Renuncia al Beneficio de la Pensión
Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Objetivo
Permitir a los beneficiarios de la Ley 482/85 renunciar voluntariamente a su pensión.
¿Quién puede solicitarlo?
Beneficiarios de la Ley 482/85 que deseen renunciar a su pensión.
Requisitos principales
- Ser beneficiario de la Ley 482/85.
- Presentar la documentación requerida.
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
Aproximadamente 3 días hábiles desde la presentación.
Información adicional
La baja se hará efectiva a partir del mes siguiente a la resolución. Los trámites en el Instituto de Pensiones Sociales son gratuitos.
Resumen
Este trámite permite a los beneficiarios de la Ley 482/85 renunciar a su pensión social.
Quién puede usar este servicio:
- Beneficiarios de la Ley 482/85 que deseen renunciar a su pensión.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Fotocopia del D.N.I. del titular.
- Fotocopia del D.N.I. del apoderado (si corresponde).
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
El trámite se puede realizar de forma online o presencial.
Dónde se realiza:
- Instituto de Pensiones Sociales: Brandsen 1037 - Monoblock "B" 2do Piso.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
La resolución de baja se hará efectiva a partir del mes siguiente a la presentación de la renuncia.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: (54) 0370 - 4421421
- E-mail: institutopensionessociales@formosa.gob.ar
- Sitio Oficial: www.formosa.gob.ar/ipsociales