Servicio de Teleasistencia

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Permite, a través de la línea telefónica y con un equipamiento de comunicaciones e informático específico, apoyar la permanencia en su domicilio de aquellas personas que se hallen en situación de dependencia, proporcionándoles una serie de atenciones personalizadas que pueden mejorar sus condiciones de seguridad y compañía en la vida cotidiana, potenciar su independencia y su autonomía personal y facilitar la integración en su entorno habitual de convivencia.

Requisitos

Podrán acceder al Servicio de Teleasistencia del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales, quienes cumplan los siguientes requisitos:

  1. Residir legalmente en La Rioja en el momento de presentar la solicitud y haber residido en territorio español durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Quienes reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de la nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los Tratados Internacionales y en los Convenios que se establezcan con el país de origen.
  • Poseer unas condiciones psicofísicas suficientes para la adecuada utilización del Servicio de Teleasistencia. En el caso de que el beneficiario estuviera afectado por la enfermedad de Alzheimer o cualquier otra enfermedad de carácter neurodegenerativo que pueda implicar un deterioro cognitivo, o cualquier discapacidad física o psíquica que limite tales condiciones psicofísicas, la posibilidad de uso vendrá referida a la persona que asuma su cuidado.
  • Tener cubiertas las necesidades básicas de vivienda, condiciones de habitabilidad adecuadas, alimentación, higiene personal y del domicilio. En todo caso se debe disponer de línea telefónica en el domicilio.
  • Tener reconocida la situación de dependencia en cualquiera de los grados y niveles establecidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía y Atención a las Personas en situación de dependencia.
  • Que dicho servicio se encuentre incluido en el Programa Individual de Atención.
  • Modalidades

    • Teleasistencia domiciliaria fija: es el Servicio de Teleasistencia prestado únicamente dentro del domicilio de la persona usuaria a través de un dispositivo o terminal de telefonía fijo. Cada terminal en el domicilio, en base al informe social que debe acompañar a la solicitud delServicio de Teleasistencia podrá llevar asociados uno o más dispositivos periféricos que permitan optimizar las prestaciones del Servicio de Teleasistencia.
    • Teleasistencia móvil: es el Servicio de Teleasistencia prestado tanto dentro como fuera del domicilio de la persona usuaria. Se prestará mediante terminales de telefonía móviles adaptados tecnológicamente para el uso por personas mayores y/o con determinadas discapacidades.
    • Telelocalización: consiste en la utilización de dispositivos que exclusiva o primordialmente permitan la emisión de alarmas y la localización de forma remota de la persona usuaria ante situaciones potencialmente peligrosas para la misma en una zona delimitada de seguridad o riesgo.

    Compatibilidades

    El Servicio de Teleasistencia es compatible con todos los servicios y prestaciones económicas del Sistema Riojano para la autonomía personal y atención a la Dependencia, excepto con el servicio de atención residencial.

    Suspensión

    Los usuarios del Servicio de Teleasitencia que no precisen el servicio concedido durante un periodo máximo de tres meses ininterrumpidos o no (visitias a familiares, ingresos hospitalarios, vacaiones con familiares, etc.) deberán comunicar su ausencia a la Direccion General competente en la materia, excepto si dicha ausencia se produce por causa imprevisible, en cuyo caso se comunicará posteriormente.

    Extinción

    La condición de usuario del Servicio de Teleasistencia, se perderá por alguna de las siguientes causas:

    1. Pérdida de cualquiera de los requisitos exigidos en el artículo 6 del Decreto 29/2010, de 7 de mayo de 2010.
    2. Omitir o falsear los datos exigidos en la solicitud de acceso o en la documentación aportada con posterioridad, todo ello, sin perjuicio de otras responsabilidades que tal omisión o falsedad pueda ocasionar.
    3. Suspensión temporal del servicio por un periodo de tiempo superior al establecido en al artículo 16 del mencionado Decreto.
    4. Incumplimiento de las obligaciones para el usuario establecidas en el artículo 8.b) del citado Decreto.
    5. Fallecimiento o renuncia.
    6. Como consecuencia del ingreso de la persona usuaria en un centro residencial de forma permanente.
    7. Como consecuencia del traslado de la persona usuaria del servicio a otra Comunidad Autónoma.
    8. Cualquier otra causa que expresamente se establezca en la normativa vigente.

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    1. Volante de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento en el que resida el/los solicitante/s, a la fecha de presentación de la solicitud o mediante certificados telemáticos o transmisiones de datos, de conformidad con la normativa vigente en esta materia. En el caso de usuarios no nacionales, mediante la certificación de los períodos de residencia legal en España por el órgano competente para ello.
    2. En el caso de extranjeros, copia del permiso de residencia.
    3. En el supuesto de convivencia: volante de convivencia de los miembros de la unidad de convivencia expedido por el ayuntamiento correspondiente.
    4. Informe social conforme al modelo que figura como anexo II.

    Solicitud ( 107.7 Kb)

    Informe social ( 107.1 Kb)

    Comunicación cambio de domicilio ( 174.4 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Abierto todo el año.

    • Plazo de resolución y notificación

      Seis meses desde que la solicitud tuvo su entrada en cualquiera de las Oficinas del Registro de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos. Se entenderá estimada la solicitud de no haberse notificado la resolución expresamente en el plazo señalado para resolver.

    Más información

    • Normativa:

      Decreto 29/2010, de 7 de mayo, por el que se regula el Servicio de Teleasistencia del Sistema Riojano para la Autonomía personal y la dependencia.

      Decreto 31/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba la Cartera de servicios y prestaciones del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Positivo

    • Recurso que procede:

      Alzada

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Raquel Berberana Herce
    • Alberto Valenzuela López

    Asistencia técnica


    Oficinas de la administración

    Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.

    Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño

    Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo

    Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño

    Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo

    Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo

    Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro

    Calle El Mazo 11, 26200, Haro

    Servicio de Comercio

    Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño

    Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas

    Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño

    Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local

    Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño

    Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca

    Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño

    Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada

    Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada

    Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García

    Calle República Argentina 68, 26006, Logroño

    Oficina de Empleo de Logroño

    Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño

    Sección de Coordinación y Promoción Deportiva

    Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño

    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.