Presentación del mandamiento oficio judicial, ante la División Contralor y Verificación Registral, oficina 1.04 del Edificio Guardacostas.
En el Interior del país, el solicitante se presentará ante la Dependencia de la Prefectura más cercana al lugar de su residencia, la que procederá acorde la Publicación RI PNA 5–027 (Normas para tramitar Oficios Judiciales).
¿A quién está dirigido?
Abogado o sus dependientes.
¿Qué necesito?
Mandamiento u oficio en Original y copia simple autenticada. (Art 8 Ley 19.170)
¿Cómo hago?
1
Personal de la División Contralor y Verificación Registral, o de la Dependencia del Interior del país, comprobará la procedencia de lo solicitado y analizará los aspectos formales del documento.
2
Arancel que se deberá abonar.
3
Cuando realizarlo
Toda vez que un Juez así lo determine.
Donde realizarlo
En dependencias de todo el país.
Edificio Guardacostas
Avenida Eduardo Madero 235 - CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Lunes a Viernes de 8:00 a 13:00 hs.
Correo electrónico: info@prefecturanaval.gov.ar
Teléfonos: (011) 4318-7400/ 7500/ 7600; (011) 4314-7000
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 30 días
El Registro Nacional de Buques tiene 30 días (Ley 19.170) para su registración y su contestación se hace directamente al Juzgado interviniente.
¿Cuál es el costo del trámite?
Consultar: "Cuadro Tarifario de Aranceles" Acorde valores establecidos, Decreto 2756/75.
Vigencia
5 años
Hasta el levantamiento de la misma determinado por el Juzgado inteviniente, o transcurridos 5 años desde su inscripción definitiva.