Solicitar cierre temporario de una agencia de viajes

Actualizado el 26 de enero de 2020
Ver en la web de la administración

El trámite es muy simple. Lo podés hacer on line o completar los formularios de descarga en esta página.

Recordá que este trámite tiene vigencia por 30 días desde el inicio de la solicitud y puede prorrogarse sólo por un mismo período.

¿A quién está dirigido?

Este trámite puede realizarlo: el titular, presidente o representante legal de la agencia de viajes.

¿Qué necesito?

Tenés que presentar los siguiente formularios que podés descargar acá junto con el instructivo, o bien podés optar por realizar el Trámite a Distancia

1.- Nota de solicitud de trámite en hoja membretada
2.- Declaración Jurada de Compromisos Pendientes
3.- Formulario de Domicilio Constituido
4.- Adjuntar comprobante de arancel pago

¿Cómo hago?

1

Iniciá el trámite ingresando con tu Clave Fiscal a Trámites a Distancia

2

Presentá la documentación personalmente en la Dirección Nacional de Gestión de Calidad Turística: Suipacha 1109, piso 7º (C1008AAW) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o bien remitila por correo postal.

3

Presentá el comprobante del arancel correspondiente de $ 2500.-

4

Aguardá que te llegué la Disposición a tu mail.

¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

El trámite puede demorar máximo 10 días hábiles, hasta tanto se revise toda la documentación presentada.

¿Cuál es el costo del trámite?

$2500.00

Podés abonarlo de la siguiente manera: realizar depósito o transferencia bancaria a: Banco Nación, Sucursal Plaza de Mayo (N° 85); CBU: 0110599520000002617747; cuenta corriente: 2617/74; a nombre de Ministerio de Turismo; CUIT: 30-61116034-4. Enviá el comprobante.

Vigencia

30 días

El cierre temporario comenzará a correr a partir de la fecha de la solicitud (Art. 3, Res. 790/81)

Prorrogable por igual plazo

Web del Tramite

Cinco Días
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EFE Emprende
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