Extranjeros nativos y naturalizados de los Estados que no son parte o asociados al MERCADO COMÚN DEL SUR (NO MERCOSUR).
Si sos extranjero y querés radicarte en la Argentina como trabajador contratado, te explicamos cómo obtener la residencia.
¿A quién está dirigido?
Obtener una residencia temporaria para aquellos extranjeros que deseen radicarse en el país como rentistas, reputándose tales a quienes solventen su estadía en la República Argentina con recursos propios traídos desde el exterior, de las rentas que éstos produzcan, o de cualquier otro ingreso lícito proveniente de fuentes externas.
¿Qué necesito?
1.- Pasaporte vigente, en caso de ser oriundo de un país limítrofe puede presentar cédula vigente o certificado de nacionalidad con foto.
2.- Antecedentes penales argentinos. Incorporado al RADEX
3.- Antecedentes penales del país de origen. El Documento tiene/debe estar visado por autoridad consular argentina o con el apostillado de la Convención de La Haya o visado por autoridad consular del país emisor en la Argentina (solo válido para países del Mercosur y asociados). Exigible solo a extranjeros mayores de 16 años.
4.- Certificado de domicilio o factura de servicio público a su nombre.
5.- Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje.
6.- Deberá acreditar ante la Dirección Nacional de Migraciones el origen de los fondos y su ingreso al país, por intermedio de instituciones bancarias o financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina.
Asimismo, deberá probar que el monto de las rentas que perciba resulta suficiente para atender a su manutención y la de su grupo familiar primario. A los fines de otorgar la residencia, se tomarán en cuenta las disposiciones de la Ley N° 25.246, sobre Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo. A fin de poder acceder a una residencia temporaria en carácter de rentista, el monto mínimo requerido es de $ 30.000 (PESOS TREINTA MIL).
Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.
La documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.
Si estuviera en idioma extranjero debe ser traducida al castellano por un traductor público nacional y legalizada por el Colegio de Traductores.
Toda la documentación debe ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada.
¿Cómo hago?
1
Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX
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Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites.
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El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.
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A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.
- Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
- Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
- Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.
¿Cuál es el costo del trámite?
$6000.00
Están exceptuados los menores de 16 años, los que inicien el trámite conjuntamente con sus padres.
Vigencia
Se otorga una residencia temporaria por un plazo de 1 año, prorrogable.