Oficios Judiciales - Inscripción de incapacidades | Provincia de Buenos Aires
Información Rápida
Objetivo
Inscribir una resolución judicial que determina la incapacidad de una persona en la provincia de Buenos Aires.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona con un oficio judicial que ordene la inscripción de una incapacidad.
Requisitos principales
- La persona debe estar inscripta en la provincia de Buenos Aires.
- El oficio judicial debe contener todos los datos requeridos.
Duración del trámite
El trámite demora entre 30 y 40 días hábiles aproximadamente.
Resumen
Este trámite permite inscribir una resolución judicial que declara la incapacidad de una persona. Solo se puede realizar si el nacimiento de la persona está registrado en la provincia de Buenos Aires.
Lo que necesitas
- Oficio judicial: Debe ordenar la inscripción e incluir todos los datos necesarios: la parte dispositiva de la resolución, nombres completos, oficina, libro, año, folio y acta de la inscripción a la que se remiten, la parte pertinente de la resolución judicial, fecha, autos, juzgado y secretaría en que éstos hubieren tramitado, y el apellido, nombre y DNI de la persona designada como curador/ apoyo o salvaguarda.
- Oficio judicial solicitando informe: Se debe solicitar que se informe la existencia de inscripciones asentadas en el Registro Provincial.
- Si el oficio es de fuera de la provincia: Se debe acompañar el Testimonio Ley o Copia certificada de la sentencia legalizada, una nota de abogado/a matriculado/a en la Provincia de Buenos Aires, y el IUS previsional.
Descargá los requisitos de este trámite
Cómo hacerlo
- Si el oficio es de la provincia de Buenos Aires: Se ingresa por la plataforma de la Suprema Corte de Justicia.
- Si el oficio es de otra jurisdicción: Se ingresa en el Departamento Mesa de Entradas y Salidas, Casa Central (Av. 1 y 60, La Plata), de lunes a viernes de 8 a 13 horas, o se puede enviar por correo o mail.
- Gestores: Lunes, miércoles y viernes de 8 a 13 horas.
Después de hacerlo
- El trámite demora entre 30 y 40 días hábiles aproximadamente.
- Finalizado el trámite, se responde al órgano oficiante.
Costo
El costo del trámite es de $365.
El pago se puede realizar desde el Portal de Trámites de la provincia o retirar la boleta en la Mesa de Entradas y abonar en cualquier sucursal del Banco Provincia o agencia Provincia Net.
Importante: El trámite es gratuito cuando en la manda judicial surja que contiene beneficio de litigar sin gastos.
Seguimiento del trámite
Si ya iniciaste el trámite, podés realizar el seguimiento del expediente: