Trámite destinado a analizar la pretensión de suspensión de las prestaciones dinerarias planteada por la ART ante la negativa injustificada del trabajador a percibir las prestaciones en especie previstas en los incisos a, c y d del artículo 20 de la Ley N° 24.557.
¿A quién está dirigido?
A las personas que, a criterio de la ART, hayan abandonado el tratamiento médico.
Deberá iniciarlo tu ART mediante el Sistema de Ventanilla Electrónica (V.E.) establecido por las Resoluciones N° 635/2008 y 365/2009.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 40 días
Serás citado a una audiencia médica en la SRT y desde ese día, el médico tiene un plazo de 40 días hábiles para emitir el dictamen. Dicha resolución te llegará por correo postal.
Si estás en desacuerdo con lo resuelto podés apelar completando el Formulario de Apelación dentro de los 5 días hábiles desde que lo recibiste.
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Estos son los Procedimientos ante resoluciones de la SRT
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito