Cesión temporal de espacios museísticos dependientes de la administración regional de Murcia
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Establecer un protocolo de actuación que regule con eficacia y transparencia la actuación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia al poner a disposición de las Administraciones y entidades colaboradoras, sus instalaciones museísticas, sin que suponga una carga adicional para ella por la prestación de este servicio público.
Las características y la descripción de los espacios museísticos disponibles se definen en los documentos establecidos para cada museo en la web www.museosdemurcia.com.
Destinatarios
Administración.
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM), puede ofrecer el uso temporal de las instalaciones de los museos cuya gestión tiene encomendada a los siguientes usuarios:
1. Consejerías, órganos y entidades dependientes de las administraciones públicas.
2. Personas físicas o jurídicas colaboradoras, para la celebración de actos en los que la comunidad autónoma intervenga, organice o patrocine.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCION GENERAL DE BIENES CULTURALES (A14028768)
Requisitos de solicitud o iniciación
- La disponibilidad y el horario de los espacios museísticos estarán condicionados a la compatibilidad con las actividades que se lleven a cabo en estos, en el ámbito de sus finalidades, y al horario de los mismos, sin que puedan celebrarse actos que perturben el funcionamiento habitual del museo. Se podrá impedir la celebración de actos o actividades que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos fundamentales, de acuerdo con la legislación vigente.
- Cuando se autorice la cesión de uso por un tiempo superior al horario normal, los gastos adicionales de mantenimiento, vigilancia, de limpieza o de atención al público a que diera lugar la ampliación, serán de cuenta del solicitante. Se entiende por horario normal del museo, el de apertura al público establecido para cada museo. En estos casos, se exigirá la acreditación de haber realizado el pago a las empresas adjudicatarias del correspondiente servicio.
Cesión temporal de espacios museísticos dependientes de la administración regional de Murcia
- Póliza del seguro
(Obligatorio / Original)
Se podrá requerir al solicitante que entregue al museo correspondiente el certificado de vigencia de un seguro de responsabilidad civil, cuando la naturaleza de la actividad así lo requiera, a juicio del museo. - Garantía
(Obligatorio / Original)
La CARM podrá determinar la obligación del cesionario de constituir a su disposición una garantía en efectivo, aval o seguro de caución del correcto uso de lasinstalaciones cedidas, de los gastos originados no contemplados como generales y de posibles daños y perjuicios ocasionados en las instalaciones o su equipamiento. Los daños que eventualmente pudieran producirse sobre las personas, las instalaciones o los bienes del museo, serán de exclusiva responsabilidad del beneficiario de la cesión. - Póliza y recibo de seguro de responsabilidad civil
(No obligatorio / No original)
Se podrá requerir al solicitante que entregue al museo correspondiente el certificado de vigencia de un seguro de responsabilidad civil, cuando la naturaleza de la actividad así lo requiera, a juicio del museo.
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Cesión temporal de espacios museísticos dependientes de la administración regional de Murcia
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL BIENES CULTURALES
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Normativa