Autorización de instalaciones eléctricas de alta tensión (código 7)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Autorizar las instalaciónes eléctricas de alta tensión de producción, distribución, transporte secundario y las lineas aerea-subterraneas de particulares con tramitación ambiental.
- Seguimiento de la tramitación
Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".
a) El titular, así como el representante en su caso, podrán acceder mediante certificado digital.
b) Otros agentes (instaladores, técnicos, etc.), podrán acceder mediante la contraseña y número de expediente facilitados en el momento de la entrega de la documentación.
Cualquier consulta sobre la tramitación del expediente podrá solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM petición de información, Bien mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.
- Notificaciones electrónicas
Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. Para esta modalidad de notificación deberá cumplimentar la casilla correspondiente en la solicitud.
- Información Particular
Las consultas particulares y sobre expedientes concretos, requieren la identificación de los interesados, para obtenerla puede consultar en como va lo mio, o mediante solicitud telemática con identificación digital o en cualquier a de la OCAG o lugares del articulo 38. Este tipo de información no puede ofrecerse por medios telefónico a sin identificación.
Las consultas técnicas y sobre los procedimientos podrán solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM petición de información, se podrá realizar mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.
INFORMACIÓN TASAS
· La carta de pago para el abono de la tasa, se genera en el proceso de cumplimentación de la solicitud, si se hace en la Sede electrónica.
· Los ciudadanos, que no hagan la solicitud en Sede electrónica pueden obtener la carta de pago y el modelo de solicitud en el apartado correspondiente de este procedimiento, en el Servicio de atención telefónica (para envío por correo electrónico) y en algunas Oficinas Presenciales de la CARM. En este caso, deberá aportarse justificante de abono de la tasa correspondiente.
Destinatarios
Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.
El titular de la instalación o su representante legal.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)
No existen requisitos específicos
Autorización de instalaciones eléctricas de alta tensión
- Declaración
(No obligatorio / Original)
Declaración del titular de la disponibilidad de los terrenos para la construcción de la I.E.A.T., según modelo normalizado que figura en la Resolución de 5/07/2001, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (BORM núm. 173, de 27/07/2001) - Permiso
(No obligatorio / No original)
Permisos de paso y apoyo, de todos y cada uno de los propietarios de los terrenos afectados. Permisos y condicionados impuestos, en su caso, de todos los organismos oficiales afectados por las instalaciones - Proyecto Técnico
(No obligatorio / Original) - Estudio de impacto ambiental
(No obligatorio / Original) - Anteproyecto
(No obligatorio / Original) - Escritura de apoderamiento o poder de representación
(No obligatorio / Original) - Justificante del pago de la tasa
(Obligatorio / No original)
Cuando la solicitud es electrónica, la carta de pago se genera en el proceso de cumplimentación. - Documentación acreditativa
(No obligatorio / No original)
Documento acreditativo de la transmisión de la titularidad (Escritura, Contrato de arrendamiento, Contrato de cesión, etc.), debidamente liquidado del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Separatas de cruce o paralelismo sobre bienes o derechos de las Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas. Conformidad de la empresa distribuidora de energía eléctrica sobre el punto de conexión a su red que figura en el proyecto. Documento de conformidad al punto de entronque y al proyecto técnico por parte de la empresa distribuidora, según establece la Resolución de 14 de octubre de 2008, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (BORM núm. 259, de 7/11/2008). - Documento ambiental
(No obligatorio / Original)
Documento ambiental inicial del proyecto para iniciar trámites del procedimiento de evaluación de impacto ambiental - Relación concreta e individualizada bienes o derechos que el solicitante considere de expropiación
(No obligatorio / No original) - Contrato de mantenimiento
(No obligatorio / No original)
Contrato de mantenimiento de las instalaciones eléctricas de alta tensión o Certificado acreditativo de la existencia del mismo, a nombre del nuevo titular, suscrito con empresa mantenedora de alta tensión. - Certificado de la última inspección periódica efectuada por un OCA
(No obligatorio / No original)
Certificado de la última Inspección Periódica con resultado favorable, efectuada por un O.C., en el supuesto de que la puesta en servicio de la instalación se hubiese efectuado, al menos, tres años antes de la fecha de la presente solicitud
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Autorización de instalaciones eléctricas de alta tensión
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Modelos para solicitudes
Lugares presentación
- Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional
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T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas
H00001 - Instalaciones industriales y energéticas sin proyect.técnico
-
T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas
H00002 - Instalaciones industriales y energéticas con proyect.técnico
-
T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas
H00003 - Ordenación de las instalaciones acogidas a régimen especial
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENERGIA,ACTIV.INDUST.Y MINERA
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI |
Normativa
- Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada.
- Orden de 19 de junio de 1996, de la Consejería de Industria, Trabajo y Turismo, por la que se modifica la Orden de 8 de marzo de 1996, de la misma Consejería, sobre mantenimiento de instalaciones eléctricas de alta tensión.
- Decreto n.º 89/2012, de 28 de junio, por el que se establecen normas adicionales aplicables a las instalaciones eléctricas aéreas de alta tensión con objeto de proteger la avifauna y atenuar los impactos ambientales.
- Orden de 9 de septiembre de 2002, de la Consejería de Ciencia, Tecnología, Industria y Comercio, por la que se adoptan medidas de normalización en la tramitación de expedientes en materia de industria, energía y minas.
- Orden de 25 de abril de 2001, de la Consejería de Tecnologías, Industria y Comercio, por la que se establecen procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica de tensión superior a 1 Kv.
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
- Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
- REAL DECRETO 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
- Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
- Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
- Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.
- Resolución de 4 de noviembre de 2002 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por la que se desarrolla la Orden de 9 de septiembre de 2002 de la Consejería de Ciencia, Tecnología, Industria y Comercio, por la que se adoptan medidas de normalización en la tramitación de expedientes en materia de industria, energía y minas.
- Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.