INSCRIPCIÓN CONSTITUCION DE SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS - REGISTRO PUBLICO
Información Rápida
Objetivo
Permite registrar la constitución de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) en el Registro Público, conforme a la Ley 27.349.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas Jurídicas que deseen constituir una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) con domicilio en la Provincia de Formosa.
Requisitos principales
- El capital social no puede ser inferior al importe equivalente a dos (2) veces el salario mínimo vital y móvil al momento de la constitución.
- La administración debe estar a cargo de una o más personas humanas, socios o no, designados por plazo determinado o indeterminado.
- Se debe designar al menos un suplente en caso de que se prescinda del órgano de fiscalización.
Plazos
El saldo del capital social debe integrarse en un plazo máximo de dos (2) años.
Duración del trámite
No especificada
Información adicional
Para más información, puede visitar el sitio oficial: [www.formosa.gob.ar/personasjuridicas](http://www.formosa.gob.ar/personasjuridicas)
Resumen
Este trámite permite la inscripción de la constitución de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) en el Registro Público de la provincia de Formosa.
Quién puede usar este servicio
Personas jurídicas que deseen constituir una SAS con domicilio en la provincia de Formosa.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Escrito solicitando la inscripción dirigido a la Directora de Inspección General de Personas Jurídicas.
- Instrumento de constitución (Escritura Pública o Instrumento Privado) con el pago del Impuesto de Sellos.
- Documentación que acredite la integración del capital social (Boleta de Depósito, Manifestación expresa en la escritura pública, Acta notarial, Inventario Inicial Constitutivo con informe de Contador Público Nacional).
- Declaraciones Juradas de los miembros de la Administración sobre domicilio especial, prohibiciones e incompatibilidades.
- Declaración Jurada de Beneficiario Final y Persona Expuesta Políticamente.
- Acreditación de la publicación en el Boletín Oficial de Formosa.
- Comprobante de pago de la Tasa Retributiva de Servicio (5 %o del capital social).
Requisitos previos
- El capital social no puede ser inferior al importe equivalente a dos (2) veces el salario mínimo vital y móvil al momento de la constitución.
- La administración debe estar a cargo de una o más personas humanas, socios o no, designados por plazo determinado o indeterminado.
- Se debe designar al menos un suplente en caso de que se prescinda del órgano de fiscalización.
Costes y plazos
- Tasa Retributiva de Servicio: Cinco por mil (5 %o) del capital social denunciado en el instrumento constitutivo.
- El saldo del capital social debe integrarse en un plazo máximo de dos (2) años.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
El trámite se realiza de manera presencial en la Inspección General de Personas Jurídicas.
Ayuda
Contacto
Inspección General de Personas Jurídicas:
- Domicilio: Rivadavia 419
- Teléfono: (54) 0370 - 4436386
- Consultas Whatsapp: 3704-000472
- E-mail: personasjuridicas@formosa.gob.ar
- Responsable: Dra. María Jimena Areco
Recursos adicionales
Sitio Oficial: www.formosa.gob.ar/personasjuridicas