Consulta previa de viabilidad para autorización de instalación de salón de juego (código 83)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Realizar consulta previa sobre la posibilidad de obtener autorización de apertura y funcionamiento de un salón de juego.
En ningún caso la información emitida implicará autorización administrativa para la apertura y funcionamiento del salón de juego objeto de consulta ni prioridad alguna en la tramitación de la misma.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.
Personas físicas o Jurídicas.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM)
SERVICIO DE GESTIÓN Y TRIBUTACIÓN DEL JUEGO (A14028292)
No existen requisitos específicos
Consulta previa de viabilidad para autorización de instalación de salón de juego
- Declaración
(No obligatorio / No original)
Declaración de inexistencia de salones de juego, casinos, salas de bingo o locales específicos de apuestas en dicha zona, considerando las distancias establecidas en el apartado 5 del artículo 38. - Plano
(No obligatorio / No original)
Un plano del local no superior a 1/2000, comprensivo del radio de 400 metros o de 200 metros en los municipios catalogados como zonas de gran afluencia turística por la Orden de 5 de marzo de 1999, de la Consejería de Industria, Trabajo y Turismo, medidos desde cualquiera de las puertas de acceso al local - Plano
(No obligatorio / No original)
Plano indicativo de las medidas de seguridad. - Plano
(No obligatorio / No original)
Plano del local donde se pretende instalar el salón, a escala 1/100, con mención de las superficies destinadas a sala de juegos, servicios y en su caso, otras dependencias como cafetería, vestíbulos, pasillos, almacén u oficinas. - Memoria descriptiva
(No obligatorio / No original)
Memoria en la que se haga constar el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 35.5 del Decreto 72/2008.
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Consulta previa de viabilidad para autorización de instalación de salón de juego
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: JEFE/A SERVICIO GESTION Y TRIBUTACION JUEGO
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA |
Normativa
- Decreto n.º 72/2008, de 2 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Ley 2/1995, de 15 de marzo, reguladora del Juego y Apuestas de la Región de Murcia.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.