Recursos - Ciudadano

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Descripción

Los recursos administrativos solo podrán ser deducidos por quienes invoquen un derecho subjetivo o un interés legítimo. El objetivo consiste en plantear objeciones contra una disposición administrativa que afecte sus intereses.

Requisitos
La presentación de los recursos administrativos deberán ajustarse a las formalidades, términos, recaudos y alcances, previstos por las leyes y reglamentaciones que los establezcan. Deberán ser fundados en el mismo escrito por que se articulen o interpongan, observándose a su respecto las formalidades previstas en la norma aplicable.



DOCUMENTACIÓN
- Nota detallando: Nombre y apellido, DNI, estad civil, domicilio real y constituido del interesado dentro del radio urbano.
- Relación de los hechos y si lo considera pertinente, la norma en que el interesado funde su derecho.
- La petición concreta en términos claros y precisos, acompañando la documentación que obre en su poder o en su defecto la mención con la mayor individualización posible.
- Firma del interesado o de su representante legal o apoderado.

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Trámites que también deberás realizar
Ninguno

Departamento Mesa General de Entradas y Salidas (Dcción. de Asuntos Administrativos)

Domicilio: Belgrano 878 - Planta Baja
Teléfono: (54) 0370 - 4426000/ 1/ 2/ 3
Responsable: Noemí Portillo
Horario de Atención: Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs.
Ninguno
Ley de Procedimiento Administrativo - Decreto Ley Nº 971/80
Texto de la Norma No Disponible
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