Extranjeros nativos de los siguientes países:
- Estado Plurinacional de Bolivia.
- República Federativa del Brasil.
- República de Chile.
- República de Colombia.
- República de Ecuador.
- República del Paraguay.
- República de Perú.
- República Oriental del Uruguay.
- República Bolivariana de Venezuela,
- o si es nacido en algún país no Mercosur pero es nacionalizado en alguno de los siguientes países: Brasil, Uruguay, Paraguay, Chile, Bolivia y posee cinco (5) años de antigüedad de dicho beneficio.
¿A quién está dirigido?
El APODERADO DEL EXTRANJERO: con poder suficiente, inscripto en el Registro de Apoderados de la Dirección Nacional de Migraciones.
¿Qué necesito?
DEL APODERADO:
- Poder otorgado por el Requirente, con facultades suficientes para actuar ante este DNM. (original y copia).
- Credencial de Apoderado de Migraciones vigente (original y Copia).
- DNI/C.I. vigente del apoderado (original y copia).
DEL INGRESANTE:
1.- Nota de solicitud detallando los motivos de la petición, conteniendo los siguientes datos de los ingresantes:
- Nombres y Apellidos.
- Fecha de Nacimiento.
- Número de pasaporte.
- País de nacimiento.
- Nacionalidad.
- Estado civil.
- Profesión.
- Nivel de estudios cursados.
- País y ciudad donde reside.
- Plazo de permanencia pretendido.
- Consulado donde visará su pasaporte (Consulado Argentino en el país de origen, o en donde resida legalmente).
- Domicilio donde residirá el extranjero durante su estadía en nuestro país.
- Detalle de las prestaciones que tomará a su cargo el solicitante (vivienda, viáticos, etc.).
- Descripción de las tareas a desarrollar por el extranjero en el Territorio Nacional y su relación con la actividad de la firma requirente.
- Actividad que desarrolla la empresa donde presta servicios el ingresante, indicando el nombre de la misma y cargo que ocupa el ingresante.
- Si el ingresante visitó anteriormente la República indicar fecha y motivos.
2.- Certificado de nacionalidad con foto original o copias certificadas de la Cédula de Identidad o copia certificada completa y actualizada del pasaporte válido y vigente del ingresante.
Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, o Apostillada si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya, o legalizada por el consulado del país emisor del documento en Argentina, sólo para MERCOSUR.
Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público Nacional (Art. 6° Ley 20.305) y legalizada por el Colegio de Traductores, excepto idioma portugués para Brasil.
3.- Podrán requerirse mayores elementos probatorios de los extremos alegados por los interesados.
¿Cómo hago?
1
Presentá la nota de solicitud con documentación correcta y completa en la Dirección Nacional de Migraciones: Av. Antártida Argentina 1355 -CABA o en las Delegaciones de todo el país
2
Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrá seguir el estado de tu trámite
3
Una vez resuelto el trámite, debes presentarte en donde hayas iniciado la solicitud a los fines de notificarse del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.
¿Cuál es el costo del trámite?
Vigencia
Residencia temporaria por un plazo de DOS (2) años.