Régimen Simplificado DReI - ETuR

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Tributos

Clave Fiscal

Régimen Simplificado DReI - ETuR

Permite:

  • Ejercer la opción de Adhesión/Baja al Régimen Simplificado DReI y ETuR.
  • Adhesión al Régimen Simplificado para Inicio de Actividad.
  • Recategorización.
  • Rectificar períodos RS.
  • Acceder al Estado de Cuenta.
  • Reimprimir Credencial.

Requisitos

Persona física y/o Sociedades Simples:

  • Con un único local en la ciudad. Su superficie total no debe superar los 300 m².
  • Con no más de 3 empleados en relación de dependencia.
  • Con ingresos brutos totales devengados en el municipio que no superen los $2.609.241 en los últimos 12 meses calendarios anteriores - considerar los ingresos gravados, no gravados y exentos por el tributo.
  • No alcanzadadas por las previsiones de los arts. 9 y 11 de la Ordenanza General Impositiva (cuotas fijas especiales/mensuales).
  • No alcanzadas por las disposiciones del Convenio Multilateral.
  • Que no realicen importaciones de bienes y/o servicios.

Costo

Sin Costo.

Resolvé con Clave Fiscal

Bloque clave fiscal:

Para empezar a operar con clave fiscal adherí el Servicio Municipalidad de Rosario - trámites tributarios, en el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal de AFIP.

Consideraciones

La recategorización ha de efectuarse por semestre calendario vencido, hasta el día 20 de enero y de julio.

Preguntas frecuentes

Cuando la habilitación fue otorgada durante un mes diferente a aquel en el cual se iniciaron actividades ¿Cómo realizo la adhesión a Régimen Simplificado?

Al tratarse de una nueva habilitación, debés evaluar si optás por Régimen Simplificado o Régimen General:

  • Si optás por ser Régimen Simplificado, primero debés formalizar la adhesión al mismo desde el período actual. Y, por los períodos fiscales anteriores, debés declarar su encuadre mediante el botón “Adecuar estado de cuenta”.
  • Si optás por ser Régimen General, primero debés declarar su encuadre mediante el botón “Adecuar estado de cuenta”. Y, posteriormente, presentar las DDJJ mediante el aplicativo DReI/ETuR.

¿Qué implica el uso del botón “Adecuar Estado de Cuenta”?

El botón “Adecuar Estado de Cuenta” se habilita únicamente para cuentas que inicien actividad y no registren movimientos. Esta opción te permite realizar el encuadre fiscal para los períodos anteriores a la fecha de adhesión o efectuar el encuadre tributario hasta 12/2016 cuando te encuentres actualmente tributando mediante Régimen General.
Este botón podrá ser utilizado una sola vez por el contribuyente.

¿Cómo procedo para hacer Uso de la Opción de Adhesión/Baja de Régimen Simplificado?

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