Habilitación de prestadoras de servicios de seguridad privada

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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En que consiste

Realizar la habilitación de las empresas prestadoras de servicios de seguridad privada, conforme establecido en la ley N° 6976/12 y su decreto reglamentario N° 738/13, para poder brindar dichos servicios en todo el territorio provincial.

Cómo hago?

El trámite lo deberá realizar en forma personal, presentando las documentaciones requeridas, que luego son elevadas en forma inmediata a la Dirección de Asesoría Legal y Técnica del ministerio de Gobierno, Justicia y Relación con la Comunidad, para dictamen Jurídico, para determinar si corresponde o no, otorgar la habilitación solicitada.

Emitido el dictamen favorable, el Ministro de Seguridad Pública firma una Resolución que habilita a la prestadora de Servicios de Seguridad Privada a brindar los servicios previstos en el art. 129 incs. A),B),C) y D) de la Ley N° 6976/12.

Qué documentación se debe presentar, requisitos

Empresas (Sociedad-Unipersonal)

  1. Habilitación Municipal.
  2. Acta de constitución (si es sociedad).
  3. Inscripción Registro Público de comercio.
  4. Inscripción A.T.P.
  5. Inscripción AFIP.
  6. Nota designación Gerente, responsable y Director Técnico Ejecutivo.
  7. Contrato de Locación de oficina.
  8. Croquis de oficina.
  9. Solicitud de inspección de sede.
  10. Comprobante de depósito ($ 12.804,60) Cta. Cte. 10111/07 Ministerio de Seguridad Pública - Nuevo Banco del Chaco.
  11. Póliza de Responsabilidad Civil comprensiva.
  12. Póliza ART.
  13. Reglamento de funciones.
  14. Descripción de materiales de comunicaciones a utilizar en el servicio.
  15. Foto uniforme.
  16. Listado de objetivos.
  17. Listado de personal.

Socios y/o Titulares

  1. Fotocopia DNI.
  2. Certificado de domicilio.
  3. Certificado de Conducto y/o Reincidencia.
  4. Fotografía 4x4.

Director Técnico Ejecutivo

  1. Fotocopia DNI.
  2. Certificado de domicilio.
  3. Certificado de Conducta y/o Reincidencia.
  4. Fotografía 4x4.
  5. Examen Psicofísico (visado por medico policía).
  6. Fotocopia C.L.U. (Credencial de Legítimo Usuario de Armas de Fuego).
  7. Acreditar Rango e idoneidad (credencial de personal retirado de fuerzas armadas y/o seguridad; título de licenciado en seguridad; acreditar/solicitar curso de director técnico ejecutivo).

Cuánto vale

($12.804,60) doce mil ochocientos cuatro pesos, con sesenta centavos, que deberán ser depositados en la Cta. Cte. 10111/07 -Ministerio de Seguridad Publica - Nuevo Banco del Chaco.

Quién puede/debe efectuarlo

El titular, socio y/o apoderado de la empresa prestadora de servicios de seguridad privada, que solicita la habilitación.

Qué vigencia tiene el documento tramitado

(1) un año es la vigencia de la habilitación que otorga el Ministro de Seguridad Pública.

Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo

(2) dos veces, la primera para presentar la totalidad de las documentaciones requeridas y la próxima cita será para la notificación de la Resolución Habilitante.

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega

Generalmente el trámite se finaliza en un plazo de (15) días hábiles, a partir de la solicitud y presentación de todas las documentaciones exigidas para la habilitación.

Donde se puede realizar

Área de control del servicio de seguridad privada.

Ministerio de Seguridad Pública - Casa de Gobierno.

Marcelo t. de Alvear N° 145 - 4to. Piso - Resistencia, Chaco.

Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 horas.

Teléfono fijo: 3624 - 456439.

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