Provincia de Buenos Aires

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      • Copia certificada ante escribano público o entidad bancaria, del contrato social y poder del firmante en caso de ser una sociedad constituida, debiendo especificar en la presentación la constitución de un domicilio especial en la localidad donde se encuentre registrado el expediente administrativo.
      • Presentación en original y copia de las condiciones exigidas ya cumplimentadas y especificar un cronograma final para la cumplimentación de todo lo intimado.
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  • ## Resumen Este trámite permite realizar la declaración jurada de domicilio de forma online para ciudadanos que residen en la Provincia de Buenos Aires. ## ¿Quién puede usar este servicio? Ciudadanos mayores de edad que deseen declarar su domicilio en la Provincia de Buenos Aires y que cuenten con clave ANSES o AFIP. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso 1. Hacé clic en el botón "Iniciar trámite online" e ingresá validando tu identidad con clave ANSES o AFIP. 2. Ingresá el domicilio a declarar y la entidad ante quién la vas a presentar. 3. Aboná el valor de la declaración: $1750. 4. Descargá tu certificado ingresando desde "Seguir trámite online". ### Medios de pago * Tarjeta de crédito (Visa). Demora hasta 1 día hábil. * Boleta de pago (Provincia Net o Banco Provincia). Demora hasta 5 días hábiles. * Cajero automático o home banking (Red Link). Demora hasta 5 días hábiles. ## Tener en cuenta * La declaración es de carácter personal. No se puede declarar en nombre de terceros. * Se deberán hacer de manera presencial las declaraciones de menores de edad y de aquellos ciudadanos en situación de vulnerabilidad económica que no puedan realizar el pago. * Si deseás realizar la exposición de manera presencial, hacé clic aquí. ## Ayuda ### ¿Cómo sé que un certificado digital es auténtico? Verificá desde este link si una Denuncia por extravío digital fue emitida por el Registro de las Personas. ### ¿Tenés alguna duda? Podés consultar las preguntas frecuentes aquí.

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      • Consignar el domicilio del establecimiento denunciado: - Partido / Localidad - Identificación de la Calle/Ruta/Camino sobre la que se encuentra el establecimiento - Número del edificio - identificación de las calles aledañas - otras referencias que permitan identificar la propiedad.
      • Nombre o Razón social del denunciado o Rama de actividad en la cual se desarrolla.
      • Otros datos que permitan una mejor identificación del Denunciado.
      • Tipo de irregularidad que se denuncia.
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      • Consignar el domicilio del establecimiento denunciado: - Partido / Localidad - Identificación de la Calle/Ruta/Camino sobre la que se encuentra el establecimiento - Número del edificio - identificación de las calles aledañas - otras referencias que permitan identificar la propiedad.
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      • Los representantes de entidades sindicales deben descargar el formulario adjunto correspondiente al tipo de denuncia a realizar, completarlo y presentarlo de manera presencial en la DELEGACIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y EMPLEO más cercana o ante la Dirección Provincial de Inspección en la ciudad de La Plata
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      • La Resolución MT 261/10 establece los requisitos para la Actualización de Datos de la Empresa en el Anexo Nº I, Capítulo II, Art. 4º. Requisitos generales que deben cumplir los empleadores para actualizar los datos como empleador: I. Nota de solicitud de trámite de actualización, que deberá estar firmada por el Presidente (en casos de S.A.), o Gerente (en caso de S.R.L.), o el titular (persona física) o apoderados. En todos los casos dicha firma deberá estar certificada por Escribano, Juez de Paz, Entidad Bancaria, Registro Público de Comercio o por esta Autoridad Administrativa, debiendo acreditar la representatividad invocada mediante el acta de designación o del poder correspondiente y constituir domicilio conforme el artículo 3º del Decreto Nº 6409/84. Para los Consorcios de Propietarios, debe estar firmada por el Administrador y agregar el acta de asamblea de la designación. Para aquellas empresas que cuentan con el trámite de Centralización aprobado, deberán colocar en la nota, el Nº de Disposición o Acto Administrativo que aprobó dicha Centralización, adjuntando copia del mismo. En todos los casos los empleadores deberán constituir domicilio conforme el artículo 3º del Decreto Nº 6409/84 y un domicilio electrónico (Resolución M.T. Nº 94/09). Asimismo se debe consignar los datos personales (apellido, nombre, tipo y número de documento) de la persona que se autoriza a realizar el trámite y deberá acompañarse: i. Fotocopia certificada del estatuto social, copia certificada del último acta de designación de autoridades o constancia de inscripción de las mismas, en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas o en la I.G.J., y domicilio legal actualizado (sólo para personas jurídicas). ii. Documento Original y Fotocopia del Titular, apoderado o socios o gerente o representante legal. iii. Documento Original y Fotocopia de la persona autorizada a realizar el trámite. II. Formulario de Actualización con carácter de declaración jurada por duplicado con la firma del titular o representante certificada en el original. III. Constancia Inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP ), vigente al momento de la solicitud. IV. Fotocopia de formulario de AFIP, F931 (último) con ticket de transacción, y pago de todos y cada uno de los items que componen esa liquidación V. En caso de no poseer F 931 por ser el comienzo de la actividad, adjuntar los comprobantes de alta temprana según mi simplificación registral. Deberá coincidir la cantidad total de empleados declarados con la nómina del F 931, en su defecto, se adjuntará la documentación respaldatoria de dicha diferencia (altas, bajas mi simplificación). VI. Fotocopia de habilitación municipal, o constancia de inicio del trámite. (Para aquellas explotaciones, que por su característica, no requieran habilitación municipal deberán presentar una nota con carácter de declaración jurada mencionando el motivo por el cual no corresponde el trámite de habilitación, con la firma certificada del solicitante; además aquellas actividades que por sus características no requieran de la habilitación municipal, pero que otros organismos extienden comprobantes de similares características, por ejemplo: Industria de la Construcción ?comprobante de inscripción en el IERIC-; Ministerio de Salud ?comprobante de habilitación del centro de salud-; DIPREGEP ?certificado de Establecimiento de educación privada-; Comisión Nacional de Transporte ? constancia de habilitación, deberán acompañar las mismas). Para aquellas empresas, en las cuales, por su actividad no requieran habilitación municipal, deberán presentar: contrato de alquiler, titulo de propiedad, comodato, data fiscal, etc, donde conste el domicilio de trabajo declarado. Deberán presentar dicho comprobante para cada uno de los domicilios declarados. VII. Certificado de domicilio de Ingresos Brutos (ARBA) de cada una de las sucursales, si las tuviera; o constancia de inscripción de Ingresos Brutos donde figuren todas las direcciones declaradas; o ,Constancia de Inscripción en Convenio Multilateral o CM 01, CM 02 en las que figuren todas las direcciones de los domicilios declarados de trabajo. Con excepción de las entidades que no realicen actividades comprendidas en el impuesto (ejemplo organizaciones religiosas) y/o que realicen actividades exentas por código fiscal (Asociaciones Civiles, clubes, escuelas, etc.), en este caso, deberán acreditar el domicilio a través de la presentación del contrato de alquiler o comodato o título de propiedad o servicio o impuesto a nombre de la organización. VIII. Para las explotaciones rurales, contrato de arrendamiento rural o contrato agrícola accidental o de explotación tambera o contrato de alquiler o contrato de comodato o escritura del lugar de explotación. IX. UTE ?Constructores, contrato de conformación debidamente inscripto (público o privado), domicilio de obras, libro de actas de reuniones (o acuerdos) de los participantes y libros de actas de la administración (ambos pueden fundirse en un solo libro de actas). Ambos o el único deben encontrarse debidamente inscriptos.
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      • La Resolución MT 261/10 establece los requisitos para la Actualización de Datos de la Empresa en el Anexo Nº I, Capítulo II, Art. 4º. Requisitos generales que deben cumplir los empleadores para actualizar los datos como empleador: I. Nota de solicitud de trámite de actualización, que deberá estar firmada por el Presidente (en casos de S.A.), o Gerente (en caso de S.R.L.), o el titular (persona física) o apoderados. En todos los casos dicha firma deberá estar certificada por Escribano, Juez de Paz, Entidad Bancaria, Registro Público de Comercio o por esta Autoridad Administrativa, debiendo acreditar la representatividad invocada mediante el acta de designación o del poder correspondiente y constituir domicilio conforme el artículo 3º del Decreto Nº 6409/84. Para los Consorcios de Propietarios, debe estar firmada por el Administrador y agregar el acta de asamblea de la designación. Para aquellas empresas que cuentan con el trámite de Centralización aprobado, deberán colocar en la nota, el Nº de Disposición o Acto Administrativo que aprobó dicha Centralización, adjuntando copia del mismo. En todos los casos los empleadores deberán constituir domicilio conforme el artículo 3º del Decreto Nº 6409/84 y un domicilio electrónico (Resolución M.T. Nº 94/09). Asimismo se debe consignar los datos personales (apellido, nombre, tipo y número de documento) de la persona que se autoriza a realizar el trámite y deberá acompañarse: i. Fotocopia certificada del estatuto social, copia certificada del último acta de designación de autoridades o constancia de inscripción de las mismas, en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas o en la I.G.J., y domicilio legal actualizado (sólo para personas jurídicas). ii. Documento Original y Fotocopia del Titular, apoderado o socios o gerente o representante legal. iii. Documento Original y Fotocopia de la persona autorizada a realizar el trámite. II. Formulario de Actualización con carácter de declaración jurada por duplicado con la firma del titular o representante certificada en el original. III. Constancia Inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP ), vigente al momento de la solicitud. IV. Fotocopia de formulario de AFIP, F931 (último) con ticket de transacción, y pago de todos y cada uno de los items que componen esa liquidación V. En caso de no poseer F 931 por ser el comienzo de la actividad, adjuntar los comprobantes de alta temprana según mi simplificación registral. Deberá coincidir la cantidad total de empleados declarados con la nómina del F 931, en su defecto, se adjuntará la documentación respaldatoria de dicha diferencia (altas, bajas mi simplificación). VI. Fotocopia de habilitación municipal, o constancia de inicio del trámite. (Para aquellas explotaciones, que por su característica, no requieran habilitación municipal deberán presentar una nota con carácter de declaración jurada mencionando el motivo por el cual no corresponde el trámite de habilitación, con la firma certificada del solicitante; además aquellas actividades que por sus características no requieran de la habilitación municipal, pero que otros organismos extienden comprobantes de similares características, por ejemplo: Industria de la Construcción ?comprobante de inscripción en el IERIC-; Ministerio de Salud ?comprobante de habilitación del centro de salud-; DIPREGEP ?certificado de Establecimiento de educación privada-; Comisión Nacional de Transporte ? constancia de habilitación, deberán acompañar las mismas). Para aquellas empresas, en las cuales, por su actividad no requieran habilitación municipal, deberán presentar: contrato de alquiler, titulo de propiedad, comodato, data fiscal, etc, donde conste el domicilio de trabajo declarado. Deberán presentar dicho comprobante para cada uno de los domicilios declarados. VII. Certificado de domicilio de Ingresos Brutos (ARBA) de cada una de las sucursales, si las tuviera; o constancia de inscripción de Ingresos Brutos donde figuren todas las direcciones declaradas; o ,Constancia de Inscripción en Convenio Multilateral o CM 01, CM 02 en las que figuren todas las direcciones de los domicilios declarados de trabajo. Con excepción de las entidades que no realicen actividades comprendidas en el impuesto (ejemplo organizaciones religiosas) y/o que realicen actividades exentas por código fiscal (Asociaciones Civiles, clubes, escuelas, etc.), en este caso, deberán acreditar el domicilio a través de la presentación del contrato de alquiler o comodato o título de propiedad o servicio o impuesto a nombre de la organización. VIII. Para las explotaciones rurales, contrato de arrendamiento rural o contrato agrícola accidental o de explotación tambera o contrato de alquiler o contrato de comodato o escritura del lugar de explotación. IX. UTE ?Constructores, contrato de conformación debidamente inscripto (público o privado), domicilio de obras, libro de actas de reuniones (o acuerdos) de los participantes y libros de actas de la administración (ambos pueden fundirse en un solo libro de actas). Ambos o el único deben encontrarse debidamente inscriptos.
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      • La Resolución MT 261/10 establece los requisitos para la Actualización de Datos de la Empresa en el Anexo Nº I, Capítulo II, Art. 4º. Requisitos generales que deben cumplir los empleadores para actualizar los datos como empleador: I. Nota de solicitud de trámite de actualización, que deberá estar firmada por el Presidente (en casos de S.A.), o Gerente (en caso de S.R.L.), o el titular (persona física) o apoderados. En todos los casos dicha firma deberá estar certificada por Escribano, Juez de Paz, Entidad Bancaria, Registro Público de Comercio o por esta Autoridad Administrativa, debiendo acreditar la representatividad invocada mediante el acta de designación o del poder correspondiente y constituir domicilio conforme el artículo 3º del Decreto Nº 6409/84. Para los Consorcios de Propietarios, debe estar firmada por el Administrador y agregar el acta de asamblea de la designación. Para aquellas empresas que cuentan con el trámite de Centralización aprobado, deberán colocar en la nota, el Nº de Disposición o Acto Administrativo que aprobó dicha Centralización, adjuntando copia del mismo. En todos los casos los empleadores deberán constituir domicilio conforme el artículo 3º del Decreto Nº 6409/84 y un domicilio electrónico (Resolución M.T. Nº 94/09). Asimismo se debe consignar los datos personales (apellido, nombre, tipo y número de documento) de la persona que se autoriza a realizar el trámite y deberá acompañarse: i. Fotocopia certificada del estatuto social, copia certificada del último acta de designación de autoridades o constancia de inscripción de las mismas, en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas o en la I.G.J., y domicilio legal actualizado (sólo para personas jurídicas). ii. Documento Original y Fotocopia del Titular, apoderado o socios o gerente o representante legal. iii. Documento Original y Fotocopia de la persona autorizada a realizar el trámite. II. Formulario de Actualización con carácter de declaración jurada por duplicado con la firma del titular o representante certificada en el original. III. Constancia Inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP ), vigente al momento de la solicitud. IV. Fotocopia de formulario de AFIP, F931 (último) con ticket de transacción, y pago de todos y cada uno de los items que componen esa liquidación V. En caso de no poseer F 931 por ser el comienzo de la actividad, adjuntar los comprobantes de alta temprana según mi simplificación registral. Deberá coincidir la cantidad total de empleados declarados con la nómina del F 931, en su defecto, se adjuntará la documentación respaldatoria de dicha diferencia (altas, bajas mi simplificación). VI. Fotocopia de habilitación municipal, o constancia de inicio del trámite. (Para aquellas explotaciones, que por su característica, no requieran habilitación municipal deberán presentar una nota con carácter de declaración jurada mencionando el motivo por el cual no corresponde el trámite de habilitación, con la firma certificada del solicitante; además aquellas actividades que por sus características no requieran de la habilitación municipal, pero que otros organismos extienden comprobantes de similares características, por ejemplo: Industria de la Construcción ?comprobante de inscripción en el IERIC-; Ministerio de Salud ?comprobante de habilitación del centro de salud-; DIPREGEP ?certificado de Establecimiento de educación privada-; Comisión Nacional de Transporte ? constancia de habilitación, deberán acompañar las mismas). Para aquellas empresas, en las cuales, por su actividad no requieran habilitación municipal, deberán presentar: contrato de alquiler, titulo de propiedad, comodato, data fiscal, etc, donde conste el domicilio de trabajo declarado. Deberán presentar dicho comprobante para cada uno de los domicilios declarados. VII. Certificado de domicilio de Ingresos Brutos (ARBA) de cada una de las sucursales, si las tuviera; o constancia de inscripción de Ingresos Brutos donde figuren todas las direcciones declaradas; o ,Constancia de Inscripción en Convenio Multilateral o CM 01, CM 02 en las que figuren todas las direcciones de los domicilios declarados de trabajo. Con excepción de las entidades que no realicen actividades comprendidas en el impuesto (ejemplo organizaciones religiosas) y/o que realicen actividades exentas por código fiscal (Asociaciones Civiles, clubes, escuelas, etc.), en este caso, deberán acreditar el domicilio a través de la presentación del contrato de alquiler o comodato o título de propiedad o servicio o impuesto a nombre de la organización. VIII. Para las explotaciones rurales, contrato de arrendamiento rural o contrato agrícola accidental o de explotación tambera o contrato de alquiler o contrato de comodato o escritura del lugar de explotación. IX. UTE ?Constructores, contrato de conformación debidamente inscripto (público o privado), domicilio de obras, libro de actas de reuniones (o acuerdos) de los participantes y libros de actas de la administración (ambos pueden fundirse en un solo libro de actas). Ambos o el único deben encontrarse debidamente inscriptos.

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  • ## Resumen Este trámite permite inscribir una filiación (establecer legalmente la relación entre padres e hijos) o impugnar (cuestionar) una filiación existente. La filiación puede ser por nacimiento natural, por técnicas de reproducción asistida o por adopción. La impugnación puede ser de la maternidad o paternidad. ## Lo que necesitas ### Requisitos principales * **Oficio judicial:** Debe contener la parte dispositiva de la resolución judicial, especificando nombres completos, oficina, libro, año, folio y acta de la inscripción a la que se refiere. * **Si el oficio proviene de otra jurisdicción (fuera de la Provincia de Buenos Aires):** * Testimonio de la sentencia con sello de agua legalizado por la cámara de origen. * Nota de un abogado matriculado en la Provincia de Buenos Aires dirigida al Registro de las Personas. * Pago del IUS previsional. ### Costo El trámite tiene un costo de $365. ### Plazos El trámite demora aproximadamente 30 días hábiles. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso 1. **Presentación del oficio:** * Si el oficio proviene de un juzgado de la Provincia de Buenos Aires, se debe ingresar a través de la plataforma de la Suprema Corte de Justicia. * Si el oficio proviene de otra jurisdicción, se debe presentar en el Departamento Mesa de Entradas y Salidas, Casa Central (Av. 1 y 60, La Plata), de lunes a viernes de 8 a 13 horas, o enviarse por correo o mail. ## Después de hacerlo ### Retiro del trámite Una vez finalizado el trámite, se retira en el Archivo General, ubicado en Casa Central, calle 1 y 59, La Plata. Luego, se debe solicitar una nueva copia del acta de nacimiento rectificada. ## Ayuda ### Pago del trámite El pago se puede realizar desde el Portal de Trámites de la provincia o retirar la boleta en la Delegación y abonar en cualquier sucursal del Banco Provincia o agencia Provincia Net. ### Seguimiento del expediente Si ya iniciaste el trámite, podés realizar el seguimiento del expediente: * Si tu expediente empieza con “EX” (Formato Electrónico) * Si tu expediente empieza con un número (Formato Papel)

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      • Certificado de domicilio del responsable de la Unidad y/o lugar de actividad, o fotocopia de un servicio.
      • Ciudadanos que no posean Activos Fijos con un valor económico superior a un monto equivalente a 50 canastas básicas totales adulto para un hogar ejemplo. Aquellos cuyos Ingresos Brutos anuales (por cada uno de sus integrantes) no supere el valor de 30 canastas básicas totales adulto equivalente-hogar tipo 3.
      • Fotocopia de credencial de monotributo.
      • Fotocopia de DNI.
      • Ser trabajador que como principal objetivo sea generar autoempleo (monotributistas sociales, agropecuarios o monotributistas de la categoría general que no superen el tope de facturación estipulado).
      • Trabajadores de Asociaciones vinculadas con la Economía Social.

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  • ## Resumen Este trámite permite inscribir una adopción en el Registro de las Personas. ## Lo que necesitas * **Oficio Judicial:** Debe ordenar la inscripción de la adopción, especificando los datos del acta de nacimiento. * **Jurisdicción:** Si el oficio es de otra jurisdicción, se requiere el Testimonio Ley 22.172 o copia certificada de la sentencia, con la legalización correspondiente. * **Nota de Abogado:** Se necesita una nota de abogado matriculado en la provincia de Buenos Aires con su IUS Previsional. ## Cómo hacerlo 1. **Presentación del Oficio:** * Si proviene de un juzgado de la Provincia de Buenos Aires, se ingresa por la plataforma de la Suprema Corte de Justicia. * Si proviene de otra jurisdicción, se ingresa en el Departamento Mesa de Entradas y Salidas, Casa Central (Av. 1 y 60, La Plata), de lunes a viernes de 8 a 13 horas, o por correo o mail. * Gestores: lunes, miércoles y viernes de 8 a 13 horas. ## Después de hacerlo * **Notificación:** Una vez completado el trámite, se notificará a los adoptantes para retirar el acta de nacimiento y tramitar el nuevo DNI. ## Ayuda * **Seguimiento del Expediente:** * Si tu expediente empieza con “EX” (Formato Electrónico) * Si tu expediente empieza con un número (Formato Papel) * **Costos:** * Trámite normal: $215. * Trámite urgente: $645. * Trámite urgente con beneficio de litigar sin gastos: $430. * **Pago:** El pago se puede realizar desde el Portal de Trámites de la provincia o retirar la boleta en la Mesa de Entradas y abonar en cualquier sucursal del Banco Provincia o agencia Provincia Net.

  • ## Resumen Este trámite permite inscribir una resolución judicial que declara la incapacidad de una persona. Solo se puede realizar si el nacimiento de la persona está registrado en la provincia de Buenos Aires. ## Lo que necesitas * **Oficio judicial:** Debe ordenar la inscripción e incluir todos los datos necesarios: la parte dispositiva de la resolución, nombres completos, oficina, libro, año, folio y acta de la inscripción a la que se remiten, la parte pertinente de la resolución judicial, fecha, autos, juzgado y secretaría en que éstos hubieren tramitado, y el apellido, nombre y DNI de la persona designada como curador/ apoyo o salvaguarda. * **Oficio judicial solicitando informe:** Se debe solicitar que se informe la existencia de inscripciones asentadas en el Registro Provincial. * **Si el oficio es de fuera de la provincia:** Se debe acompañar el Testimonio Ley o Copia certificada de la sentencia legalizada, una nota de abogado/a matriculado/a en la Provincia de Buenos Aires, y el IUS previsional. [Descargá los requisitos de este trámite](https://drive.google.com/file/d/1c8Qw-JB-_YbDntSEB_O4IogB7v4R94m6/view?usp=sharing) ## Cómo hacerlo * **Si el oficio es de la provincia de Buenos Aires:** Se ingresa por la plataforma de la Suprema Corte de Justicia. * **Si el oficio es de otra jurisdicción:** Se ingresa en el Departamento Mesa de Entradas y Salidas, Casa Central (Av. 1 y 60, La Plata), de lunes a viernes de 8 a 13 horas, o se puede enviar por correo o mail. * **Gestores:** Lunes, miércoles y viernes de 8 a 13 horas. ## Después de hacerlo * El trámite demora entre 30 y 40 días hábiles aproximadamente. * Finalizado el trámite, se responde al órgano oficiante. ## Costo El costo del trámite es de $365. El pago se puede realizar desde el Portal de Trámites de la provincia o retirar la boleta en la Mesa de Entradas y abonar en cualquier sucursal del Banco Provincia o agencia Provincia Net. **Importante:** El trámite es gratuito cuando en la manda judicial surja que contiene beneficio de litigar sin gastos. ## Seguimiento del trámite Si ya iniciaste el trámite, podés realizar el seguimiento del expediente: * Si tu expediente empieza con “EX” (Formato Electrónico) * Si tu expediente empieza con un número (Formato Papel)

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