Ley Nro. 8732: Art. 62º: La autoridad con facultad de nombramiento y remoción de personal, podrá iniciar de oficio ante la Caja, la jubilación de los afiliados que no sean inamovibles y que se hallaren en condiciones de obtener cualquiera de los beneficios consagrados en esta ley. (...)
Ser autoridad con facultad de nombramiento y remoción de personal
- Reunir la documentación solicitada. - Asistir a las oficinas de nuestro organismo para iniciar el trámite. - El organismo se pondrá en contacto con el beneficiario para notificarlo del resultado del expediente. - El día pactado deberá asistir a la Mesa de Entradas para notificarse. - Esperar nuevas indicaciones.
- Formulario F2001: Solicitud de Beneficios. - Informe de Secretaría Electoral - Fotocopia del último recibo de haberes. - Formulario F2010: Informe de ANSES del solicitante. - Formulario F2011: Informe DGI del solicitante. - Formulario F2002: Planilla demostrativa de servicios. (Si se trata de un ente descentralizado) - Reconocimiento de Servicios Extraprovinciales. (En caso de poseer aportes en otra caja previsional) - Resolución del Decreto del Organismo disponiendo la Jubilación de Oficio del Agente. - Constancia de Cuil. - Formulario F2003: Historia Clínica Básica. (En caso de Jubilación por Invalidez)
No posee fecha de vencimiento
Debe iniciarlo la persona que va a recibir el beneficio.
Una vez se cumpla con los requisitos solicitados.
- Para solicitar los pedidos de informes a AFIP y ANSES - Para iniciar el trámite. - Para notificarse del resultado del trámite.
Aproximandamente 6 meses.
DELEGACIONES: - LA PAZ - Dirección: Echague 1036 - CP: 3190 - Teléfono: (03437) - 421902. - C. DEL URUGUAY - Dirección: 8 de Junio 820 - CP: 3260 - Teléfono: (03442) - 429430. - CONCORDIA - Dirección: Sargento Cabral 92 - CP: 3200 - Teléfono: (0345) - 4213138. - VILLAGUAY - Dirección: Rivadavia 155 - Local 2 - CP: 3240 - Teléfono: (03455) - 422957. - BASAVILBASO - Dirección: Ramirez 310 - CP: 3170 - Teléfono: (03445) - 481306. - ROSARIO DEL TALA - Dirección: atiende en Obras Sanitarias Municipal - Urquiza 257 - CP: 3174 - Teléfono: (03445) - 422757. - GUALEGUAY - Dirección: Centro Cívico San Antonio Sur 23 - CP: 2840 - Teléfono: (03444) - 425115. - GUALEGUAYCHÚ - Dirección: Andrade 1530 - CP: 2820 - Teléfono: (03446) - 428766. - CAPITAL FEDERAL - Dirección: atiende en Casa de Entre Ríos: Suipacha 844 - CP: C1008AAR - Capital Federal - Buenos Aires - Teléfono: (011) - 43285985 // 43123697 (int 110).
Jubilación y Reconocimiento de Servicios
Andrés Pasos 127
Tel: 0343 - 4207892
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
08:00 a 12:00 hs
Costo: Gratuito
TRÁMITE PERSONAL
Junta Médica para justificar o no la licencia por enfermedad de largo tratamiento tomada por el agente.
- Ser empleado de la Administración Pública Provincial. - Para que la Comisión Médica fije fecha de Junta Médica, se requiere que el trámite esté iniciado por la repartición donde presta servicios el agente, debiendo efectuar el jefe de personal además de la solicitud, un detalle de los días de licencia usufructuados por el agente.
- Corresponde al área de personal del lugar donde presta servicios el agente, solicitar la junta médica. Una vez recibida la notificación de la Comisión Médica con la fecha fijada para la misma, notificar fehacientemente al agente interesado. En caso que el agente no estuviera prestando servicios, la repartición deberá arbitrar los medios necesarios para dar cumplimiento a la notificación correspondiente. - Corresponde al agente, notificarse de la citación enviada y concurrir con la documentación correspondiente en la fecha y hora dada.
- Documento que acredite la identidad. - Copia de la Citación. - Historia Clínica.
El día de la junta médica
El propio agente que usó la licencia médica.
Corresponde al área de personal del lugar de trabajo del agente, llevar el cómputo de los días utilizados por cada agente, y efectuar las solicitudes cuando corresponda según la licencia.
Una vez
Sin tiempo estimado
Consultorio Junta Médica Administrativo - Comisión Médica Única
San Juan 486
Tel: 0343 - 4207820
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
09:00 a 12:00 hs
Costo: Gratuito
TRÁMITE PERSONAL
Desde Diciembre de 2015 IOSPER implementó la impresión de planillas con validez de recetario para planes crónicos. Evitando así el gasto en la consulta para su prescripción.
Ser afiliados de IOSPER
Concurriendo directamente a una farmacia que trabaje con IOSPER
1- Presentar: -Formulario GP 777 completado en todos los ítems por su médico de cabecera, con letra legible, de lo contrario se devolverá el trámite. -Estudios para casos específicos (Ej endoscopia para pedido de omeprazol, lansoprazol, pantoprazol). 2-Dejar el trámite por ventanilla 3-Retirar las planillas con validez de recetarios. 4-Presentarlas en las farmacias con las que haya convenio. 5-Retirar el medicamento de la farmacia. En caso que la farmacia no tenga el nombre comercial indicado puede, según ley de prescripción de genéricos, pedir la entrega de igual monodrogas, igual concentración, igual presentación y diferente nombre comercial. Recuerde que NO tiene que llevar la planilla con validez de recetario al IOSPER, esto se soluciona directamente en farmacia.
Debe tener en cuenta la vigencia de las planillas. Cada una tiene en el encabezado el mes que corresponde ser presentada en la farmacia. Si No lo hace en el mes correspondiente, pierde esa entrega y debe continuar con las entregas posteriores.
Afiliados
Puede iniciarse durante todo el año
En el momento
Sin tiempo estimado
IOSPER
Gualeguaychú 673
Tel: 0343 - 4311790
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
07.15 a 12.30 y 13:45 a 19:00 hs
Costo: Gratuito
TRÁMITE PERSONAL
Todos los estudiantes entrerrianos, o con residencia en la provincia de más de tres años, podrán solicitar su formulario de solicitud de beca. Deberán completarlo con información personal, familiar y educativa, adjuntando la correspondiente documentación que se describe en cada Programa.
Cada Programa de Becas del Instituto Autárquico Becario Provincial cuenta con distintos requisitos para lograr a la obtención final del beneficio. Los mismos se encuentran detallados en los archivos disponibles para descarga.
Todo aquel estudiante que quiera solicitar una beca deberá acercarse entre los meses de noviembre y febrero a retirar su formulario. Después procederá a completarlo y a entregarlo dentro de los plazos establecidos por el organismo.
Cada Programa de Becas tiene su documentación particular, pero a modo de ejemplo se puede mencionar Fotocopias de DNI y Partida de Nacimiento, Fotocopia autenticada del último Boletín de Calificaciones (Secundaria), Analítico y Plan de Estudios (Nivel Superior); de Recibos de sueldo, Jubilación o Declaración Jurada que acredite la situación socio.económica del grupo familiar. La documentación específica para cada tipo de beca está disponible en los documentos de descarga.
La Beca se extiende de abril a noviembre de cada año.
Publico en General
A partir de noviembre y hasta febrero de cada año.
Una vez para solicitar el formulario y otra para presentarlo de manera completa.
Sin tiempo estimado
Instituto Autárquico Becario Provincial
Casa de Gobierno - Planta Baja - Oficina 6 y 7
Tel: 0343 - 4207978/79/80
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
07:00 a 13:00 hs
Costo: Gratuito
TRÁMITE PERSONAL
La Dirección de Fiscalización Agroalimentaria tiene como misión salvaguardar las especies faunísticas que habitan el territorio de la provincia de la caza y la pesca indiscriminada. Es por ello que fomentamos la caza y pesca deportiva y comercial responsable, teniendo en cuenta siempre que el cuidado del medio ambiente es una cuestión vital para el desarrollo de nuestra provincia, caracterizada por su gran biodiversidad.
No contiene Requisitos Específicos
*Ingresar al sitio Web de la Dirección General de Fiscalización Agroalimentaria *Registrarse en el sistema *Generar la Licencia o Permiso *Efectuar el pago correspondiente
No requiere Documentación Específica
No posee fecha de vencimiento
Público en General
Puede iniciarse durante todo el año
Ninguna
Sin tiempo estimado
Dirección General de Fiscalización Agroalimentaria
Tel: 0343 - 4207882 / 8897
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
Costo: Consultar
Creación y regulación del espacio físico determinado para la promoción y desarrollo de políticas de desarrollo industrial planificado
Los requisitos emergen de la Ley Provincial Nº 7957 y su Decreto Reglamentario Nº 7358.
Teniendo la factibilidad del terreno dispuesto para el proyecto de parque industrial, se pauta el trabajo de desarrollo de las etapas pertinentes: 1- estudio de factibilidad 2- ante proyecto de parque industrial 3- normativa local acorde requerimiento
Proyecto Técnico Ejecutivo donde se determinarán: Proyección estructura urbanística completa, Estudio de prefactibilidad, Etapas previstas para el desarrollo del Parque Industrial y Reglamento el uso del suelo en un área de hasta 500 metros
No tiene vencimiento, lo que debe contemplarse son el cumplimiento de las etapas de desarrollo del proyecto aprobado No tiene vencimiento. Lo que debe contemplarse es el cumplimiento de las etapas de desarrollo del proyecto aprobado
Empresas privadas, Municipios, Poder Ejecutivo Provincial
Cuando se tenga una factibilidad sobre los lotes previstos para emplazar el parque industrial
Al presentar la documentación, y luego si se requiere alguna revisión. Por último al dictarse la resolución ministerial respecto aprobación del parque industrial
Depende de las condiciones técnicas y de la documentación presentada
La Normativa aplicable a los Parque Industriales y su reglamentación es la Ley Provincial N° 7957 y decreto reglamentario N° 7358. Por consultas dirigirse a rarmocida@entrerios.gov.ar
Dirección General de Industria y Parques Industriales
Laprida 465 2º piso
Tel: 0343 - 4208160 - 4840897
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
07:00 a 13:00 hs
Costo: Gratuito
TRÁMITE PERSONAL
La Ley 4035 es una asistencia social a: - la ancianidad, - a la madre con hijos a cargo y - a la invalidez
- Ancianidad: Haber cumplido 55 años de edad. Tener en la Provincia una residencia de 5 años. No poseer recursos que superen el monto del beneficio requerido. No haber sufrido condena por delitos comunes dentro de los cinco (5) años anteriores. No tener pariente que conforme a lo que prescribe el Código Civil estén obligados a prestar alimentos salvo que fueran insolventes. - Invalidez: Cuando el recurrente demuestre haber trabajado en la Provincia en una época inmediata anterior a la causa de su incapacidad durante 5 (cinco) años y haya quedado inhabilitado para el trabajo por accidente o enfermedad en forma permanente, por haber perdido el 60% (sesenta por ciento) de su capacidad funcional y/o los que padezcan de incapacidad congénita cuyo porcentaje no sea menor al determinado anteriormente (modif. Ley 5597/74). - Madre con hijos a cargo: Tener 5 años de residencia en la Provincia. Que los hijos sean menores de 15 años.
El solicitante debe presentarse con la documentación requerida en las oficinas de la Dirección Integración Comunitaria ubicada en calle Andrés Pazos 189 tel/fax: (0343) 4208825- ciudad de Paraná y en las juntas de gobiernos o municipios de la Provincia.
- ANCIANIDAD: Fotocopia DNI- Declaración Jurada ante la Policía, con 2 testigos Antecedentes Policiales- Informes de RENTAS y IOSPER. En el caso que sea Casado/a o se encuentre en Concubinato: solicitar datos completos de los mismos /as. En caso de ser divorciado el acta de divorcio. - INVALIDEZ: Fotocopia DNI-Declaración Jurada ante la Policía, con 2 testigos- Antecedentes Policiales-Informes de RENTAS y IOSPER. Certificado Médico Oficial. (60 % de incapacidad es la condición). En el caso que sea Casado/a o se encuentre en Concubinato: solicitar datos completos de los mismos /as.
No posee fecha de vencimiento
Público en General
El trámite debe ser iniciado cuando exista la necesidad y reúna los requisitos impuestos por Ley.
Si la persona se presenta con la documentación exigida por ley y completa, se toma como iniciado el trámite. En el caso que faltara documental, deberá presentarse una segunda vez.
Completado el formulario, 60 días
Dirección de Integración Comunitaria: Andrés Pazos 189 PARANA E.R. TEL.FAX 0343 4208825 / tel. 4233159 Email: icomunitariamayores@gmail.com
Secretaría de Desarrollo Humano y Familia
Palacio de Educación - Córdoba y Laprida - 5º Piso
Tel: 0343 - 4207855
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
07:00 a 13:00 hs
Costo: Gratuito
TRÁMITE PERSONAL
LEY Nº 7849 Artículo 1° - Establécese un sistema de Pensiones que premiarán el Mérito Artístico, que se otorgará a músicos, escritores y artistas plásticos que hubieran obtenido un Primer Premio Nacional discernido por los Organismos Culturales de la Nación y SADAIC. Artículo 2° - Incorpórase al sistema previsto en el Artículo 1° a los artistas que hubieren obtenido el Primer Premio para las distintas disciplinas otorgado por el Estado Provincial, a través de su órgano específico en la materia.
- Tener domicilio real en el territorio en entrerriano, con antelación no menor de 4 años al otorgamiento de la Pensión. - Tener 50 años de edad. - No ser titular de una Pensión similar de la Nación u otro Estado Provincial.
- Reunir la documentación solicitada. - Asistir a las oficinas de nuestro organismo para iniciar el trámite. - El organismo se pondrá en contacto con el beneficiario para notificarlo del resultado del expediente. - El día pactado deberá asistir a la Mesa de Entradas para notificarse. - Esperar nuevas indicaciones.
- Formulario F2001: Solicitud de Beneficios. Firma certificada. - Fotocopia del documento COMPLETO. - Informe de ANSES del solicitante. Formulario F2010. - Informe de la Secretaria Electoral Formulario F2012 - Original o fotocopia del Premio FRAY MOCHO. - Original o fotocopia del 1º Premio Nacional a MUSICOS, ARTISTAS PLASTICOS, ESCRITORES discernido por los Organismos Culturales de la Nación SADAIC y SADE. - Formulario F2004: Ajuste período fiscal - Ley Impuesto a las Ganancias (art. 18). - Constancia de Cuil.
No posee fecha de vencimiento
Debe iniciarlo la persona que va a recibir el beneficio.
Una vez se cumpla con los requisitos solicitados en la ley correspondiente.
- Para solicitar los pedidos de informes a AFIP y ANSES - Para iniciar el trámite. - Para notificarse del resultado del trámite.
Aproximadamente 6 meses.
DELEGACIONES: - LA PAZ - Dirección: Echague 1036 - CP: 3190 - Teléfono: (03437) - 421902. - C. DEL URUGUAY - Dirección: 8 de Junio 820 - CP: 3260 - Teléfono: (03442) - 429430. - CONCORDIA - Dirección: Sargento Cabral 92 - CP: 3200 - Teléfono: (0345) - 4213138. - VILLAGUAY - Dirección: Rivadavia 155 - Local 2 - CP: 3240 - Teléfono: (03455) - 422957. - BASAVILBASO - Dirección: Ramirez 310 - CP: 3170 - Teléfono: (03445) - 481306. - ROSARIO DEL TALA - Dirección: atiende en Obras Sanitarias Municipal - Urquiza 257 - CP: 3174 - Teléfono: (03445) - 422757. - GUALEGUAY - Dirección: Centro Cívco San Antonio Sur 23 - CP: 2840 - Teléfono: (03444) - 425115. - GUALEGUAYCHÚ - Dirección: Andrade 1530 - CP: 2820 - Teléfono: (03446) - 428766. - CAPITAL FEDERAL - Dirección: atiende en Casa de Entre Ríos: Suipacha 844 - CP: C1008AAR - Capital Federal - Buenos Aires - Teléfono: (011) - 43285985 // 43123697 (int 110).
Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos
Andrés Pasos 127
Tel: (0343) 420-7892/98
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
07:00 a 13:00 hs
Costo: Gratuito.
TRÁMITE PERSONAL
Trámite para ser proveedor del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social.
Para ser proveedor del IAFAS, es preciso llenar el formulario correspondiente y acreditar correctamente los datos impositivos, a los efectos de cobrar en tiempo y forma. Si fuese exento en uno/s impuesto/s, el interesado deberá adjuntar fotocopia del mismo; de lo contrario se harán las retenciones correspondientes.
Se debe imprimir el formulario correspondiente, llenarlo con letra legible y firmarlo. El formulario debe presentarse por Mesa de Entradas del IAFAS, con la documentación que respalde los datos consignados.
- Fotocopia de DNI: primera y segundan hoja, último cambio de domicilio. - Constancia de Inscripción en AFIP. - Documentación que acredite domicilio comercial. - Copia de constancia de inscripción en ATER. - Libre de Deuda emitido por ATER. - Representantes legales/ apoderado/ documentación que acredite poder suficiente. - En caso de ser exento de alguno de los impuestos solicitados por el formulario, adjuntar documento que acredite la exención. - Constancia de CBU emitido por el banco.
No posee Fecha de Vencimiento
Personas físicas
Puede iniciarse durante todo el año.
Depende la entrega de la documentación.
Sin tiempo estimado
IAFAS
25 de Mayo 255
Tel: 0343 - 4201100
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
07:00 a 12:30 hs
Costo: Gratuito
TRÁMITE PERSONAL
Todos los establecimientos industriales y los que conservan productos perecederos radicados o que se radiquen en el territorio de la Provincia, para su habilitación y funcionamiento deberán dar estricto cumplimientos a las disposiciones sobre ubicación, contracción, instalación y equipamiento que establece la presente ley, con el objeto de preservar el medio ambiente. Los certificados son: Radicación (obligatorio para toda actividad industrial) Funcionamiento, Habilitación Sanitaria (depende de la actividad industrial, estos vencen cada 5 años)
Obligatorio para toda actividad de base industrial. Se requiere cumplimentar requisitos de ubicación física (radicación) , de proceso productivo (funcionamiento, si corresponde) y procedimiento normativos de manejo de efluentes (habilitación sanitaria, si corresponde)
Al momento de inscribir el establecimiento industrial se debe iniciar la tramitación del certificado de radicación (obligatorio para todas las actividades industriales), en vistas de la actividad en relación al impacto ambiental que genera se requerirá la tramitación de los certificados de funcionamiento y habilitación sanitaria
Estatuto de constitución de la sociedad aprobado, documento de Titularidad del establecimiento o contrato de locación, croquis de ubicación catastral de la fracción, habilitación municipal y memoria descriptiva de las actividades
Según el tipo de certificado posee un vencimiento distinto
Titular o apoderado del establecimiento industrial
Al registrar el establecimiento industrial
Depende de la documentación presentada
Sin tiempo estimado
Los valores de los certificados se ajustan al decreto 2687/15 MP. Autoridad de Aplicación compartida con la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos Vencimiento de los certificados: Certificado radicación: NO VENCE, siempre y cuando no cambia la locación, la razón social o la actividad Certificado de funcionamiento: VENCE cada 5 años Certificado de Habilitación Sanitaria: VENCE cada 5 años
Dirección General de Industria y Parques Industriales
Laprida 465 2º piso
Tel: 0343 - 4208160 - 4840897
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
07:00 a 13:00 hs
Costo: Costo variable
TRÁMITE PERSONAL