Si sos beneficiario de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal necesitas solicitar el certificado de supervivencia.
¿Qué necesito?
Datos que debe contener el certificado de supervivencia
- Nombre y apellido del titular del beneficio.
- Clase y número de beneficio (consta en el carnet del beneficiario o recibo de haberes)
- Tipo y número de documento de identidad.
- Sello de la seccional, delegación o registro certificante.
- Firma y aclaración del funcionario certificante.
- Fecha de emisión del certificado.
- Cualquier tachadura o enmienda deberá ser salvada por la autoridad de expedición.
¿Cómo hago?
1
Si se realiza en forma presencial:
- Los titulares del Beneficio pueden presentarse en Sarmiento 1624 únicamente con su DOCUMENTO DE IDENTIDAD ORIGINAL.
- Si el trámite lo realizara otra persona deberá presentar:
- DNI original y copia del titular del beneficio y del tercero,
- Certificado de supervivencia emitido por Autoridad Competente. El mismo deberá corresponderse con el período de control (Junio 2019),
- NO hace falta que sea apoderado para realizar la supervivencia, solo se requiere la presentación de la documentación mencionada.
- Asimismo, los beneficiarios que estuvieran asociados a Sociedad Militar Seguro de Vida podrán realizar el trámite en las oficinas de esa entidad.
2
Si se envía por correo:
- Enviar la carta a SARMIENTO 1624 con el siguiente contenido:
- Fotocopia de DNI,
- Certificado de supervivencia emitido por Autoridad Competente. El mismo deberá corresponderse con el período de control (Junio 2019)
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Si reside en el exterior del país:
- Deberá tramitarlo ante el Consulado, Embajada o cualquier autoridad que acompañe la Apostilla de La Haya, y enviarlo por correo a Sarmiento 1624
Dónde se entrega
Los beneficiarios que perciban sus haberes por Sociedad Militar Seguro de Vida deberán presentar el mismo en dicha Institución.
El resto de los beneficiarios deberán entregarlo en la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal en forma personal o por medio del apoderado en el Departamento Pasividades (1er.- piso).
Para una mejor atención del beneficiario, se recomienda remitir el certificado por correo con fotocopia de DNI, mediante carta certificada, guardando la constancia del recibo de envío para acreditar el cumplimiento, si fuera necesario, ante las autoridades de esta Caja.
Los beneficiarios que se encuentren impedidos físicamente (internados en nosocomios, geriátricos o en su propio domicilio). Deberán solicitar a los facultativos del lugar la correspondiente constancia de esa situación, y presentar la misma junto con la copia del carnet del beneficiario y copia del DNI, LC o LE debidamente certificada por autoridad competente.
Los beneficiarios que residen en el exterior del país deben remitir el certificado de supervivencia a esta Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Pol. Fed, Departamento Pasividades.
La no presentación del certificado de supervivencia generará el bloqueo del pago de haberes.
En caso de fallecimiento del titular, es obligación del apoderado/a presentar certificado de defunción ante esta institución.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 5 minutos
Recordatorio: Los Certificados de Supervivencia deben expedirse en forma gratuita, ya sean solicitados ante la Policía Federal Argentina (disposición publicada en la Orden del Día Nº 153 del 17-08-06) o en los Registros Provinciales (Circular 1390/06 y 1396/06). A tal fin, presentar el carnet de beneficiario e invocar que el certificado se requiere a los fines previsionales.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Te orientamos sobre cómo realizar la inscripción a este curso que te brindará conocimientos para aplicar técnicas básicas de rescate de personas en el agua, su recuperación y atención primaria hasta la intervención de un profesional médico.
¿A quién está dirigido?
Las personas interesadas que cumplan con los requisitos.
¿Qué necesito?
Estudios médicos (originales y en su totalidad).
1 fotografía color 4 x 4 de frente.
Documento Nacional de Identidad, original y fotocopia de la primera y segunda hoja y último cambio de domicilio.
En el caso de los nuevos DNI, anverso y reverso.
Certificado de Antecedentes Penales.
Certificado Analítico de estudios secundarios aprobados o superior.
Constancia de CUIT/CUIL actualizado.
Si correspondiere:
Constancia de emisión de sufragio, justificación de no sufragio o constancia de pago de multa.
Elementos con los que deberá contar el postulante al inicio del curso:
- Traje de neoprene completo (chaleco, botas, casco y guantes).
- Equipo básico completo (par de aletas, visor/luneta, snorkel, cinto de lastre).
- Equipo de gimnasia (pantalón corto, largo y buzo color azul liso, medias y remera blanca lisa y zapatillas).
¿Cómo hago?
1
Cuando realizarlo
Durante el período comprendido entre la apertura y cierre de inscripción.
2
Presentá la documentación y completá el formulario de inscripción en Av. Thomas A. Edison 2280, Dna "E", Puerto de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a jueves de 8 a 12.
3
Rendí los exámenes de ingreso.
4
Mediante las evaluaciones intelectuales, físicas y acuáticas exigidas para el ingreso, obtendrás un orden de mérito para ocupar una de las vacantes asignadas.
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Nota: La documentación puede ser enviada por intermedio de correo electrónico a: dedu-enss@prefecturanaval.gov.ar. Por este mismo medio podés solicitar asesoramiento o mayor información.
Donde realizarlo
Escuela Nacional Superior de Salvamento y Buceo
Av. Thomas A. Edison 2280, Dna "E", Puerto de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Lunes a Jueves de 8:00 a 12:00 hs.
Correo Electrónico: dedu-enss@prefecturanaval.gov.ar
Teléfonos: (011) 4313- 0021; (011) 4313- 0015
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 20 minutos
El trámite se realiza en pocos minutos, una vez llenado el formulario de inscripción ya se lo considera inscripto.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
La vigencia de la documentación se extiende durante el período de convocatoria del curso de ese año (entre las fechas de apertura y cierre de inscripción).
Renovar el certificado náutico deportivo.
¿A quién está dirigido?
El trámite está dirigido a todas aquellas personas que poseen el Certificado Náutico Deportivo (CND), de cualquier categoría, próximo a vencer. Es personal y debe hacerse con un mes de anterioridad a la fecha de vencimiento.
¿Qué necesito?
Tener el Certificado Náutico Deportivo (CND) y fotocopia del mismo para anexar al presente.
Tener Documento Nacional de Identidad ó DNI Extranjero y entregar fotocopia del mismo.
Certificado médico acorde el artículo 402.0409 del REGINAVE, acreditando “Aptitud psicofísica y audiovisual compatibles con el ejercicio de la navegación”.
DOS (2) fotografías color, actualizadas, de frente, fondo celeste, tamaño carnet, sin anteojos salvo que sean recetados para uso permanente.
Abonar el arancel establecido para Certificado Náutico Deportivo.
Nota:
El certificado médico tendrá una validez máxima de NOVENTA (90) días a partir de la fecha de su expedición; también deberá constar el lugar y fecha de expedición, además del nombre y número de documento del examinado, debiendo el facultativo interviniente salvar las correcciones, agregados, enmiendas o sobrescritos.
¿Cómo hago?
1
Presentá la documentación a la delegación más cercana de la Prefectura Naval Argentina.
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Gestioná el pago desde la web Gestión de pagos de aranceles.
3
Retirá el Certificado Náutico Deportivo.
Nota:
Si Ud. ya realizó el trámite y pagó el arancel correspondiente, en el portal de Tramites Web podrá descargar su certificado náutico deportivo electrónico(CNDE).
Donde realizarlo
El trámite se realiza de lunes a viernes sin turno, consulte horarios en las Prefecturas Jurisdiccionales de todo el país.
Para asesoramiento puede contactarse con el Departamento Deporte Náutico dnau@prefecturanaval.gov.ar
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 30 días
Si vivís en el interior del país puede demorar un poco más, sin llegar a superar los 30 días.
¿Cuál es el costo del trámite?
Consultar: "Cuadro Tarifario de Aranceles" Acorde valores establecidos, Decreto 2756/75
Vigencia
5 años
A los 5 (CINCO) años para usuarios desde 18 y hasta los 65 años de edad.
A los 3 (TRES) años para usuarios mayores de 65 y hasta los 79 años de edad.
Cada 1 (UN) año para usuarios a partir de los 80 años de edad.
En caso de pérdida, tenés que volver a tramitar el certificado, presentando también la denuncia policial o exposición ante la Prefectura Naval Argentina.
Descargar Documento
Las jubilaciones puede ser:
Voluntaria: El personal que se encuentra prestando servicios deberá solicitarla a su Jefe inmediato.
Extraordinaria: Es requerida por el Organismo en el que presta servicios el titular, y podrá encuadrarse según los dictados de las normativas vigentes.
¿A quién está dirigido?
El personal cesado voluntariamente (mediante renuncia), que cumpla con los tiempos mínimos requeridos, podrá solicitar este beneficio ante la Caja
El beneficio debe solicitarse en el Organismo en el que prestó servicio.
El personal cesado voluntariamente (mediante renuncia), que cumpla con los tiempos mínimos requeridos, podrá solicitar este beneficio ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
¿Qué necesito?
Fojas de servicios.
Certificación de sueldos y aportes.
DNI original y copia (anverso y reverso). Si todavía no tenés el nuevo DNI, podés comenzar el trámite.
Clave de identificación tributaria: CDI, CUIL o CUIT.
Ultimo recibo de sueldo de haberes percibidos.
En caso de percibir rubro Titulo o Capacitación Superior, deberás presentar copia certificada del mismo y una certificación o título analítico donde conste la duración de la carrera al momento de cursarla.
Formulario de solicitud de beneficio previsional. La impresión del frente y dorso deberá hacerse en la misma hoja, sino no será aceptado.
El personal perteneciente a la Policía Federal Argentina debe solicitar la foja de servicios y el certificado de sueldos y aportes en el Departamento Central de Policía – Moreno 1550 – 3er piso – C.A.B.A. – oficina 363.
El resto de los afiliados, en la oficina de Recursos Humanos del Organismo donde presta servicios.
Los agentes que hayan renunciado deberán solicitar al Organismo de dependencia la documentación mencionada dirigiéndose luego a esta Institución. Sin la documentación requerida no se podrá iniciar el trámite solicitado.
¿Cómo hago?
1
Deberá solicitar el incio del trámite en el organismo en el que prestó servicios
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 20 días
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
Una vez otorgado el beneficio permanecerá vigente hasta su fallecimiento, siempre y cuando no haya ninguna sanción posterior al otorgamiento
- Viuda/o.
- Conviviente que acredite 5 años como mínimo si no hubiese descendencia, o 2 años como mínimo si hubiese descendencia o si no hubiese impedimento legal para contraer nupcias (en todos los casos con acreditación de pruebas documentales y testimoniales).
- Hijos varones solteros legítimos o adoptivos hasta los 21 años.
- Hijos/as mayores de edad incapacitados definitivamente para el trabajo, siempre que carezcan de recursos suficientes o de otro beneficio previsional más favorable.
- Hijas solteras legítimas o adoptivas hasta los 21 años o hasta los 26 años si cursaren regularmente estudios de nivel terciario o universitario (título oficial).
- Hijas solteras mayores de 50 años, que hayan convivido con el afiliado principal durante los últimos 10 años.
- Madre viuda o padre septuagenario o incapacitado definitivamente para el trabajo, carentes de recursos suficientes o de otro beneficio previsional más favorable a cargo del causante.
- Hermanas/os menores de edad y los mayores incapacitados definitivamente para el trabajo, que estuvieran a cargo del causante en el momento del fallecimiento y carezcan de recursos suficientes o de otro beneficio previsional más favorable.
¿A quién está dirigido?
- Viuda/o.
- Conviviente que acredite 5 años como mínimo si no hubiese descendencia, o 2 años como mínimo si hubiese descendencia o si no hubiese impedimento legal para contraer nupcias (en todos los casos con acreditación de pruebas documentales y testimoniales).
- Hijos varones solteros legítimos o adoptivos hasta los 21 años.
- Hijos/as mayores de edad incapacitados definitivamente para el trabajo, siempre que carezcan de recursos suficientes o de otro beneficio previsional más favorable.
- Hijas solteras legítimas o adoptivas hasta los 21 años o hasta los 26 años si cursaren regularmente estudios de nivel terciario o universitario (título oficial).
- Hijas solteras mayores de 50 años, que hayan convivido con el afiliado principal durante los últimos 10 años.
- Madre viuda o padre septuagenario o incapacitado definitivamente para el trabajo, carentes de recursos suficientes o de otro beneficio previsional más favorable a cargo del causante.
- Hermanas/os menores de edad y los mayores incapacitados definitivamente para el trabajo, que estuvieran a cargo del causante en el momento del fallecimiento y carezcan de recursos suficientes o de otro beneficio previsional más favorable.
¿Qué necesito?
Partida de defunción (original y copia).
Partida de matrimonio actualizada (original y copia).
Partida de nacimiento de los hijos que solicitan pensión (original y copia).
Documento Nacional de Identidad de todos los solicitantes (original y copia – anverso y reverso) y donde conste cambio de domicilio si lo hubiere.
Libreta de matrimonio con la correspondiente inscripción del matrimonio y nacimientos (original y copia).
Para acreditar domicilio presentar certificado otorgado por la Policía Federal Argentina o certificado otorgado por el Registro Provincial de las Personas.
Clave de Identificación Tributaria de todos los solicitantes: CDI, CUIL o CUIT.
Descargar y completar la Declaración Jurada de Pensión y la Solicitud de Pensión que se encuentran al costado derecho de esta página.
¿Cómo hago?
1
Dónde solicitar este beneficio
Cuando los fallecidos estuvieran afiliados a la Obra Social de PFA en:
Superintendencia de Bienestar – Policía Federal Argentina
Sección Ayuda Mutua
Luis Saenz Peña 375 1º piso
(C110AAG) – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Teléfono: +54 11 4383-2085
Horario de 9hs a 15hs.
Cuando los fallecidos que estuvieran asociados a SMSV:
Sociedad Militar Seguro de Vida
Córdoba 1674 – PB – C1055AAT – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Teléfono: +54 11 4129-4000
Horario de 7.45 hs a 12.45 hs.
Cuando los fallecidos que no estuvieren afiliados a la Superintendencia de Bienestar y no estuvieren asociados a SMSV:
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal
Departamento Información Pasivos
Sarmiento 1624 – PB – C1042ABF – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Teléfono: +54 11 4814-8200 internos 2015 al 2030
Horario de 9 hs. a 14 hs.
Los residentes en el interior o exterior del país podrán solicitar el trámite por nota (Ver modelo – Consultas Varias) enviada por correo a:
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Pol. Fed.
Departamento Información Pasivos
Sarmiento 1624 – P.B. – C1042ABF – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sin la documentación requerida no se podrá iniciar el trámite solicitado.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
El porcentaje de los beneficios que paga esta Caja se obtiene de aplicar la TABLA del Art. 100 de la Ley N° 21.965 de acuerdo al total de servicios prestados, deduciendo servicios pasivos, faltas, suspensiones y licencias sin goce de haberes.
¿A quién está dirigido?
Al personal que presta y/o prestó servicios en los organismos que efectúan aportes a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
¿Qué necesito?
DNI
Último recibo de haberes percibido en actividad.
Si creo que mi haber mensual está mal liquidado, ¿qué puedo hacer para que sea revisado?
Deberás solicitarlo mediante nota, que puede ser presentada personalmente en el Departamento Gestión Inicial de Beneficios, en planta baja de esta Institución o enviada por correo a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal – Sarmiento 1624 – C1042ABF – Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La misma deberá incluir nombre y apellido completo, número de clase y beneficio e informar por qué cree que hay un error en la liquidación.
La respuesta se enviará por correo. Recuerde que no se informan montos telefónicamente.
¿Cómo hago?
1
Completar información.
¿Cómo puedo saber si existen aumentos en los haberes, en qué consisten los mismos y cuándo se pagarán?
Para averiguar sobre aumentos, puede hacerlo telefónicamente, vía mail o personalmente en el Departamento Liquidación de Prestaciones, 2º piso.
Recuerde que la actualización de haberes se realiza a partir de la publicación de la norma respectiva en el Boletín Oficial, y una vez que se reciben las tablas de haberes certificadas por los organismos correspondientes.
No se informan montos telefónicamente.
¿Los servicios prestados como personal convocado incrementan mis haberes?
Sólo pueden incluirse en su beneficio el tiempo prestado como Llamado a Prestar Servicios con aportes a esta Caja (Decreto 1276/02). Éstos se consideran para incrementar tanto su antigüedad policial como el porcentaje de su beneficio.
Debe tener en cuenta que en períodos anteriores a julio/2002 no se efectuaron los aportes pertinentes, por lo cual no pueden incluirse en su beneficio.
Todo personal civil como de seguridad tienen derecho a solicitar el Haber de Pasividad.
¿A quién está dirigido?
Personal civil como de seguridad.
Policía Federal Argentina/Policía de ex territorios nacionales:
Se inicia por el interesado en la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal cuando se reúna el tiempo mínimo de aportes exigibles en el Art.7 de la Ley 21.965
Policía de Seguridad Aeroportuaria:
Se inicia por el interesado en la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal cuando cumpla con los tiempos requeridos por el Art. 66 ap. 3 de la Ley 26.102
¿Qué necesito?
Foja de servicios (original).
Copia certificada de la Resolución de Cesantía.
Certificación de sueldos y aportes (original).
Último recibo de haberes percibidos (mes de cese).
DNI original y copia (anverso y reverso).
Si todavía no tenés el nuevo DNI, podés comenzar el trámite
Clave de identificación tributaria: CDI, CUIL o CUIT.
Formulario de solicitud de beneficio previsional.
Descargá el formulario(la impresión del frente y dorso deberá hacerse en la misma hoja, sino no será aceptado)
En caso de percibir rubro titulo o Capacitación Superior, deberá presentar copia certificada del mismo y una certificación o titulo analítico donde conste la duración de la carrera al momento de cursarla.
Dónde
El personal perteneciente a la Policía Federal Argentina debe solicitar la foja de servicios y la certificación de sueldos y aportes en el Departamento Central de Policía – Moreno 1550 – 3er piso – C.A.B.A. – Oficina 363.
El resto de los afiliados, en la oficina de Recursos Humanos del Organismo, donde prestara servicios.
¿Cómo hago?
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Completar información.
¿Quién puede solicitarlo?
- Esposa e hijos (en caso de fallecimiento del retirado o jubilado).
- Hijos en caso de fallecimiento de pensionados/as.
- En caso de existir hijos menores del beneficiario, las convivientes deberán firmar en representación de el/los menores.
- Terceros que se hayan hecho cargo de los gastos de sepelio.
- Padres y hermanos.
¿Qué necesito?
Partida de defunción del causante – original y copia.
Factura de gastos de sepelio donde deberá constar nombre y apellido de quien se hizo cargo de los mismos (original o fotocopia certificada por la Obra social que hubiere retenido el original).
En caso de diferir la persona que solicita los Haberes Devengados con el que se hizo cargo de los gastos de sepelio, deberá presentar el acta de heredero tercero no solicitante.
Descargá el acta de heredero tercero no solicitante.
Documento Nacional de Identidad del solicitante (fotocopia de anverso y reverso).
Si todavía no tenés el nuevo DNI, podés comenzar el trámite.
Certificación de la Obra Social a la que estaba afiliado el causante donde consta si se abonaron gastos de sepelio, importe pagado y beneficiario del mismo.
Declaración jurada del fallecimiento y extracciones bancarias posteriores a la fecha de fallecimiento del titular. (Esta declaración deberá solicitarse en este Organismo, en el Departamento Pasividades, 1° Piso)
Si es esposa/o deberá presentar acta de matrimonio actualizada por el Registro civil (original y copia).
Si es hija/o deberá presentar la partida de nacimiento (original y copia).
Si es hermana/o deberá presentar partida de nacimiento del fallecido y del solicitante (original y copia).
Solicitud de Haberes Devengados y declaración jurada de herederos legítimos.
Descargá la solicitud de haberes devengados.
Descargá la declaración jurada de herederos legítimos.
Clave de identificación tributaria del solicitante (CDI, CUIL o CUIT).
Obtené el CDI
Obtené la constancia de CUIL
Obtené la constancia de CUIT
¿Cómo hago?
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Para tramitar la solicitud los familiares de los fallecidos afiliados a la Superintendencia de Bienestar titulares de jubilación y retiro deben asistir a:
- Ayuda Mutua - Luis Saenz Peña 375 1er piso – C1110AAG – Ciudad Autónoma de Buenos Aires - +54 11 4383-2085 - Horario de atención: de 9:00 a 15:00 hs
Para tramitar la solicitud los familiares de los fallecidos asociados a Sociedad Militar Seguro de Vida deben asistir a:
Para tramitar la solicitud los familiares de los pensionados y beneficiarios fallecidos que no hubiesen sido afiliados a Superintendencia de Bienestar o asociados a Sociedad Militar Seguro de Vida deben asistir a:
- Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal - Departamento Gestión inicial de beneficios - Sarmiento 1624 – P.B. – C1042ABF – Ciudad Autónoma de Buenos Aires - +54 11 4814-8200 - Horario de atención: de 09:00 a 14:00 hs.
En caso de hacerlo por delegación deberá estar certificado el formulario y sus copias por la misma.
Los residentes en el interior o exterior del país deberán solicitar el trámite por nota enviada por correo a:
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Pol. Fed.
Departamento Gestión Inicial de Beneficios
Sarmiento 1624 – P.B.
(C1042ABF) C.A.B.A
Importante: Sin la documentación requerida no se podrá iniciar el tramite solicitado.
Si efectuaste aportes a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y no percibís beneficio alguno derivado de los mismos, tenés derecho a solicitar un reconocimiento de servicio.
¿Qué necesito?
Foja de servicios (original).
Certificación de sueldos y aportes (original).
DNI original y copia (anverso y reverso). Si todavía no tenés el nuevo DNI, podés comenzar el trámite.
Clave de identificación tributaria: CDI, CUIL o CUIT.
En caso de Baja por Cesantía o Infracción, deberás adjuntar copia certificada de la Resolución del Organismo.
Formulario de solicitud de reconocimiento de servicios.
En caso de fallecimiento del titular se debe presentar:
- Certificado de defunción (fotocopia autenticada).
- Acta de matrimonio (si es la/el viuda/o) o documentación que acredite el vínculo invocado (fotocopia autenticada).
En caso de residir en el interior o exterior del país o bien no poder dirigirse a este organismo se deberá remitir a la CRJPPF la documentación requerida y el formulario de reconocimiento de servicios, firmado por ante una autoridad competente (Policía Federal Argentina, Provincial o Juez de Paz).
¿Cómo hago?
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Si sos personal perteneciente a la Policía Federal Argentina debés solicitar la foja de servicios y el certificado de sueldos y aportes en el Departamento Central de Policía – Moreno 1550 – 3er piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires – oficina 363.
El resto de los afiliados deben solicitarlo en la oficina de Recursos Humanos del Organismo donde presta servicios.
Transferencia de dominio Registro especial de yate (REY).
¿A quién está dirigido?
Para todos los propietarios con embarcaciones Registo especial de yate (REY).
¿Qué necesito?
Para buque de 2 a 6 toneladas de arqueo total mercantes o deportivas
- Formulario Nº 3 (Ordenanza Nº 9/2002) (Transferencia) ( Sí vendedor y/o comprador Persona Jurídica, con certificación notarial de la firma, carácter y facultades para el acto del representante o mandatario de la entidad, legalizada la firma del escribano por el Colegio Notarial respectivo).(Vendedor/es: Estado civil casado, el/los cónyuge/s prestar asentimiento art. 1277 Código Civil).
- Formulario Nº 9 (Ordenanza 9/2002) (Datos personas físicas - Comprador) (Caso copropiedad naval, uno por cada copropietario).
- Certificado de matrícula original o exposición por pérdida.
- Comprobantes de pago tasa fija anual por renovación de matrícula -cinco últimos años (Ante pérdida o destrucción gestionar certificación de pagos ante Oficina Contralor Recaudatorio - Av. E. Madero 235, piso 8, oficina 8.38 Edificio Guardacostas).
- CUIT, CUIL o CDI (Comprador/es)
Buque de 7 a 9 toneladas de arqueo total mercantes o deportivos
- Formulario Nº 3 (Ordenanza Nº 9/2002) (Transferencia) ( Sí vendedor y/o comprador Persona Jurídica, con certificación notarial de la firma, carácter y facultades para el acto del representante o mandatario de la entidad, legalizada la firma del escribano por el Colegio Notarial respectivo).(Vendedor/es: Estado civil casado, el/los cónyuge/s prestar asentimiento art. 1277 Código Civil).
- Formulario Nº 9 (Ordenanza 9/2002) (Datos personas físicas - Comprador) (Caso copropiedad naval, uno por cada copropietario).
- Certificado de matrícula original o exposición por pérdida.
- Comprobantes de pago tasa fija anual por renovación de matrícula -cinco últimos años (Ante pérdida o destrucción gestionar certificación de pagos ante Oficina Contralor Recaudatorio - Av. E. Madero 235, piso 8, oficina 8.38 Edificio Guardacostas).
- CUIT, CUIL o CDI (Comprador/es).
- Vendedor/es presentar declaración jurada (Resolución Nº 592/82 ex Ministerio de Acción Social) ante delegación D.G.I. que corresponde por domicilio, con firma certificada. La copia con sello de recepción del citado ente debe ser agregada al expediente.
Buque de 10 o más toneladas de arqueo total mercante o deportivos
La transferencia se formaliza mediante escritura traslativa de dominio autorizada por escribano público. Cualquier escribano del país se encuentra habilitado para tal fin. (No existen escribanos de marina ni representantes de institución alguna, oficial o privada). Luego de la expedición por parte del Registro Nacional de Buques, a solicitud del notario, de los certificados de dominio e inhibiciones, se puede firmar la escritura. El escribano extenderá un primer testimonio o primera copia, y previa legalización de su firma ante el Colegio Notarial correspondiente (exigencia aplicable a todos los escribanos, no importa su jurisdicción), junto con una copia autenticada, la presentará para su registración. Finalizado el trámite, el nuevo titular dominial recibirá la escritura y certificado de matrícula del buque con la anotación de su registro.
¿Cuál es el costo del trámite?
Consultar: "Cuadro Tarifario de Aranceles" Acorde valores establecidos, Decreto 2756/75.
Los buques de 2 o más T.A.T., mercantes o deportivos, abonan el 1 por mil del valor de venta con un arancel mínimo de $. A ello hay que sumarle $ en concepto de búsqueda de gravámenes e inhibiciones.