Parques Industriales
Creación y regulación del espacio físico determinado para la promoción y desarrollo de políticas de desarrollo industrial planificado
Los requisitos emergen de la Ley Provincial Nº 7957 y su Decreto Reglamentario Nº 7358.
Teniendo la factibilidad del terreno dispuesto para el proyecto de parque industrial, se pauta el trabajo de desarrollo de las etapas pertinentes: 1- estudio de factibilidad 2- ante proyecto de parque industrial 3- normativa local acorde requerimiento
Proyecto Técnico Ejecutivo donde se determinarán: Proyección estructura urbanística completa, Estudio de prefactibilidad, Etapas previstas para el desarrollo del Parque Industrial y Reglamento el uso del suelo en un área de hasta 500 metros
No tiene vencimiento, lo que debe contemplarse son el cumplimiento de las etapas de desarrollo del proyecto aprobado No tiene vencimiento. Lo que debe contemplarse es el cumplimiento de las etapas de desarrollo del proyecto aprobado
Empresas privadas, Municipios, Poder Ejecutivo Provincial
Cuando se tenga una factibilidad sobre los lotes previstos para emplazar el parque industrial
Al presentar la documentación, y luego si se requiere alguna revisión. Por último al dictarse la resolución ministerial respecto aprobación del parque industrial
Depende de las condiciones técnicas y de la documentación presentada
La Normativa aplicable a los Parque Industriales y su reglamentación es la Ley Provincial N° 7957 y decreto reglamentario N° 7358. Por consultas dirigirse a rarmocida@entrerios.gov.ar
¿DÓNDE SE REALIZA?
Dirección General de Industria y Parques Industriales
Laprida 465 2º piso
Tel: 0343 - 4208160 - 4840897
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
07:00 a 13:00 hs
Costo: Gratuito
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TRÁMITE PERSONAL