Autorización y registro de entidades de inspección y de certificación de productos agroalimentarios
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Conceder autorizaciones e inscribir en un Registro a las Entidades de Inspección y Entidades de Certificación de productos agrarios y alimentarios acogidos a denominaciones y marcas de calidad oficiales, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, incluida la producción integrada.
- Cumplir la Norma UNE-EN ISO/IEC 17065 y UNE-EN ISO/IEC 17020 respectivamente.
- Cualquier modificación de datos del Registro deberá ser comunicada al registro mediante el envío de la documentación que la justifique, para actualizar la correspondiente inscripción registral.
- Cuando dejen de cumplirse los requisitos que dieron lugar a la autorización de una Entidad de Inspección o de Certificación, o bien se detecte el incumplimiento de la labor para la que fueron autorizadas, la Consejería de Agricultura y Agua podrá retirar la autorización otorgada.
Destinatarios
Empresas y otras Entidades.
Entidades de Inspección y Entidades de Certificación de productos agrarios y alimentarios.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14028784)
Requisitos de solicitud o iniciación
Solicitud del Interesado.
- Currículo (currículum)
(Obligatorio / Original)
- Currículo y título de la formación requerida al personal que interviene en elproceso de certificación o inspección para el alcance solicitado. - Declaración
(Obligatorio / Original)
- Compromiso de mantenimiento durante 5 años de los archivos.- Compromiso de mantenimiento de las garantías de objetividad e imparcialidad respecto de todos los operadores sometidos a certificación o inspección. - Estudio
(Obligatorio / Original)
Se adjuntarán poderes del firmante de la solicitud en caso de no figurar en la escritura. - Relación
(Obligatorio / Original)
- Listado de Tarifas a aplicar.- Listado de Documentos en vigor.- Directorio de productos certificados/inspeccionados o que se van a certificar/inspeccionary sus operadores para el alcance solicitado. - Contrato
(Obligatorio / Original)
- Modelo de Contrato de concesión de certificados.- Contrato tipo con Entidades de inspección EN-ISO-IEC 17020 e inscritas en el correspondiente registro (en su caso) y/o contrato tipo con laboratorios EN-ISO-IEC 17025. - Código de identificación fiscal: CIF
(Obligatorio / Original)
CIF de la entidad. - Escritura pública
(Obligatorio / Original)
- Escritura de constitución y estatutos, así como escrituras en las que se refleje el accionariado actual. - Acreditación
(Obligatorio / Original)
Documentación acreditativa oficial de autorización para realizar certificación o inspección, a nivel nacional, para el producto objeto de solicitud. - Acreditación
(Obligatorio / Original)
- Evidencia de haber solicitado la Acreditación a ENAC para el alcance que solicita la autorización/inscripción y justificante de registro de la misma por ENAC(en su caso). -Documentos de referencia de la Certificación o Inspección (Pliegos Técnicos) en su caso. - Certificado
(Obligatorio / Original)
- Certificado de Acreditación de ENAC para el alcance que solicita la autorización/inscripción (en su caso). - Escritura
(No obligatorio / No original)
- Escritura de constitución y estatutos, así como escrituras en las que se refleje el accionariado actual. - Escritura de apoderamiento o poder de representación
(No obligatorio / No original)
Se adjuntarán poderes del firmante de la solicitud en caso de no figurar en la escritura. - Documentación acreditativa
(No obligatorio / No original)
Documentación acreditativa oficial de autorización para realizar certificación o inspección, a nivel nacional, para el producto objeto de solicitud. - Documentación justificativa
(No obligatorio / No original)
- Evidencia de haber solicitado la Acreditación a ENAC para el alcance que solicita la autorización/inscripción y justificante de registro de la misma por ENAC(en su caso). -Documentos de referencia de la Certificación o Inspección (Pliegos Técnicos) en su caso.
Modelos e información para solicitudes
- Solicitud de Autorización entidades de inspección y certificación
- Entidades de Certificación e Inspección agroalimentarias inscritas en el Registro de la Consejería de Agricultura y Agua
- Documentación mínima necesaria para obtener la Autorización
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Presentación de solicitud de inicio
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INDUST.ALIM. Y COOPERATIV. AGR
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Normativa
- Decreto n.º 67/2005, de 27 de mayo de 2005, que modifica el decreto n.º 49/2002, de 1 de febrero, sobre autorización y registro de entidades de inspección y de certificación de productos agroalimentarios.
- Decreto n.º 49/2002, de 1 de febrero, sobre autorización y registro de entidades de inspección y de certificación de productos agroalimentarios.
- Orden de 20 de marzo de 2002, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, por la que se regula el procedimiento de autorización y registro de Entidades de Inspección y de Certificación de productos agroalimentarios.
- Resolución del Director General de Agricultura e Industrias Agrarias de 17 de abril de 2002.
- Corrección de error de la Orden de 20 de marzo de 2002, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, por la que se regula el procedimiento de autorización y registro de entidades de inspección y de certificación de productos agroalimentarios.