Concesión de plaza pública de atención residencial para personas mayores en situación de riesgo o exclusión social
Requisitos y procedimiento de acceso a las plazas públicas del servicio de atención residencial para personas mayores que se encuentren en situación de riesgo o exclusión social acreditada.
Requisitos
Definición del servicio
El servicio de atención residencial para personas mayores en situación de riesgo o exclusión social es aquel servicio dirigido a ofrecer una atención integral a sus necesidades básicas, al objeto de mantener o mejorar su autonomía personal y promover su integración y su participación social en el medio.
Requisitos
- Encontrarse en situación de riesgo o exclusión social acreditada de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la presente norma.
- Residir legalmente en La Rioja y haber residido en territorio español durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de la nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los Tratados Internacionales y en los Convenios que se establezcan con el país de origen.
- Ser mayor de 60 años.
- Tener valorada la situación de dependencia:
- Sin grado.
- Grado 1: Dependencia moderada, en cualquiera de sus niveles.
- Excepcionalmente, cuando no sresulte posible llevar a cabo la valoración de la situación de dependencia en el domicilio del interesado, dicha valoración, previa justificación de las circunstancias concurrentes a juicio del servicio de presonas mayores, se podrá llevar a efecto una vez haya ingresado en el centro residencial.
Valoración de la situación de riesgo o exclusión social
- La valoración de la situación de riesgo o exclusión social, se acreditará mediante un informe social emitido por la Unidad de Trabajo Social correspondiente junto con la aplicación de la Escala de Valoración Social que figura en el Anexo III del Decreto 3/2012, de 16 de febrero.
- La aplicación de la Escala de Valoración Social, corresponde a las Unidades de Trabajo Social, con excepción del apartado relativo a la "situación económica", que será valorada por la Dirección General competente en materia de atención a la dependencia y prestaciones sociales.
- La puntuación total que determina la existencia de una situación de riesgo o exclusión social será la obtenida de la suma de todos los apartados de la Escala de Valoración Social.
- Es necesario obtener una puntuación igual o superior a 65 puntos en la mencionada Escala de Valoración Social.
Documentación
- Solicitud
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Informe social emitido por la Unidad de Trabajo Social en el que se informe sobre la situación de la persona interesada y su situación económica, acompañándose de la Escala de Valoración Social señalada en el artículo 4 del Decreto 3/2012, de 16 de febrero (BOR nº 24 de 24 de febrero de 2012).
- En el caso de usuarios no nacionales, la certificación de los periodos de residencia legal en España emitida por el órgano competente para ello.
- Fotocopia de las declaraciones de la renta, o en su caso, certificaciones negativas de la Delegación de Hacienda, en aquellos casos en que no se autorice a la Dirección General de Atención de la Dependencia y Prestaciones Sociales a a solicitar esa información.
- Fotocopia compulsada de los contratos de arrendamiento en los que el solicitante tenga la condición de arrendador. El interesado podrá sustituir la compulsa de las fotocopias por la presentación de la declaración responsable que figura como anexo III.
- Titulares, saldo y movimientos de las cuentas corrientes, depósitos a la vista o a plazo, fondos de inversión o cualquier otra inversión financiera correspondiente al año anterior a la solicitud acreditados a través de certificados expedidos por la entidad bancaria o fotocopia de la documentación bancaria del interesado.
Cuando el solicitante carezca de nacionalidad española deberá aportar la tarjeta acreditativa de su condición de residente en la que esté consignado su Número de Identificación de Extranjeros (NIE).
Cuando la solicitud se realice a través de representante legal, además de la fotocopia del DNI de quien ostenta la representación deberá acompañarse copia de la resolución judicial de incapacitación o cualquier otra documentación acreditativa de dicha condición, o bien documentación que acredite el haber iniciado el procedimiento de incapacitación si no estuvieraconcluso.
Modelo de solicitud (ANEXO II) ( 48 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Abierto todo el año
- Plazo de resolución y notificación
Tres meses desde que la solicitud tuvo su entrada en cualquiera de las Oficinas del Registro de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos. Se entenderá estimada la solicitud de no haberse notificado la resolución expresamente en el plazo señalado para resolver.
Más información
- Normativa:
Decreto 3/2012, de 16 de febrero, por el que se regula el sistema de acceso al servicio público de atención residencial para personas mayores en situación de riesgo o exclusión social del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.
Orden 12/2001, de 4 de septiembre, por la que se determina el precio público de los centros residenciales de personas mayores propios y concertados con la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Positivo
- Recurso que procede:
Alzada
La resolución no agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada frente al Consejero/a competente en materia de Políticas Sociales.
- Observaciones:
En todo caso, las personas usuarias del servicio de atención residencial para personas mayores en situación de riesgo o exclusión social están obligados al pago de un precio público por el coste de la plaza que ocupan. La presentación de la solicitud supone el conocimiento y aceptación expresa de lo regulado en el Decreto 3/2012, de 16 de febrero (BOR nº 24 de 24 de febrero de 2012) y en la normativa vigente en materia de precios públicos. En el supuesto de que la solicitud haya sido suscrita por una persona que posteriormente sea declarada incapaz por Sentencia Judicial, la persona o entidad que haya sido nombrada como representante legal deberá someterse al régimen jurídico establecido por el Decreto anteriormente mencionado, y demás normativa vigente en materia de precios públicos de plazas de residencia para personas mayores.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Servicios Sociales y a la Ciudadanía
- Órgano competente: Dirección General de Dependencia, Discapacidad y Mayores
- Unidad tramitadora: Servicio de Personas Mayores
- Cargo que resuelve: Sr./a Director/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Raquel Cabrejas de Rojas, Trabajadora Social
- Roberto Santamaria Solanas, Gestión AG
- M. Angeles Latorre Sanz, Ayudante Administrativo
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
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Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
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Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
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Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
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Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
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