Acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención ajenos (código 778)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Acreditar a entidades especializadas, para desarrollar su actividad como servicios de prevención ajenos.

Se adjuntan modelos de Solicitud genérica y Aceptación/ Nombramiento de Director Técnico de centro, servicio o establecimiento sanitario y Solicitud de autorización sanitaria de funcionamiento para Servicio de Medicina del Trabajo para Murcia, en el apartado de cumplimentación manual.

Horario de atención al público de 9 a 14 horas.

Destinatarios

Empresas y otras Entidades.

Entidades especializadas que pretendan actuar como servivios de prevención ajenos

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
DIRECCIÓN GENERAL DE DIÁLOGO SOCIAL Y BIENESTAR LABORAL (A14028266)

Requisitos de solicitud o iniciación

* La entidad especializada debe tener sus instalaciones principales en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

* La solicitud debe formularse ante el Director General de Trabajo para las cuatro especialidades preventivas: Medicina del Trabajo, Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada, indicando el ámbito territorial concreto en el que vaya a actuar la entidad (Región de Murcia y, en su caso, otras comunidades autónomas o provincias afectadas).

* El solicitante debe ser un representante legal de la empresa (bien aparece en la escritura de constitución de la empresa, bien tiene poderes de representación de la sociedad).

* La entidad especializada deberá disponer, como mínimo, de un Médico Especialista en Medicina del Trabajo o diplomado en Medicina de Empresa, un ATS/DUE de empresa o del Trabajo y un técnico por cada una de las especialidades o disciplinas preventivas de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada. Estos recursos mínimos deberán dimensionarse de acuerdo con lo establecido en los Anexos I y II del RD 843/2011, de 17 de junio, para personal sanitario, y en el Anexo I de la Orden TIN 2504/2010, de 20 de septiembre, para personal técnico.

* La entidad especializada deberá disponer, como mínimo, de las instalaciones e instrumentación necesarias para realizar las pruebas, reconocimientos, mediciones, análisis y evaluaciones habituales en la práctica de las especialidades preventivas, así como, para el desarrollo de las actividades formativas y divulgativas básicas. En el Anexo II de la Orden TIN/2504/2010 se incluyen los recursos instrumentales mínimos y las instalaciones con los que el servicio de prevención ajeno debe contar en el ámbito territorial de actuación en el que desee prestar sus servicios para las especialidades técnicas. Y en el RD 843/2011, de 17 de junio, se incluyen dichos recursos para Medicina del Trabajo.

* Debe presentar PROYECTO PARA LAS ESPECIALIDADES TECNICAS en el que se haga constar los extremos recogidos en el Art. 23 del RD 39/1997 y Art. 3.2 de la Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre.

* Debe presentar PROYECTO PARA MEDICINA DEL TRABAJO en el que se haga constar los extremos recogidos en el Art. 23 del RD 39/1997, Art. 3.2 de la Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre y el RD 843/2011, de 17 de junio, por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la Actividad Sanitaria de los Servicios de Prevención.

* En el caso que pretenda subcontratar actividades o servicios de otros profesionales o entidades que requieran conocimientos especiales o instalaciones de gran complejidad deberá acompañar memoria relativa a dichas actividades, con inclusión de los profesionales o entidades que la van a desarrollar, así como de su capacidad, medios e instalaciones. Se consideran actividades o servicios que requieren conocimientos especiales o instalaciones de gran complejidad, entre otras, las actividades de laboratorios como los clínicos, microbiológicos y de higiene industrial. Ello sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa específica sobre energía nuclear (Art. 19.2.a. del RD 39/1997 y 1.3 de la Orden TIN/2504/2010).

* Haber pagado la tasa T010 General de Administración, Hecho imponible Código: 02 - Inscripción en registros oficiales, la cual se puede obtener o liquidar en cualquier registro de la Administración Regional y pagar en alguna de las Entidades Bancarias Colaboradoras indicadas al pie de dicha tasa.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DIALOGO SOCIAL Y BIEN.LABORAL

Plazo de resolución: 6 Mes/es

Efectos del silencio.

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.