Fraccionamiento/aplazamiento de las deudas tributarias

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Denominación

Fraccionamiento/aplazamiento de las deudas tributarias

Descripción

Las deudas tributarias que se encuentren en período voluntario o ejecutivo podrán aplazarse o fraccionarse previa solicitud del obligado tributario, cuando su situación económico-financiera le impida de forma transitoria, efectuar el pago de los plazos establecidos

Destinatarios

  • Titular del recibo (cualquier otra persona debe tener autorización del titular)
  • En caso de empresas sus apoderados o representantes

Requisitos

  • El pago de la deuda a fraccionar deberá estar domiciliado en una cuenta corriente del titular o de otra persona que lo autorice
  • Para solicitar un fraccionamiento no deberá tener otras deudas en periodo ejecutiva (si hay deuda en ejecutiva deberá abonarla o solicitar el fraccionamiento de la misma)

Medios de Presentación

Presencial

Telemático

Plazo de Presentación

Documentación

Consideraciones a tener en cuenta

  • En caso de solicitar fraccionamiento en voluntaria y en ejecutiva se hará un fraccionamiento por cada una de las deudas en los plazos que correspondan al total de la deuda
  • En la solicitud se identificará claramente la deuda a fraccionar y el número de plazos propuesto para el pago
  • Los cargos en cuenta se realizarán los días 5 o 20 de cada mes en la cuenta indicada en la orden de domiciliación
  • No se pueden fraccionar recibos a nombre de titulares fallecidos. En estos casos se debe proceder al cambio de titularidad a partir de la fecha de fallecimiento
  • No se pueden fraccionar las multas y sanciones inferiores a 500 €
  • El importe mínimo de las cuotas será de 20 € y el plazo máximo de 30 meses
  • La información dada en este impreso es meramente informativa, la regulación precisa sobre fraccionamientos se encuentra en la Ordenanza Fiscal General del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

Tasas

No procede

Información

  • Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
  • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

Órgano de Resolución

Órgano de Tesorería y Contabilidad

Plazo de Resolución

Seis meses

Efectos del Silencio

Desestimatorio

Normativa

Nivel de Administración Electrónica

Nivel 3. Presentación telemática

Observaciones

Plazos en que se puede fraccionar:

  • De 50 € a 500 €.............................3 meses
  • De 500 € a 1.000 €........................ 6 meses
  • De 1.000 € a 1.500 €….…………...9 meses
  • De 1.500 € a 3.000 €………………12 meses
  • De 3.000 € a 4.500 €….…………...15 meses
  • De 4.500 € a 6.000 €….…………...18 meses
  • De 6.000 € 15.000 €……………....24 meses
  • Más de 15.000 €.....………………..30 meses

En casos excepcionales, y sólo para personas físicas, podrán solicitarse, fraccionamientos por períodos superiores a los mencionados conforme a los siguientes plazos:

  • Nivel de renta inferior o igual a 25.000 €.......... hasta 30 plazos mensuales
  • Nivel de renta superior a 25.000€ e inferior o igual a 35.000 €........hasta 24 plazos mensuales
  • Nivel de renta superior a 35.000€ e inferior o igual a 45.000 €.......hasta 18 plazos mensuales
  • Nivel de renta superior a 45.000€, e inferior o igual a 55.000 €.........hasta 12 plazos mensuales
  • Nivel de renta superior a 55.000€ se aplicarán los plazos con los límites establecidos en la tabla anterior

Unidad Tramitadora

Servicio de Recaudación

Tema

Hacienda

Tipo

Gestión tributaria

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.