Extranjeros nativos y naturalizados de los Estados que no son parte o asociados al MERCADO COMÚN DEL SUR (NO MERCOSUR).
Obtener una residencia temporaria para aquellos extranjeros que deseen radicarse en el país como pensionados, reputándose tales a quienes perciben de un gobierno, organismo internacional, o de empresas particulares, una pensión por servicios prestados en el exterior y cuyo monto les permite un ingreso económico regular y permanente en la República Argentina.
¿A quién está dirigido?
El inicio del trámite, las prórrogas y la entrega de la Disposición que otorga el beneficio deben ser realizadas personalmente por el interesado.
¿Qué necesito?
1.- Pasaporte vigente, en caso de ser oriundo de un país limítrofe puede presentar cédula vigente o certificado de nacionalidad con foto.
2.- Antecedentes penales argentinos. Incorporado al Radex.
3.- Antecedentes penales del país de origen. El Documento tiene/debe estar visado por autoridad consular argentina o con el apostillado de la Convención de La Haya o visado por autoridad consular del País emisor en la Argentina (solo válido para países del Mercosur y asociados). Exigible solo a extranjeros mayores de 16 años.
4.- Certificado de domicilio o factura de servicio público a su nombre.
5.- Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje.
6.- Constancia expedida por un gobierno u organismo internacional que certifique que usted recibe una pensión o jubilación, en forma regular y permanente, como así también el monto y duración de dicho beneficio. A fin de acreditar los extremos deberá presentar documentación que avale el carácter de pensionado.
Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.
La documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.
Si estuviera en idioma extranjero debe ser traducida al castellano por un traductor público nacional y legalizada por el Colegio de Traductores.
Toda la documentación debe ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada.
¿Cómo hago?
1
Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX
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Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites..
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El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.
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A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.
- Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
- Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
- Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.
¿Cuál es el costo del trámite?
$6000.00
Están exceptuados los menores de 16 años, los que inicien el trámite conjuntamente con sus padres.
Vigencia
Se otorga una residencia temporaria por un plazo máximo de 1 año, renovable por períodos de hasta tres años.