Registro de armas

Actualizado el 10 de febrero de 2020
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Para poder registrar un arma el usuario tiene que cumplir las exigencias legales y acceder conforme su categoría a los diferentes actos que la normativa prevé (tenencia, transporte, uso, portación, comercialización, etc.)

¿A quién está dirigido?

A todo tenedor de Armas de Fuego, sean de Uso Civil o Uso Civil Condicional, quién obligatoriamente debe obtener su Credencial de Legítimo Usuario, cuya vigencia es de cinco (5) años (Art. 64 Decreto 395/75 Art. 1 Decreto 252/94 y Art. 1 Ley 24.492 BO 28-06-95).

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