Solicitar bajas por altas de los beneficiarios del programa FOCO.
Las organizaciones poseen un cupo autorizado de monto de dinero, el cual reparten entre sus beneficiarios.
El referente de la organización maneja y realiza trámites de bajas, disminuciones, altas, aumentos y reincorporaciones de sus beneficiarios.
Pasos para realizar el trámite:
Documentación:
Requisitos:
No tiene costos.
El trámite lo debe efectuar el referente de la organización o persona autorizada mediante nota firmada.
La constancia de pago de cada beneficiario, tiene vigencia, hasta tanto no se dé la baja de dicho beneficiario en el programa.
Debería asistir DOS veces a la oficina.
1) Al inicio del trámite para presentar la documentación correspondiente.
2) Al final del trámite para retirar las constancias de pago de los nuevos beneficiarios.
Del 15 al 30, de cada mes.
UEPE (Unidad Ejecutora de Programas de Empleo).
Casa de Gobierno.
Marcelo T. de Alvear 145 - 4to Piso - Resistencia, Chaco.
Horarios de atención: 7:30 a 13:00 hs, de lunes a viernes.
Fecha de realización del trámite: del 25 al 5 de cada mes, todo el año.
No se otorgan turnos, se atiende por orden de llegada, ni tampoco hay un tiempo estimado empleado para la atención de cada persona.
Solicitud de bonificación por título que realiza todo Agente del Sector Público Provincial comprendido en el régimen. El cual consiste en el pago de una suma mensual a quien acredite poseer títulos de nivel superior no universitario, universitario o de posgrado otorgados por establecimientos educativos provincial, nacional o internacionales, públicos o privados, reconocidos oficialmente.
Paso 1) Para iniciar el trámite el Agente Interesado completa el Formulario de Bonificación por Título FO-BT-02 y junto a la copia autenticada del Título lo presenta a su Unidad de Recursos Humanos Jurisdiccional o a su Jefe/a Inmediato/a. Guarda una copia de la recepción del trámite.
Paso 2) Una vez emitida la Resolución Ministerial que otorga el beneficio, la Unidad de Recursos Humanos Jurisdiccional se contacta con el Agente interesado (vía email oficial o por el medio de comunicación que estime conveniente) para realizar la noticiación formal y presencial.
Documentación:
Para el caso de Título Superior no Universitario:
Para el caso de Título Universitario de pregrado, grado o posgrado:
No tiene costo alguno
Pueden realizar el trámite todos los agentes de planta permanente, personal de gabinete y autoridades superiores del Sector Publico Provincial -Articulo 4° de la Ley N° 1092-“A” (Ex Ley N° 4787) -de Administración Financiera del Sector Publico Provincial-, excluyendo a aquellos agentes sujetos a regímenes especiales o convenios colectivos de trabajo debidamente autorizados por la autoridad de aplicación.
Oficina jurisdiccional de dependencia del Agente o la Dirección Unidad de RRHH Jurisdiccional (o quien haga sus veces).
Solicitud de bonificación por título que realiza todo Agente del Sector Público Provincial, comprendido en el régimen. El cual consiste en el pago de una suma mensual a quien acredite poseer: títulos de nivel secundario otorgado por establecimientos educativos provincial, nacional o internacionales, públicos o privados reconocidos oficialmente.
Paso 1) Para iniciar el trámite el Agente Interesado completa el Formulario de Bonificación por Título FO-BT-01 y junto a la copia autenticada del Título lo presenta a su Unidad de Recursos Humanos Jurisdiccional o a su Jefe/a Inmediato/a. Guarda una copia de la recepción del trámite.
Paso 2) Una vez emitida la Resolución Ministerial que otorga el beneficio, la Unidad de Recursos Humanos Jurisdiccional se contacta con el Agente interesado (vía email oficial o por el medio de comunicación que estime conveniente) para realizar la noticiación formal y presencial.
Documentación:
No tiene costo alguno.
Pueden realizar el trámite todos los agentes de planta permanente, personal de gabinete y autoridades superiores del Sector Publico Provincial -Articulo 4° de la Ley N° 1092-“A” (Ex Ley N° 4787) de Administración Financiera del Sector Publico Provincial-, excluyendo a aquellos agentes sujetos a regímenes especiales o convenios colectivos de trabajo debidamente autorizados por la autoridad de aplicación.
Oficina jurisdiccional de dependencia del Agente o la Dirección Unidad de RRHH Jurisdiccional (o quien haga sus veces).
El mismo consiste en realizar los trámites para la categorización o habilitación o recategorización de instituciones privadas que prestan servicios a personas con discapacidad conforme a criterios preestablecidos por el Servicio Nacional de Rehabilitación, lo que habilita a este prestador a cobrar los servicios a obras sociales en función al nomenclador nacional de prestaciones.
1) El representante de la Institución se acerca al instituto para asesorarse sobre la documentación a presentar según las particularidades de cada prestación y prestadora.
2) Presentar por mesa de entradas del IPRODICH la documentación en original o fotocopia fiel del original.
3) El personal del Dpto. Evaluación de Prestadores y Prestaciones y Dpto. Gestión Legal y Administrativa realizan los controles de documentación y en caso de necesidad de correcciones se las comunica al futuro prestador para efectuar las correcciones.
4) Una vez cumplido todos los requisitos, el futuro prestador recibir la auditoría de los profesionales del IPRODICH en el domicilio donde se realizará la prestación.
5) Si la auditoría es satisfactoria en 10 días hábiles se le comunica al prestador el instrumento legal de categorización, habilitación o recategorización para su notificación en el IPRODICH, en caso contrario se le notificará las adecuaciones que deberá realizar.
Formulario P01 - Solicitud categorización servicios comunes
Formulario P02 - Solicitud categorización servicio rehabilitación
Documentación necesaria para conformar el legajo de la institución:
a) Análisis de la potabilidad del agua (1. Físico- químico y 2. Bacteriológico).
b) Constancia de limpieza de tanques.
Gratuito.
El apoderado o representante legal de la Institución interesada, debidamente acreditado.
La resolución de categorización e inscripción en el registro nacional es válida mientras la prestadora no cambie las condiciones de la prestación. En caso de que se realicen modificaciones sin previo cumplimiento del proceso y el instituto tome conocimiento se dará de baja la prestación y/o prestadora.
Si la categoría dada es "C" (provisoria) tiene una duración de 3 meses, si cumplido el plazo la prestadora no realiza las adecuaciones se dará de baja la prestación y/o prestadora.
Mínimo 3 veces, par asesoramiento, entrega de documentación, y retiro de Instrumento legal.
Cuando la institución desee cobrar a obras sociales los servicios prestados a personas con discapacidad, según valores del nomenclador nacional de prestaciones.
2 meses desde la presentación formal de la documentación, si la institución cumple con todos los requisitos.
El trámite es voluntario.
En caso de que el Dpto. Evaluación de Prestadores y Prestaciones realice observaciones a la documentación, se lo comunicará al interesado por escrito, quien deberá subsanarlo antes de los 6 meses.
Una vez aprobada la prestación y prestadora, ante cualquier modificación deberá ser informada al IPRODICH y solicitado un nuevo instrumento legal que acredite esta modificación.
IPRODICH
Dirección: Monteagudo 1640 - Resistencia
Teléfono: 0800 777 3456 int 162
0362 4581553/4/5 int 162
El Certificado de Conducta informa los antecedentes judiciales de los procesos con condena firme, a nivel provincial.
Se deberá solicitar turno en la página web http://antecedentes.chaco.gov.ar, o bien, dirigirse personalmente a esa División, a los Centros de Recepción y Expedición de Certificados de Conducta y/o Comisarías jurisdiccionales.
En caso de solicitar el trámite por primera vez:
Para renovación del trámite, se deberá presentar:
Para realizar y retirar el trámite se deberá abonar una estampilla de sesenta pesos ($60,00).
Sólo el solicitante.
El trámite tiene una vigencia de noventa (90) días.
Una sola vez.
El tiempo estimado de entrega es inmediato (durante el mismo día), en caso de tramitarlo en la División Antecedentes Personales. En caso de solicitarlo en los Centros de Recepción y Expedición de Certificados de Conducta y/o Comisarías, el tiempo estimado es de cuarenta y ocho (48) horas aproximadamente.
El Certificado de Domicilio es el documento expedido por autoridad policial, donde figura el domicilio actual de la persona interesada, el cual puede o no constar en el Documento Nacional de Identidad.
Para su solicitud, el interesado deberá presentarse en la Comisaría, munido con la documentación requerida.
En los casos en que el domicilio actual no conste en el Documento Nacional de Identidad, se deberá solicitar con setenta y dos (72) horas de anticipación, tiempo que es utilizado por la autoridad policial para constatar el lugar de residencia del mismo.
Documento Nacional de Identidad del solicitante; del familiar y/o apoderado y certificado médico donde conste el estado psicofísico del interesado en caso de que este no pueda realizar el trámite en forma personal.
Treinta y seis pesos ($36,00).
El interesado, familiar y/o apoderado (en caso de tener el interesado algún impedimento psicofísico).
Treinta (30) días.
Una (1) sola vez, si el domicilio actual consta en el Documento Nacional de Identidad.
En el caso de que personal policial deba dar fe del domicilio de la persona interesada, dos (2) veces, una para solicitarlo y otra para retirarlo.
Cuando el interesado lo requiera.
Inmediato, si figura el domicilio en el Documento Nacional de Identidad del Interesado.
Setenta y dos (72) horas aproximadamente, si se debe concurrir al domicilio a fines de la constatación.
Comisaría jurisdiccional correspondiente al domicilio del interesado.
El Certificado de Reincidencia informa los antecedentes judiciales de los procesos con condena firme, a nivel nacional.
Los documentos que debe presentar son:
El valor del arancel depende del tiempo de demora del trámite:
Veinticuatro (24) horas: ciento cincuenta pesos ($180,00).
Cinco (5) días hábiles: sesenta pesos ($70,00).
Sólo el solicitante.
El trámite tiene una vigencia de quince (15) días hábiles.
Una sola vez.
El tiempo desde la solicitud hasta la entrega del trámite, depende del arancel abonado. La impresión del trámite se puede realizar desde la página web http://antecedentes.chaco.gov.ar (a través del código de seguridad del comprobante).
El trámite se realiza en la División Antecedentes Personales - Registro Nacional de Reincidencia -UER 837 - UER 966) - Raúl B. Díaz Nº 55 - Resistencia - Lunes a viernes de 07:00 hs. a 12:00 hs.
Formar una Empresa Cooperativa con fines solidarios y de equidad, que son algunos de los principios del Cooperativismo.
Documentación:
Requisitos:
Gratuito.
Cualquier Persona mayor de edad, y en el caso de las Cooperativas Matriculadas, las solicitudes y trámites correspondientes a la misma, deberán ser realizados por el Presidente y Secretario de la Entidad.
90 días aproximadamente y dependiendo de cada trámite.
Como mínimo tres veces, para la Constitución y para los demás trámites, dependerá de las veces que así lo requiera.
Cuando así lo requieran las personas interesadas.
De tres meses a un año, si hablamos de Constitución.
De otros trámites, algunos son en el momento como certificaciones o constancias de autoridades vigente, Certificación de Estatutos o Rubricas de libros.
Se aclara que los trámites desde la Constitución hasta la Disolución de una Cooperativa, son realizados por el Consejo de Administración de la misma, o del Síndico en el caso que así se lo requiera.
Dirección de Cooperativas y Mutualidades de la Provincia del Chaco.
Casa de Gobierno de la Provincia del Chaco.
Marcelo T. de Alvear 145 - 7mo Piso - Oficina N° 24.
Teléfono: 44480841
Pagina Web: www.dircoopchaco.blogspot.com
Correo Electrónico (e-mail): minprod.dircoop@ecomchaco.com.ar
El interesado debe solicitar el Duplicado de Boleto de Marca y/o Señal de Ganado Mayor y/o Menor, según desee, en las oficinas habilitadas, completando un formulario y adjuntando la documentación solicitada.
DOCUMENTACIÓN
REQUISITOS
Las tasas varían según lo que solicite y se efectúa a través del volante de pago.
Además $30 de estampilla fiscal.
El trámite puede iniciar el titular o apoderado.
La vigencia es hasta la fecha de vencimiento del boleto.
Debe asistir 2 veces (una para iniciar el trámite y otra para retirarlo).
Es necesario cuando el titular extravía el boleto de marca y/o señal ganado mayor y/o menor.
En promedio 10 días.
Las oficinas habilitadas para iniciar y retirar los trámites son:
Dirección: Marcelo T Alvear 145 - Piso 7 - Oficina 8.
Teléfono: 0362 - 4448074.
Horario de atención: 6:30 hs a 13 hs.
Solicitar la inscripción de nuevos productos alimenticios para Establecimientos que ya se encuentran inscriptos.
En el Registro Provincial de Productos Alimenticios incluyendo suplementos dietarios.
Paso 1: El interesado presenta:
Nota en la Dirección de Bromatología, la misma debe ir dirigida a la Subsecretaría de Promoción de la Salud.
En esta nota se solicita:
La inscripción de los productos alimenticios en el Registro Nacional de Productos Alimenticios o Registro Provincial de Productos Alimenticios (según corresponda). Además, se debe detallar: Ubicación, Dirección, Localidad, Denominación, Datos de contacto.
Junto con la nota de solicitud, el Establecimiento tiene que entregar copias certificadas de:
Habilitación municipal (de Industria y Comercio y de Bromatología).
Habilitación de Ganadería Provincial para Elaboradores de productos cárnicos.
Habilitación de SENASA para Salas extractoras de miel.
Plano de Establecimiento (la copia deberá estar certificada por el municipio) con todos los detalles, incluyendo las instalaciones sanitarias.
Contrato de Alquiler o Título de la propiedad del inmueble, según corresponda (certificada por escribano).
Estatuto o contrato social si es sociedad y si es persona física la copia es del DNI (certificada por escribano).
Copia la de inscripción en ATP y AFIP.
Original del Contrato del Director Técnico y título, Original del Manual de Procedimientos (planillas de recepción de materia prima, procedimientos de limpieza, producto terminado, limpieza de tanques de agua, en caso necesario tendrá que anexar fotos del establecimiento y de equipos) y
Original del Informe técnico higiénico sanitario.
Paso 2: La Dirección de Bromatología da el visto bueno a toda la documentación presentada, procede a realizar la inspección del Establecimiento.
Paso 3: Si de la inspección resulta que el Establecimiento se encuentra en condiciones aptas, se emite certificado habilitante.
Paso 4: Representante o encargado del Establecimiento interesado retira certificado. Se informa por llamada telefónica y por correo y se coordina para que busque su certificado en la dirección.
Al inicio del trámite deberá presentar:
El pago lo puede hacer el titular o quien designe el mismo.
Tiene una vigencia de 5 (cinco) años.
3 (Tres).
Cuando el empresario de un establecimiento habilitado desee elaborar productos alimenticios.
10 (diez) días hábiles.
Subsecretaría de Promoción de la Salud - Dirección de Bromatología.