Permiso para espectáculo público en Asociación Civil sin fines de lucro

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Comercios

Permiso para espectáculo público en Asociación Civil sin fines de lucro

Incluye cualquier reunión social a realizar de modo exepcional, circunstancial o temporal en un local o predio perteneciente a una Asociación Civil sin fines de lucro. El evento puede ser:

  • cumpleaños,
  • casamiento,
  • desfile de modelos,
  • festival,
  • entre otros.

Debe solicitarse dentro de los 7 días previos al encuentro.

Quién lo puede realizar

  • Representante de persona jurídica
  • Apoderado

Requisitos

  • Gestionar, de modo presencial, el Libre Multa Personal y de Comercio.
  • Las firmas de los titulares en los formularios deben estar certificadas por Escribano, Tribunales, Banco o efectuadas en presencia del Funcionario Municipal interviniente.
  • Horarios admitidos: viernes, sábados y vísperas de feriado de 21 a 3 h, domingos de 20 a 1 h.
  • Factor ocupacional: una persona por m² de superficie útil, con adecuación de baños y salidas, conforme a la cantidad máxima autorizada de asistentes.
  • Se prohíbe la venta y el consumo de bebidas alcohólicas a menores.
  • Pueden utilizarse o no equipos de altoparlante.

Documentos a presentar

  • Formulario Solicitud de permiso para espectáculo público en Asociaciones Civiles sin fines de lucro, impreso y completo.
  • Formulario Mandato para gestionar trámites, impreso y completo, en caso de corresponder.

De la Asociación:

  • Original y copia del estatuto y del acta de designación de autoridades de la Asociación Civil.
  • Copia Certificado de Habilitación.
  • Libre multa.
  • Seguro de responsabilidad civil.
  • Constancia de cobertura médica de emergencia.

Del predio:

  • Croquis.
  • Certificado de desinfección, desratización y desinsectación.

Según la magnitud del evento:

  • Constancia de la empresa de montaje de las estructuras metálicas, que se hace responsable de la resistencia estructural de las cargas a la que se someta y el perfecto estado de los elementos que las constituyen.
  • Adicionales de Tránsito.
  • Adicionales de Control Urbano.
  • Adicionales de Policía de la Provincia.

Formularios a presentar

Costo

Sin actividad bailable:
Cód. 210 sin altoparlante, o Cód. 214 con altoparlante.

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