Régimen General DReI - ETuR
Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Clave Fiscal
Régimen General DReI - ETuR
Permite:
- Presentar Declaración Jurada de DreI y EtuR.
- Consultar Declaraciones Juradas presentadas.
Quién lo puede realizar
- El contribuyente
Cualquier contribuyente alcanzado por el régimen general.
Requisitos
- Contar con CUIT y Clave Fiscal nivel 3.
- Tener adherido el Servicio Municipalidad de Rosario – Trámites Tributarios.
Costo
- Para abonar podés generar un Volante Electrónico de Pago (VEP).
- Si el valor mensual de DReI y/o ETuR supera el importe asignado al inciso “Locales con diez o más personas en relación de dependencia”, previsto en la Ordenanza General Impositiva, es obligatorio abonar con VEP.
- La falta de presentación o presentación tardía de la Declaración Jurada implicará la multa formal establecida en el Código Tributario de la Municipalidad de Rosario. A la multa también podés abonarla con VEP.
Cómo realizarlo
Gestionalo con Clave Fiscal. Consultá la Guía paso a paso Régimen General DReI - ETuR e iniciá el trámite haciendo clic en el botón Resolvé con Clave Fiscal.
Instructivo ilustrado
Bloque clave fiscal:
Para empezar a operar necesitás clave fiscal de nivel 3, adherí el Servicio Municipalidad de Rosario - trámites tributarios en el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal de AFIP.