Solicitud de Asistencia Financiera (créditos y/o ANR) del Programa Ovino Provincial

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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En que consiste

Solicitar asistencia financiera (créditos y/o ANR) a través del Programa Ovino Provincial.

Cómo hago?

  1. Se comienza presentándose en forma física ante el área técnica de la Ley Ovina, en la Dirección de Producción Animal.
  2. Luego la Dirección realiza un estudio de alcances, beneficios y encuadre dentro del reglamento de la misma.
  3. Con el resultado positivo del mismo, se da por iniciado el trámite propiamente dicho.
  4. Los formularios mencionados en la documentación requerida, son completados con el técnico.

Qué documentación se debe presentar, requisitos

  1. Aportes Reintegrables (AR)

Requisitos formales de presentación:

I. Personas Físicas:

- Solicitud de Alta del Beneficiario (Formularios A1 y B). El B firmado por el técnico.

- Formulario de Solicitud de Aporte Reintegrable.

- Copia fiel del Documento Nacional de Identidad del beneficiario.

- Constancia de CUIT del beneficiario.

- Constancia de inscripción en el ReNSPA y en el RENAF, de corresponder.

- Formulario Perfil del Proyecto firmado en todas las hojas por el técnico

- Identificación georreferencial del establecimiento del beneficiario donde se llevará a cabo el Proyecto de Inversión.

- Acta de la UEP que aprueba en primera instancia la solicitud del beneficiario en la cual se verifica la disponibilidad del predio para ejecutar el proyecto (la disponibilidad la acreditan desde la UEP mediante la constatación en terreno o documentación presentada por el beneficiario).

II. Personas jurídicas, sociedades no constituidas regularmente, sociedades de hecho, sucesiones indivisas:

- Solicitud de Alta del Beneficiario (Formularios A2 y B).

- Formulario de Solicitud de Aporte Reintegrable.

- Copia fiel de Documento Nacional de Identidad del representante legal o apoderado.

- Copia fiel del Acto Administrativo que otorga personería jurídica, cuando corresponda.

- Copia fiel del Estatuto, cuando corresponda.

- Constancia de CUIT del beneficiario.

- Copia fiel de la Decisión del Órgano Directivo que aprueba la solicitud del beneficio y designa al representante ante la UEP.

- Constancia de Inscripción en el ReNSPA de la persona jurídica. En su defecto, copia fiel del ReNSPA de los productores que la integran o certificación en original emitida por el SENASA.

- Formulario Perfil del Proyecto firmado por el técnico.

- Identificación georreferencial del establecimiento del beneficiario donde se llevará a cabo el Proyecto de Inversión.

- Acta de la UEP que aprueba en primera instancia la solicitud del beneficio en la cual se verifica la disponibilidad del predio para ejecutar el proyecto.

La documentación anteriormente señalada y las firmas (a excepción de la del técnico o el CP) deberá ser presentada en original o en copias que podrán estar certificadas por: Escribano Público, Juez de Paz, Entidad Bancaria o Policía.

2. Aportes No Reintegrables (ANR)

Requisitos formales de presentación

I. Personas Físicas:

- Solicitud de Alta del Beneficiario (Formularios A1 y B).

- Formulario de Solicitud de Aporte No Reintegrable.

- Copia fiel de Documento Nacional de Identidad del beneficiario.

- Constancia de CUIT/CUIL del beneficiario.

- Constancia de inscripción en el ReNSPA o en el RENAF, de corresponder.

- Formulario Perfil del Proyecto.

- Identificación georreferencial del establecimiento del beneficiario donde se llevará a cabo el Proyecto de Inversión.

- Acta de la UEP que aprueba en primera instancia la solicitud del beneficiario y donde conste la disponibilidad del predio donde se llevará a cabo el Proyecto de Inversión.

- Si se tratase de productores caprinos que hayan sido declarados en emergencia y/o desastre agropecuario, acompañar certificado de emergencia emitido por Autoridad competente.

II. Personas jurídicas, sociedades no constituidas regularmente, sociedades de hecho y sucesiones indivisas.

- Solicitud de Alta del Beneficiario (Formularios A2 y B).

- Formulario de Solicitud de Aporte No Reintegrable.

- Copia fiel del Documento Nacional de Identidad del representante legal o apoderado.

- Copia fiel del Acto Administrativo que otorga personería jurídica.

- Constancia de CUIT del beneficiario.

- Copia fiel del Estatuto.

- Copia fiel del Acta de designación de autoridades con mandato vigente o resolución judicial que designe Administrador Sucesorio.

- Copia fiel de la Decisión del Órgano Directivo que aprueba la solicitud del beneficio que designa al representante.

- Constancia de inscripción en el ReNSPA de la persona jurídica o, en su defecto de los productores que la integran. Se acepta certificación en original emitida por el SENASA.

- Formulario Perfil del Proyecto firmado por el técnico.

- Identificación georreferencial del establecimiento del beneficiario donde se llevará a cabo el Proyecto de Inversión.

- Acta de la UEP que aprueba en primera instancia la solicitud del beneficio en la cual se verifica la disponibilidad del predio para ejecutar el proyecto.

Cuánto vale

Gratuito.

Quién puede/debe efectuarlo

Debe ser productor ovino en la actualidad.

Qué vigencia tiene el documento tramitado

Al vencimiento que declare la documentación.

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo

Como máximo 2 veces.

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega

De 4 a 6 meses. La demora es por trámites externos (Nación).

Observaciones

La Ley Ovina N°25.422 comprende la explotación de la hacienda ovina que tenga el objetivo final de lograr una producción comercializable ya sea de animales en pie, lana, carne, cuero, leche, grasa, semen, embriones u otro producto derivado, y que se realice en cualquier parte del territorio nacional, en tierras y en condiciones agroecológicas adecuadas.

La recomposición de las majadas, la mejora de la productividad, la intensificación racional de las explotaciones, la mejora de la calidad de la producción, la utilización de tecnología adecuada de manejo extensivo, la reestructuración parcelaria, el fomento a los emprendimientos asociativos, el mejoramiento de los procesos de esquila, clasificación y acondicionamiento de la lana, el control sanitario, el aprovechamiento y control de la fauna silvestre, el apoyo a las pequeñas explotaciones y las acciones de comercialización e industrialización de la producción realizadas en forma directa por el productor o a través de cooperativas u otras empresas de integración vertical donde el productor tenga una participación directa y activa en su conducción.

Donde se puede realizar

Dirección de Producción Animal - Oficina 10. Ministerio de Producción.

Marcelo T. de Alvear N°145, 7° piso – Casa de Gobierno de la Provincia del Chaco.

Teléfono: (0362) 4448072.

Correo Electrónico (e-mail): leonardobosch@hotmail.com

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