Tené en cuenta que en caso de no presentarte en el horario asignado serás considerado “ausente”.
Para los trámites generados por la Resolución SRT N° 179/15,
Todos los concurrentes a la Audiencia / Examen Médico, deberán ser identificados por la Comisión Médica, mediante exhibición de los documentos de identidad correspondientes.
Los profesionales se acreditarán como tales mediante la presentación del carnet o la matrícula correspondiente.
Estudios complementarios
La Comisión médica podrá solicitar la realización de estudios adicionales que se realizaran a través de un prestador de la SRT.
Te entregarán una orden de estudios, en la que se establecerán los estudios a realizar, la fecha y el lugar en que se llevarán a cabo.
En caso de no poder asistir a la citación deberás solicitar la reprogramación de manera personal o por correo postal a la Comisión Médica correspondiente.
Advertencia: Tené en cuenta que estos estudios son gratuitos, obligatorios y el resultado le llegará de manera directa a la SRT.
Audiencia a domicilio
En casos excepcionales y debidamente justificados, podrás solicitar que la audiencia médica se efectúe en tu domicilio/prestador donde te encuentres internado.
Para ello deberás presentar:
Solicitud por escrito con todos tus datos y los de un familiar.
Certificado médico que acredite la imposibilidad de trasladarte.
Un profesional de la Comisión Médica actuante se presentará en el domicilio o en el lugar de internación, donde denuncies encontrarte, a fin de llevar a cabo la audiencia.
Dicha decisión será comunicada telefónicamente a todas las partes.
Para los trámites generados por la Resolución SRT N° 298/17
Para la celebración de la audiencia es obligatoria la presencia de:
Damnificado o sus derechohabientes, según corresponda.
Asesores letrados.
Aseguradora de Riesgos del Trabajo, el Empleador Autoasegurado o el Empleador no Asegurado.
Todos los concurrentes, deberán ser identificados mediante la presentación de los documentos correspondientes:
El damnificado y sus derechohabientes deberán presentar DNI y la documentación que acredite su calidad de tal.
Los asesores letrados deberán exhibir la matrícula correspondiente.
Los representantes de la ART, el ENA o el EA deberán acompañar el instrumento que acredite el carácter de representante o apoderado. El empleador deberá acompañar la documentación que lo acredite como tal.
Estudios complementarios
La Comisión médica podrá solicitar la realización de estudios adicionales que se realizaran a través de un prestador de la SRT.
La notificación le llegará a tu patrocinante letrado por domicilio electrónico (mail), en la que se establecerán los estudios a realizar, la fecha y el lugar en que se llevarán a cabo.
En caso de no poder asistir a la citación tu abogado deberá solicitar la reprogramación mediante e-Servicios en la web de AFIP y consignar la opción “Justificar Incomparecencia a estudio médico”.
Advertencia: Tené en cuenta que estos estudios son gratuitos, obligatorios y el resultado le llegará de manera directa a la SRT.
Audiencia a domicilio
En casos excepcionales y debidamente justificados, podrás solicitar que la audiencia médica se efectúe en tu domicilio/prestador donde te encuentres internado.
Para ello deberás presentar:
Solicitud por escrito con todos tus datos y los de un familiar.
Certificado médico que acredite la imposibilidad de trasladarte.
Datos de tu letrado patrocinante (Obligatorio).
Un profesional de la Comisión Médica actuante se presentará en el domicilio o en el lugar de internación, donde denuncies encontrarte, a fin de llevar a cabo la audiencia.
Dicha decisión será comunicada telefónicamente a todas las partes.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito