Municipalidad de Rosario

  • Tributos

    Clave Fiscal

    Régimen General DReI - ETuR

    Permite:

    • Presentar Declaración Jurada de DreI y EtuR.
    • Consultar Declaraciones Juradas presentadas.

    Quién lo puede realizar

    • El contribuyente

    Cualquier contribuyente alcanzado por el régimen general.

    Requisitos

    • Contar con CUIT y Clave Fiscal nivel 3.
    • Tener adherido el Servicio Municipalidad de Rosario – Trámites Tributarios.

    Costo

    • Para abonar podés generar un Volante Electrónico de Pago (VEP).
    • Si el valor mensual de DReI y/o ETuR supera el importe asignado al inciso “Locales con diez o más personas en relación de dependencia”, previsto en la Ordenanza General Impositiva, es obligatorio abonar con VEP.
    • La falta de presentación o presentación tardía de la Declaración Jurada implicará la multa formal establecida en el Código Tributario de la Municipalidad de Rosario. A la multa también podés abonarla con VEP.

    Cómo realizarlo

    Gestionalo con Clave Fiscal. Consultá la Guía paso a paso Régimen General DReI - ETuR e iniciá el trámite haciendo clic en el botón Resolvé con Clave Fiscal.

    Instructivo ilustrado

    Resolvé con Clave Fiscal

    Bloque clave fiscal:

    Para empezar a operar necesitás clave fiscal de nivel 3, adherí el Servicio Municipalidad de Rosario - trámites tributarios en el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal de AFIP.

    Tributos

  • Tributos

    Clave Fiscal

    Régimen Simplificado DReI - ETuR

    Permite:

    • Ejercer la opción de Adhesión/Baja al Régimen Simplificado DReI y ETuR.
    • Adhesión al Régimen Simplificado para Inicio de Actividad.
    • Recategorización.
    • Rectificar períodos RS.
    • Acceder al Estado de Cuenta.
    • Reimprimir Credencial.

    Requisitos

    Persona física y/o Sociedades Simples:

    • Con un único local en la ciudad. Su superficie total no debe superar los 300 m².
    • Con no más de 3 empleados en relación de dependencia.
    • Con ingresos brutos totales devengados en el municipio que no superen los $2.609.241 en los últimos 12 meses calendarios anteriores - considerar los ingresos gravados, no gravados y exentos por el tributo.
    • No alcanzadadas por las previsiones de los arts. 9 y 11 de la Ordenanza General Impositiva (cuotas fijas especiales/mensuales).
    • No alcanzadas por las disposiciones del Convenio Multilateral.
    • Que no realicen importaciones de bienes y/o servicios.

    Costo

    Sin Costo.

    Resolvé con Clave Fiscal

    Bloque clave fiscal:

    Para empezar a operar con clave fiscal adherí el Servicio Municipalidad de Rosario - trámites tributarios, en el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal de AFIP.

    Consideraciones

    La recategorización ha de efectuarse por semestre calendario vencido, hasta el día 20 de enero y de julio.

    Preguntas frecuentes

    Cuando la habilitación fue otorgada durante un mes diferente a aquel en el cual se iniciaron actividades ¿Cómo realizo la adhesión a Régimen Simplificado?

    Al tratarse de una nueva habilitación, debés evaluar si optás por Régimen Simplificado o Régimen General:

    • Si optás por ser Régimen Simplificado, primero debés formalizar la adhesión al mismo desde el período actual. Y, por los períodos fiscales anteriores, debés declarar su encuadre mediante el botón “Adecuar estado de cuenta”.
    • Si optás por ser Régimen General, primero debés declarar su encuadre mediante el botón “Adecuar estado de cuenta”. Y, posteriormente, presentar las DDJJ mediante el aplicativo DReI/ETuR.

    ¿Qué implica el uso del botón “Adecuar Estado de Cuenta”?

    El botón “Adecuar Estado de Cuenta” se habilita únicamente para cuentas que inicien actividad y no registren movimientos. Esta opción te permite realizar el encuadre fiscal para los períodos anteriores a la fecha de adhesión o efectuar el encuadre tributario hasta 12/2016 cuando te encuentres actualmente tributando mediante Régimen General.
    Este botón podrá ser utilizado una sola vez por el contribuyente.

    ¿Cómo procedo para hacer Uso de la Opción de Adhesión/Baja de Régimen Simplificado?

  • Antes de realizar este trámite es necesario que conozcas la información relacionada en
    Servicios de cementerio

    Otros

    Servicio fúnebre gratuito

    Permite obtener la prestación sin cargo para personas carecientes. Comprende:

    • Ataúd tipo plano con blondas.
    • Capilla velatoria en el domicilio del fallecido.
    • Furgón para traslado desde el centro asistencial al domicilio del velatorio en Rosario y al Cementerio La Piedad.
    • Sepultura en tierra en solar gratuita por 2 años. Cumplido dicho lapso se debe proceder a la reducción y traslado de los restos, por cuenta del interesado.
    • Se puede optar también por la cremación gratuita en cementerio.

    El Servicio puede ser solicitado por cualquier persona.

    Requisitos

    En caso de optar por la cremación, el servicio debe ser pedido por el cónyuge presentando libreta de casamiento o partida de matrimonio. Si falleció pueden solicitarlo hijos, padres, abuelos, en orden consecutivo si estuvieran fallecidos, presentando la documentación que acredite el parentesco.

    Documentos a presentar

    • Certificado de pobreza de solemnidad otorgado por las Seccionales de Policía o Tribunales Provinciales.
    • Certificado médico de defunción extendido por el médico del hospital donde se produjo el deceso o por un médico forense en el caso de intervención policial. El médico forense se solicita en la Seccional de Policía que corresponda al lugar del deceso. El formulario de defunción se puede retirar en el SIES, en caso de que la Seccional o el médico forense no lo tengan.
    • Documento Nacional de Identidad del fallecido. Si está deteriorado deben solicitar una ficha dactiloscópica en el SIES o en el Registro Civil de Defunciones - Salta 2768, de 7.15 a 12.30 h, tel. 4724572. Si fue extraviado, además de presentar la ficha dactiloscópica, un familiar del fallecido debe concurrir al Registro Civil de Defunciones, con su Documento Nacional de Identidad, a fin de firmar el Acta de Extravío correspondiente.
    • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la persona que efectúa el trámite.

    Costo

    La Municipalidad de Rosario dispuso que sea una prestación sin costo alguno para personas carecientes.

  • Otros

    Transferencia de licencia de taxi

    Permite gestionar transferencias de licencias de taxis.

    Quién lo puede realizar

    • El titular
    • Causahabientes

    Documentos a presentar

    Libre multa personal y de comercio.

    Contrato de transferencia certificado ante Escribano Público.

    Copia del DNI con domicilio actual.

    Certificado de conducta del aspirante a titular.

    Acta de matrimonio certificada de una de las partes, en caso de transferencia entre personas de distinto sexo.

    En caso de transferencia de licencia de taxi por sucesión:

    • Resolución Judicial que establezca Administrador Provisorio.
    • Oficio judicial ordenando la transferencia de la licencia.
    • Si son varios herederos, Declaración jurada con firmas certificadas ante escribano público u Oficina de Certificaciones del Poder Judicial.

    Formularios a presentar

    Costo

    En caso de transferencia de licencias de taxis y remis por sucesión, se abona solamente el importe de Cód. 200.

    • $32,00 Tasa por actuaciones D.G.Tte. (Cod. 200)
    • $349.440,00 Transferencias Licencias Taxis y Remises (Cod. 225)

  • Otros

    Turnos web

    Reservá un turno para ser atendido en las distintas oficinas de los Centros Municipales de Distrito.

    • Seleccioná la oficina de interés y solicitá un turno web. El sistema te mostrará los turnos próximos disponibles de todos los CMD de acuerdo a la oficina indicada.
    • Tené en cuenta que algunos trámites por su especificidad solo pueden ser resueltos en la oficina del CMD correspondiente al domicilio declarado.
    • Recordá consultar previamente en el Portal de trámites los requisitos y documentación a presentar para el trámite específico que precisas realizar.

    Licencia de conducir »

    Trámites vinculados a la Licencia Nacional de Conducir. Ir a licencias

    Finanzas »

    Trámites vinculados a temáticas tributarias y de vehículos. Solicitar turno web

    Habilitación »

    Trámites vinculados a permisos de habilitación de local y sus asociados. Solicitar turno web

    Inspección »

    Trámites vinculados a inspección de industrias, comercios y servicios. Solicitar turno web

    Tribunal de Faltas »

    Trámites vinculados a infracciones de tránsito y faltas personales y de comercio.

    Solicitar turno web

    Mesa de entradas »

    Trámites vinculados a expedientes administrativos. Solicitar turno web

    Obras Particulares »

    Trámites y permisos vinculados a construcciones de particulares. Solicitar turno web

    Catastro »

    Trámites vinculados a datos catastrales correspondientes a un inmueble o terreno. Solicitar turno web.

    Solicitudes »

    Pedidos vinculados a reclamos, emergencias y denuncias. Solicitar turno web

    Trámites rápidos »

    Trámites simples vinculados a temáticas tributarias y de vehículos. Solicitar turno web

  • Inmuebles

    Verificación final de líneas de edificación

    Cumplir con las líneas de edificación constituye un requisito esencial para que se otorgue el Final de Obra. Un inspector de línea se encarga de verificar las líneas de edificación oficial y restricciones al dominio (ochavas y zonas de servidumbre de jardín).

    Quién lo puede realizar

    • El propietario
    • El profesional a cargo
    • Persona autorizada

    Documentos a presentar

    • Formulario Verificación final de líneas de edificación, completo.
    • Carpeta de Edificación debidamente conformada.
    • Copia del plano de construcción.

    Formularios a presentar

    Costo

    Sellado a abonar:

    • Para vivienda, Cód. 190.
    • Para conjuntos habitacionales de hasta 50 viviendas, Cód. 191.
    • Para conjuntos habitacionales de hasta 100 viviendas, Cód. 192.
    • Para conjuntos habitacionales de más de 100 viviendas, Cód. 193.
    • Para edificios en altura, Cód. 194, uno por planta.
    • $108,80 Verificación de Línea Municipal - Vivienda unifamiliar (Cod. 190)
    • $944,00 Verificación de Línea Municipal - Conjuntos Habitacionales hasta 50 viviendas (Cod. 191)
    • $1.552,00 Verificación de Línea Municipal - Conjuntos Habitacionales hasta 100 viviendas (Cod. 192)
    • $3.104,00 Verificación de Línea Municipal - Conjuntos Habitacionales de más de 100 viviendas (Cod. 193)
    • Verificación de Línea Municipal - Edificio en altura (Cod. 194)

  • Inmuebles

    Visación final de certificado de verificación de límites y amojonamiento

    Se gestiona luego de haber superado la instancia de Visación previa del certificado de verificación de límites y amojonamiento.

    Quién lo puede realizar

    • El profesional interviniente
    • Persona autorizada

    Requisitos

    • Debés tener hecha la Visación previa del certificado de verificación de límites y amojonamiento.

    Documentos a presentar

    • Copia previa del plano con visación municipal.
    • Plano en papel, mínimo 3 copias.
    • Certificación de aportes del Colegio de Agrimensores.

    Costo

    Se repone en una copia del plano.

    • $240,00 Certificado de límites y amojonamiento (Cod. 222)

    Cómo realizarlo

    Acercate al lugar indicado, con la documentación a presentar, para realizar el trámite.

  • Inmuebles

    Visación previa de certificado de verificación de límites y amojonamiento

    Consiste en la verificación previa de anchos oficiales de calles, nomenclaturas catastrales y cumplimiento de la Ordenanza Nº 4755/89 y Decreto reglamentario Nº 7602/89.

    Quién lo puede realizar

    • El profesional interviniente
    • Persona autorizada

    Documentos a presentar

    Copia de:

    • Escritura completa con los datos de dominio.
    • Copia del plano
    • Certificación de aportes del Colegio de Agrimensores.

    Costo

    Sin costo.

    Cómo realizarlo

    Acercate al lugar indicado, con la documentación a presentar, para realizar el trámite.

    Más información

  • Inmuebles

    Visación previa de planos de mensura de propiedad horizontal

    Consiste en la verificación de anchos oficiales de calles, nomenclaturas catastrales y cumplimiento de las normativas provinciales y nacionales, para someter el inmueble al régimen de la propiedad horizontal.

    Quién lo puede realizar

    • El profesional interviniente
    • Persona autorizada

    Documentos a presentar

    • Certificado de numeración oficial por cada ingreso al inmueble.
    • Planos de mensura
    • Certificación de aportes del Colegio de Agrimensores.
    • Plano del permiso o registro de edificación con final de obra o copia certificada por Obras Particulares.
    • Carpeta de propiedad horizontal sellada y completada por el profesional.

    Costo

    El valor del sellado de Visación de planos es por cada carpeta y de Numeración oficial por cada ingreso al inmueble.

    • $320,00 Visación de planos de mensura y subdivisión en PH (carpeta) (Cod. 237)
    • $96,00 Solicitud de numeración oficial (Cod. 233)

    Cómo realizarlo

    Acercate al lugar indicado, con la documentación a presentar, para realizar el

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