Prueba específica de acceso a los estudios superiores de Música en el Conservatorio Superior de Música Manuel Massotti Littel (código 1913)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Convocar la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música en la Región de Murcia para el curso académico 2019-2020 en las siguientes especialidades:
a) Composición
b) Dirección
c) Interpretación
d) Musicología
e) Pedagogía
La prueba de acceso de la especialidad de Interpretación se podrá realizar en las siguientes modalidades instrumentales: Acordeón, Cante flamenco, Canto, Clarinete, Clave, Clavicordio, Contrabajo, Fagot, Flauta de pico, Flauta travesera, Guitarra, Guitarra Flamenca, Instrumentos de púa, Oboe, Órgano, Percusión, Piano, Saxofón, Traverso barroco, Trombón, Trompa, Trompeta, Tuba/ Bombardino, Viola, Violín y Violonchelo.
El calendario de actuaciones vinculadas a la prueba de acceso se recoge en el anexo I.
La superación de la prueba específica de acceso faculta únicamente para matricularse en el curso 2019-2020.
Destinatarios
Ciudadanía.
a. Estar en posesión del título de bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años o, quienes no cumpliendo alguno de estos requisitos, superen la prueba recogida en el apartado
3 de este mismo punto.
b. Haber superado la prueba que anualmente convocará la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)
Requisitos de solicitud o iniciación
Estar en posesión del título de Bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años o haber superado la prueba para mayores de 16 años (mayores de 19 años si se realizó antes de 2016).
Solicitud de inscripción en la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música
- Certificado de la inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual
(Obligatorio / Original)
Víctimas de actos terroristas, sus cónyuges e hijos: resolución administrativa por la que se reconozca esta condición. Estos aspirantes tienen derecho a la exención del pago del precio público aplicable a esta prueba. - Certificado
(Obligatorio / Original) - Certificado
(Obligatorio / Original)
-Aspirantes con necesidades educativas no asociadas a discapacidad (dislexia, trastorno por déficit de atención e hiperactividad u otras dificultades específicas del aprendizaje), siempre que no impidan la realización de los estudios en los que aspiran a ingresar: certificación acreditativa, expedida por institución ofacultativo competentes para ello. Estos aspirantes podrán solicitar las adaptaciones a las que se refiere el anexo VI. - Justificante del pago de la tasa
(No obligatorio / No original) - Certificación
(No obligatorio / No original)
-Aspirantes con necesidades educativas no asociadas a discapacidad (dislexia, trastorno por déficit de atención e hiperactividad u otras dificultades específicas del aprendizaje), siempre que no impidan la realización de los estudios en los que aspiran a ingresar: certificación acreditativa, expedida por institución ofacultativo competentes para ello. Estos aspirantes podrán solicitar las adaptaciones a las que se refiere el anexo VI. - Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior
(No obligatorio / No original)
Víctimas de actos terroristas, sus cónyuges e hijos: resolución administrativa por la que se reconozca esta condición. Estos aspirantes tienen derecho a la exención del pago del precio público aplicable a esta prueba.
- Consulta de Datos de Identidad (*)
- Consulta de datos de Discapacidad en Intermediación (*)
- Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
- Certificados de Títulos No Universitarios (*)
- Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
- Consulta del título de familia numerosa en Intermediación (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
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PU012. Prestación de Servicios Academicos; orden 21 marzo 2012
H0005D - Pruebas de acceso Tiítulo Graduado de Enseñanzas Artisticas
X
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: Comisiones de selección
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF. |
Información adicional sobre recursos
Contra la relación definitiva de solicitantes cabrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación de la relación definitiva. Esta Dirección General será el órgano competente para su resolución.La presentación del recurso de alzada no paralizará el desarrollo de los procedimientos de acceso y de admisión.
Normativa