Pensión Ley 4035

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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La Ley 4035 es una asistencia social a: - la ancianidad, - a la madre con hijos a cargo y - a la invalidez

- Ancianidad: Haber cumplido 55 años de edad. Tener en la Provincia una residencia de 5 años. No poseer recursos que superen el monto del beneficio requerido. No haber sufrido condena por delitos comunes dentro de los cinco (5) años anteriores. No tener pariente que conforme a lo que prescribe el Código Civil estén obligados a prestar alimentos salvo que fueran insolventes. - Invalidez: Cuando el recurrente demuestre haber trabajado en la Provincia en una época inmediata anterior a la causa de su incapacidad durante 5 (cinco) años y haya quedado inhabilitado para el trabajo por accidente o enfermedad en forma permanente, por haber perdido el 60% (sesenta por ciento) de su capacidad funcional y/o los que padezcan de incapacidad congénita cuyo porcentaje no sea menor al determinado anteriormente (modif. Ley 5597/74). - Madre con hijos a cargo: Tener 5 años de residencia en la Provincia. Que los hijos sean menores de 15 años.

El solicitante debe presentarse con la documentación requerida en las oficinas de la Dirección Integración Comunitaria ubicada en calle Andrés Pazos 189 tel/fax: (0343) 4208825- ciudad de Paraná y en las juntas de gobiernos o municipios de la Provincia.

- ANCIANIDAD: Fotocopia DNI- Declaración Jurada ante la Policía, con 2 testigos Antecedentes Policiales- Informes de RENTAS y IOSPER. En el caso que sea Casado/a o se encuentre en Concubinato: solicitar datos completos de los mismos /as. En caso de ser divorciado el acta de divorcio. - INVALIDEZ: Fotocopia DNI-Declaración Jurada ante la Policía, con 2 testigos- Antecedentes Policiales-Informes de RENTAS y IOSPER. Certificado Médico Oficial. (60 % de incapacidad es la condición). En el caso que sea Casado/a o se encuentre en Concubinato: solicitar datos completos de los mismos /as.

No posee fecha de vencimiento

Público en General

El trámite debe ser iniciado cuando exista la necesidad y reúna los requisitos impuestos por Ley.

Si la persona se presenta con la documentación exigida por ley y completa, se toma como iniciado el trámite. En el caso que faltara documental, deberá presentarse una segunda vez.

Completado el formulario, 60 días

Dirección de Integración Comunitaria: Andrés Pazos 189 PARANA E.R. – TEL.FAX 0343 4208825 / tel. 4233159 Email: icomunitariamayores@gmail.com

¿DÓNDE SE REALIZA?

Secretaría de Desarrollo Humano y Familia

  • Palacio de Educación - Córdoba y Laprida - 5º Piso

  • Tel: 0343 - 4207855

  • Días y Horarios de Atención

    Lunes a Viernes

    07:00 a 13:00 hs

  • Costo: Gratuito

  • TRÁMITE PERSONAL

Cinco Días
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