Obtener una prórroga de residencia temporaria como trabajador contratado

Actualizado el 26 de enero de 2020
Ver en la web de la administración

Solicitar la extensión de la residencia temporaria conferida originalmente a un ciudadano extranjero como trabajador contratado (Disposición DNM 40.164/07).

¿A quién está dirigido?

El ciudadano extranjero que haya obtenido su residencia bajo el criterio de trabajador contratado y desee prorrogar la misma.

¿Qué necesito?

Si querés prorrogar tu residencia obtenida como trabajador contratado, deberás presentar:

  • Continuidad laboral o nuevo contrato de trabajo (suscriptos ambos ante escribano público o un agente de esta Dirección Nacional al momento de inicio de la prórroga).
  • CUIT del empleador.
  • CUIL del empleado, siempre que el empleador haya sido el mismo del año inmediato anterior.

En caso de nuevo empleador, deberás presentar:

  • Continuidad laboral alta temprana ante la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos).
  • Constancia de inscripción del empleador en el RENURE de la Dirección Nacional de Migraciones.
  • Certificado de Antecedentes penales argentinos, emitido por el Registro Nacional de Reincidencia o Policía Federal. (Solo exigible a mayores de 16 años).
  • Pasaporte vigente.
  • Documento Nacional de Identidad (no es obligatorio).

Importante

Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los acuerdos o convenciones internacionales vigentes, toda documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional, deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.

Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público Nacional, Art. 6° Ley 20.305, y legalizada por el Colegio de Traductores.

La documentación a presentar deberá ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada

¿Cómo hago?

1

Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX.

2

Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites.

3

El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.

4

A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.

  • Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
  • Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
  • Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.

¿Cuál es el costo del trámite?

Mercosur $3000.-
No Mercosur $6000.-

Vigencia


La prórroga a otorgar será por el mismo período de la residencia concedida originalmente.

Web del Tramite

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.