Permite obtener el Certificado de Patrón de Yate cuando se desee efectuar el gobierno de embarcaciones deportivas que realicen navegación lacustre, fluvial o marítima, mientras se navegue a vista de costa o a una distancia no superior a treinta millas náuticas (30 MN) de la costa, incluye Rio de la Plata sin limitaciones.
Patrón de Yate a Motor o Vela y Motor: Sin límite de potencia
Patrón de Yate a Vela: Veleros con motor auxiliar
¿A quién está dirigido?
A timoneles de yate que aspiren a adquirir la categoría de patrón.
¿Qué necesito?
Habilitación de timonel de yate.
Declaración jurada donde manifiestes haber navegado en yates por más de 60 horas.
Comprobación, mediante la presentación de roles, de haber efectuado en los últimos 5 años no menos de 2 viajes redondos entre puertos, en zona de timonel a cargo de la embarcación o en zona de patrón en calidad de tripulante, de los cuales uno involucrará navegación:
- Río de la Plata exterior o zona marítima, aguas abiertas, donde la utilización de los elementos de navegación y cartografía sean correctamente aplicados.
Programa de examen para patrón de yate, aprobar los exámenes correspondientes.
Para áreas marítimas, la dependencia local de Prefectura Naval Argentina (PNA) determinará qué tipo de navegación te exigirá como constancia de experiencia, atendiendo a las características de la zona. En ríos interiores y lagos, determinará los trayectos de navegación que se adapten a las condiciones mencionadas en que básicamente guardarán distancia de alejamiento superior a treinta millas náuticas (30MN), por necesidad de empleo de cartografía e instrumental.
Certificado médico que acredite aptitud psicofísica y audiovisual para la práctica de la navegación deportiva, donde se consigne además tu grupo sanguíneo, factor RH y si padecés algún tipo de alergia.
DOS (2) fotografías color, actualizadas, de frente, fondo celeste, tamaño carnet, sin anteojos salvo que sean recetados para uso permanente.
Abonar el arancel correspondiente.
Exhibir Documento Nacional de Identidad ó DNI Extranjero y entregar fotocopia del mismo.
Nota:
El certificado médico tendrá una validez máxima de NOVENTA (90) días a partir de la fecha de su expedición; también deberá constar el lugar y fecha de expedición, además del nombre y número de documento del examinado, debiendo el facultativo interviniente salvar las correcciones, agregados, enmiendas o sobrescritos.
¿Cómo hago?
1
Presentá la documentación en la Prefectura Jurisdiccional más cercana a tu domicilio.
2
Gestioná el pago desde la web Gestión de pagos-Pagos de aranceles.
3
Examen (Teórico - práctico)
4
Retirá el Certificado Náutico Deportivo.
Nota
Si Ud. ya realizó el trámite y pagó el arancel correspondiente en el portal de Tramites Web podrá descargar su certificado náutico deportivo electrónico: Habilitaciones náutico deportivas
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 30 días
Si vivís en el interior del país puede demorar un poco más, sin llegar a superar los 30 días.
El trámite se realiza de lunes a viernes sin turno en las Prefecturas Jurisdiccionales de todo el país, para asesoramiento puede contactarse con el Departamento Deporte Náutico dnau@prefecturanaval.gov.ar
¿Cuál es el costo del trámite?
Consultar: "Cuadro Tarifario de Aranceles" Acorde valores establecidos, Decreto 2756/75.
Vigencia
5 años
A los 5 (CINCO) años para usuarios desde 18 y hasta los 65 años de edad.
A los 3 (TRES) años para usuarios mayores de 65 y hasta los 79 años de edad.
Cada 1 (UN) año para usuarios a partir de los 80 años de edad.
En caso de pérdida, tenés que volver a tramitar el certificado, presentando también la denuncia policial o exposición ante la Prefectura Naval Argentina.
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