb)
modelo de estatutos de cooperativa de viviendas ( 156 Kb)
Modelo de estatutos de cooperativas de enseñanza microempresas ( 169.5 Kb)
Modelo de estatutos de cooperativas de Explotación comunitaria de la Tierra microempresas ( 136.5 Kb)
Modelo de estatutos de cooperativas de servicios microempresas ( 124 Kb)
Modelo de estatutos de cooperativas de Trabajo Asociado microempresas ( 117.5 Kb)
Modelo de estatutos de cooperativas de Transporte microempresas ( 124 Kb)
Modelo de estatutos genéricos de cooperativas microempresas ( 100.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Inscripción de la constitución
- Deberá solicitarse la inscripción en el Registro en el plazo de DOS MESES desde el otorgamiento de la escritura. Si finaliza este plazo es preciso presentar documento público de ratificación de la escritura.
- El Registro, en el plazo de 60 DÍAS desde la presentación de la solicitud de inscripción, procederá a la inscripción o a la denegación de la misma.
Inscripción acto de nombramiento de los miembros electos de los órganos sociales
- Plazo solicitud: 30 días hábiles siguientes a la fecha de aceptación de los cargos.
Inscripción del acto de otorgamiento de poderes de gestión y dirección
- Plazo solicitud: 1 mes desde el otorgamiento de la escritura.
Inscripción del acto de depósito de cuentas anuales
- Plazo de solicitud: 30 días naturales siguientes al de la fecha de aprobación de las cuentas.
Inscripción del acto de modificación de estatutos
- Plazo de solicitud: 30 días hábiles desde el otorgamiento de la escritura.
Inscripción del acto de fusión, escisión o transformación de la cooperativa
- Plazo de solicitud: 2 meses desde el otorgamiento de la escritura.
Inscripción del acto de disolución, nombramiento de liquidadores y liquidación
- Plazo de solicitud: 30 días hábiles desde el otorgamiento de la escritura.
- Plazo de resolución y notificación
En la inscripción de la constitución, 60 días hábiles; en la inscripción de otros actos societarios, 3 meses; en la legalización de libros sociales y contables: 15 días hábiles.
Más información
- Normativa:
Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas
Ley 4/2001, de 2 de julio, de Cooperativas de La Rioja.
Decreto 18/2003, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de La Rioja.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicable
- Recurso que procede:
Alzada
- Observaciones:
Todas las solicitudes de inscripción en el Registro deben ser formuladas por el Presidente o el Secretario de la Cooperativa y, en su defecto, por persona apoderada formalmente.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Desarrollo Autonómico
- Órgano competente: Dirección General de Diálogo Social y Relaciones Laborales
- Unidad tramitadora: Servicio de Diálogo Social, Relaciones Laborales y Salud Laboral
- Cargo que resuelve: Director/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Teléfono de contacto: 941291801
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño