Seguimiento de iniciativas formativas: autorizaciones, anomalías e incidencias (código 1152)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Autorizar la simultaneidad de las prácticas profesionales no laborales, con el resto de los módulos formativos.
Autorizaciones de exención de asistencia a módulos teóricos.
Autorizar prácticas en la misma entidad.
Resolver y notificar las incidencias y anomalías que puedan surgir durante la ejecución y el seguimiento de los cursos.
Simultaneidad suficientemente justificada: haber adquirido los suficientes conocimientos para llevar a cabo las prácticas con aprovechamiento; inminente contratación del alumno; otra causa.
Todas estas autorizaciones responden a lo establecido en la normativa que regula esta formación.
Destinatarios
Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.
Alumnos que estén realizando una acción formativa, que tenga módulo de formación práctica en empresa.
Entidades de formación que están ejecutando acciones formativas subvencionadas por el SEF.
Entidades de formación que ejecutan certificados de profesionalidad privados a los que el SEF realiza un seguimiento.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)
Requisitos de solicitud o iniciación
Para las autorizaciones de simultaneidad de las prácticas profesionales no laborales, con el resto de los módulos formativos, será necesario:
- Que la Simultaneidad esté suficientemente justificada: haber adquirido los suficientes conocimientos para llevar a cabo las prácticas con aprovechamiento; inminente contratación del alumno; otra causa.
- Que haya transcurrido el 80 por ciento del total de horas lectivas.
- Que no coincida el horario de éstas con el de la impartición de la acción formativa. En este caso, la suma de las horas diarias correspondientes a la acción formativa y a las prácticas no podrá ser superior a 8 horas.
Las autorizaciones de exención de módulos teóricos se realizarán:
- Los 15 primeros días naturales desde el inicio de la acción formativa, y siempre antes de la impartición del 25 % de las horas lectivas.
Se autorizará las prácticas en la misma entidad:
- Con suficiente antelación al inicio de las prácticas del alumno afectado.
Se autorizará horarios y jornadas excepcionales:
- Con antelación suficiente a la fecha prevista de horario excepción que se solicita.
Se resolverá y notificará las incidencias y anomalías que puedan surgir durante la ejecución y el seguimiento de los cursos.
- A lo largo de la acción formativa.
Solcitud de simultaneidad del módulo de prácticas profesionales no laborales
Modelos e información para solicitudes
- Solcitud de simultaneidad del módulo de prácticas profesionales no laborales
- Solicitud de autorización exención de asistencia a módulos formativas
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Solcitud de simultaneidad del módulo de prácticas profesionales no laborales
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Modelos para solicitudes
- Solcitud de simultaneidad del módulo de prácticas profesionales no laborales
- Solicitud de autorización exención de asistencia a módulos formativas
Lugares presentación
- Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION
Plazo de resolución: 1 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo