Realizar la inscripción en el Registro de Empresas de Servicios Eventuales de la Servicios Eventuales de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo.
¿A quién está dirigido?
El representante legal de la sociedad o apoderado.
¿Qué necesito?
Conforme Decreto 1694/06.
1.- Anexo II de la Resolucion MTEySS Nº 1225/07.
2.- Documentos constitutivos de la sociedad y designación de sus administradores, directores, gerentes, responsables legales según corresponda al tipo societario. (Debe ser una entidad constituida como persona juridica con objeto exclusivo, de acuerdo a lo establecido por art. 2 del Decreto Nº 1694/06)
3.- Tener como mínimo un capital social inicial equivalente a CIEN (100) sueldos básicos mensuales administrativos, categoría A, del C.C.T. Nº 130/75.
4.- Constancia de inscripción ante AFIP con vigencia a la fecha de presentación y Convenio multilateral o inscripción ante Ingresos Brutos, ante las obras sociales a las que aporta, contrato de afiliación ante la ART contratada, o certificado de contratación con firma certificada del representante de la compañía aseguradora ante escribano público.
5.- Póliza seguro de vida obligatorio junto con los comprobantes de pago de primas al día a la fecha de presentación. En caso de acompañar certificado de contratación, el mismo deberá contener la firma certificada del representante legal de la compañía aseguradora ante escribano público.
6.- Constitución de garantía a la que se refiere el artículo 78 de la Ley 24.013.
7.- Constitución de GARANTIA PRINCIPAL: Depósito en caución de efectivo, valores o títulos públicos equivalentes a CIEN (100) sueldos básicos mensuales del personal administrativo, categoría A, del C.C.T. Nº 130/75. Acompañar saldo de la cuenta a nombre de la empresa y a la orden de la Servicios Eventuales de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo con la cotización de los títulos obrantes en la misma a la fecha de saldo.
8.- Constitución de GARANTIA ACCESORIA: Otorgar una garantía por una suma equivalente al triple del importe que surja de la garantía principal en:
a) dinero en efectivo, valores o títulos públicos nacionales,
b) aval bancario o póliza de seguro de caución emitido por una entidad autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con vigencia hasta el 31 de marzo de cada año,
c) constitución de un derecho real de hipoteca sobre inmueble propio de la empresa de servicios eventuales, cuya valuación fiscal sea igual o superior al importe que garantice.
¿Cómo hago?
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1.- Ingresar la documentación en Av. Alem 650 P.B. o en Av. Alem 628 piso 4º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en las Delegaciones Regionales de la Servicios Eventuales de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo.
2.- Retirar de la Av. Alem 628 piso 4º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento de Servicios Laborales, la boleta de depósito del Banco de la Nación Argentina.
3.- Acreditar en Av. Alem 628 piso 4º de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires, Departamento de Servicios Laborales, el depósito de $3000.- con la boleta del Banco de la Nación Argentina.
4.- Retirar de la Av. Alem 628 piso 4º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento de Servicios Laborales, la Disposición de la Dirección de Inspección Federal autorizando a la empresa peticionante a funcionar como empresa de servicios eventuales.
¿Cuál es el costo del trámite?
El costo es de $3000.-.
Vigencia
La autorización tiene vigencia hasta el 31 de marzo de cada año y el costo de su actualización es de $1000.-.