Solicitud de abono de gastos de comunidad
Referencia
77621¿Qué es?
Procedimiento para la solicitud del abono de los gastos de comunidad, correspondientes a viviendas, locales y garajes propiedad de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, que no hayan sido satisfechos por el inquilino a la Comunidad de Propietarios en tiempo y forma, o se encuentren libres u ocupadas ilegalmente. La solicitud deberá formularla el Administrador, Presidente ó persona apoderada para este fin por la Comunidad de Propietarios.¿Qué necesitas presentar?
1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.Tramitación
Recibida la solicitud y trasladada al Departamento correspondiente, se procede a su estudio, se da de alta en el sistema informático y si la documentación aportada es la idónea y suficiente se iniciará el procedimiento de pago.
Presentación de solicitudes
En el apartado Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse internet, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.Información complementaria
Para más información sobre abono gastos de comunidad, pinche en el siguiente enlace: Más informaciónNormativa aplicable
* Resolución 197/2017, de 3 de febrero, de la Directora-Gerente de la Agencia de Vivienda Social, por la que se publican los modelos de solicitud de los procedimientos denominados Solicitud de locales para emprendedores, Abono gastos comunidad, Devolución fianzas arrendamiento (viviendas agencia), Renuncia reducción por compra, Asociaciones sin ánimo de lucro, Elevación a público de inmuebles, Solicitud plazas de garaje arrendamiento o venta, Cambio de régimen inmuebles y Renuncia inmuebles (BOCM nº 44, de 21 de febrero)
* Decreto 100/86, de 22 de octubre por el que se regula la cesión en arrendamiento de las viviendas de protección oficial de promoción pública de la Comunidad de Madrid.
* Decreto 2114/68 de 24 de julio por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley sobre VPO.
* Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ámbito Civil:
* Código Civil (R.D. de 24 julio 1889).
* Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
* Ley de Propiedad Horizontal (Ley 46/1960 de 21 de Julio).
Derecho Administrativo:
* Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP.
- Órgano responsable
- Consejería de Transportes, Vivienda e InfraestructurasOrganismo autónomo Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid
Tel. 914382275
D.G. de Industria, Energía y Minas
Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid
Tel. 915802100
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid
Tel. 917208002
Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia
Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid
Tel. 913925526
D.G. de Trabajo
Calle Princesa 5, 28008, Madrid
D.G. de Administración Local (CABRERA)
Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La
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Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba
D.G. de Vivienda y Rehabilitación
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Tel. 915802898
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