Obtener una residencia transitoria especial para trabajar en la industria del cine - No Mercosur

Actualizado el 26 de enero de 2020
Ver en la web de la administración

Si sos extranjero y vas a trabajar en el país en la industria del cine, obtené la residencia transitoria, por el plazo de 1 año excepto que la duración de la tarea sea menor o prorrogable hasta finalizar las mismas.

¿Qué necesito?

1.-Comunicación del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) a la Dirección Nacional de Migraciones, indicando:

  • Apellido y Nombre del extranjero.
  • Nacionalidad.
  • Número de Pasaporte.
  • Fecha de Nacimiento.
  • Domicilio constituido en el país.
  • Tareas a realizar.
  • Fecha de inicio y duración de las mismas.
  • Identificación de la persona física o jurídica para la cual prestará servicios.
  • Pasaporte válido y vigente.

2.- Si sos mayor de 16 años al momento de tu ingreso al país y si la permanencia solicitada es superior a 6 meses, certificado de carencia de antecedentes penales de tu país de origen o de los países donde hayas residido los últimos 3 años, debidamente legalizado por la respectiva representación consular argentina en el exterior, o apostillada.
Para el caso de que el país no extienda conforme a su legislación local este tipo de certificados, debe acompañar constancia consular de tal circunstancia:

  • Certificado de carencia de antecedentes penales en la República Argentina emitido por el Registro Nacional de Reincidencia.
  • Partida de nacimiento debidamente legalizada por la respectiva presentación consular argentina en el exterior, o apostillada.

Importante

Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los acuerdos o convenciones internacionales vigentes, toda documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional, deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.

Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público Nacional, Art. 6° Ley 20.305, y legalizada por el Colegio de Traductores.

La documentación a presentar deberá ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada

¿Cómo hago?

1

Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX

2

Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites.

3

El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.

4

A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.

  • Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
  • Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
  • Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.

¿Cuál es el costo del trámite?

$6000.00

Web del Tramite

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.