Afectación a Vivienda (ex Bien de Familia)

Actualizado el 10 de febrero de 2020
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Afectación del bien inmueble al resguardo y protección de la familia. Se cancela a instancia del propietario con la conformidad del cónyuge, siempre y cuando el interés familiar no resulte comprometido. (Ley 14.394).-

¿En qué consiste?

El régimen de Bien de Familia tiene por finalidad proteger patrimonialmente al núcleo familiar y resguardar a la propiedad de una posible ejecución por deudas del titular posteriores a su constitución. Esto significa que una propiedad inscripta como Bien de Familia puede ser embargada pero no ejecutada. La normativa vigente entiende como familia a la integrada por el propietario, su cónyuge, descendientes (incluyendo los adoptivos) y ascendientes.


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